Desarrollo y avanze de la Prescripcion positiva
Enviado por saracolsa • 27 de Octubre de 2015 • Trabajo • 2.406 Palabras (10 Páginas) • 229 Visitas
AQUINO BECERRIL MARIA DELCARMEN
VS
OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT y
C. DIRECTORA DEL RPP Y DE CDF
EXP:
SRIA.
ORD. CIV.
C. JUEZ DE LO CIVIL
DEL DISTRITO FEDERAL
TURNO
P R E S E N T E
MARIA DEL CARMEN AQUINO BECERRIL, por mi propio derecho, por medio del presente escrito y con fundamento en el artículo 112 párrafo IV del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, solicito ante este Juzgado la revocación de mis defensores anteriores, nombrando en el presente acto a los Licenciados ARTURO PEÑALOZA GALLEGOS con Cedula Profesional 2070081, SARA MARIA DEL ROSARIO COLSA GALICIA con Cedula Profesional 8470560 y DAVID LOPEZ AVALOS con Cedula Profesional 2213938, para que me representen conjunta o separadamente, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos el ubicado en Quinta Cerrada de Azafrán, Número 10, Colonia Granjas México, Delegación Iztacalco en esta Ciudad de México, Distrito Federal.
En ejercicio de la acción real y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 95 fracción II, 255, y demás correspondientes del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a promover Juicio en la Vía Ordinaria Civil, en contra de OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT, quien tiene su domicilio o puede ser localizado en calle Amapolas número 40 A, Departamento 1, Colonia Chulavista, Ecatepec, Estado de México, Código Postal 55030, así como en contra de la C. DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL
Licenciada GRISELDA MARTÍNEZ VÁZQUEZ
con domicilio en Calle Manuel Villalongín Número 15 Colonia Cuauhtémoc
Delegación Cuauhtémoc Código Postal 06500 demandándoles las siguientes prestaciones.
- Del C. OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT el reconocimiento y la declaración de que por prescripción positiva (usucapión), he adquirido la propiedad del inmueble ubicado en el edificio en condominio de la calle Mier y Pesado número 317 (trescientos diecisiete), local 13 (trece), Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100.
- De los dos demandados, OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT y de la C. Directora del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, la cancelación del registro con folio real 9087534 13, por el que se tiene como propietario del inmueble ubicado en el edificio en condominio de la calle Mier y Pesado número 317 (trescientos diecisiete), local 13 (trece), Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100 al C. OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT, por haber operado la prescripción positiva a mi favor, que me declara propietaria de dicho inmueble.
- De los dos demandados, OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT y de la C. Directora del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal la inscripción de la sentencia definitiva que se dicte en este juicio, que sirva como título de propiedad a favor de la accionante María del Carmen Aquino Becerril, que le sea otorgado o asignado el folio real correspondiente, respecto del inmueble descrito en líneas anteriores, materia de la prescripción positiva.
- El pago de los gastos y costas del presente juicio.
Para el ejercicio de esta acción, tengo como base las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.
HECHOS
I.- El demandado OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT, obtuvo la propiedad del inmueble ubicado en el edificio en condominio de la calle Mier y Pesado número 317 (trescientos diecisiete), local 13 (trece), Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100 y actualmente se encuentra inscrito a su favor en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con el folio real 9087534 13.
II.- El 26 (veintiséis) de mayo de 1998, mil novecientos noventa y ocho, el C. OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT y la suscrita, María del Carmen Aquino Becerril, celebramos un contrato indebidamente denominado de “promesa de compraventa”, ya que esencialmente se trató de una compraventa, respecto del inmueble ubicado en el edificio en condominio de la calle Mier y Pesado número 317 (trescientos diecisiete), local 13 (trece), Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100, que tiene las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE.- En 3.60 metros, con pasillo de circulación.
AL ORIENTE.- En 5.85 metros, con el local 11 (once).
AL SUR.- En 3.60 metros, con la colindancia del otro predio
AL PONIENTE: En 5.85 metros con el local 15 (quince).
ARRIBA.- Con la oficina número 3 (tres).
ABAJO.- Con la cimentación.
LA SUPERFICIE es de 21.060 m2 (metros cuadrados).
INDIVISO.- De 1.4894%.
III.- Conforme a exigencias para la firma del contrato base de mi acción, la posesión otorgada, existencia del bien materia de la operación, las condiciones del pago, relacionadas con la cláusulas y la posesión que me fue concedida, evidentemente no se trató de un contrato de promesa de compraventa, sino de una auténtica compraventa, que aun si no fuera así considerada, al habérseme otorgado la posesión por parte del C. OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT, esta fue a título de propietario.
IV.- El precio total de la operación fue de $ 120,000.00, (ciento veinte mil pesos, M.N.), que fue pagada el momento de firmar el contrato, según consta en la cláusula segunda del contrato aludido.
V.- Conforme a la Cláusula Tercera del contrato base de esta acción, la posesión del inmueble que nos ocupa me fue entregada a la firma del citado instrumento, por lo cual, soy poseedora originaria es decir, a título de propietario desde el 26 de mayo de 1998.
VI.- El demandado OSCAR GUILLERMO BURCKLE SHMIDT no ha ejercitado ninguna acción tendiente a rescindir el contrato mencionado, ni ha perturbado la posesión que me concedió respecto del inmueble ubicado en el edificio en condominio de la calle Mier y Pesado número 317 (trescientos diecisiete), local 13 (trece), Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100.
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