Diferencia Entre Inducción Y Auxilio Al Suicidio
Enviado por luisveliz • 6 de Febrero de 2012 • 1.049 Palabras (5 Páginas) • 1.022 Visitas
Diferencia entre inducción y auxilio al suicidio.
Inducción. ES una actitud psicológica que consiste en persuadir a alguien de privarse de la vida. Se trata de instigar, de ejercer poder sobre la voluntad de alguien, de lograr convencerlo para que se suicide. Esta maquinación sobre la voluntad de otro debe ser lo suficientemente poderosa para influir de tal manera que se logre el propósito de convencer a la persona. Puede ocurrir que el móvil de quien induce se base en sentimientos de piedad, o tratarse de sentimientos originados en intereses malsanos. Esto es irrelevante para el derecho, aun cuando el juez consideró los móviles a fin de imponer la pena más justa dentro del margen que la propia norma le concede. Desde el punto de vista de la psicología, este problema resulta muy interesante, pues no cualquiera puede tener la aptitud de influir en el ánimo de otra persona, sobre todo cuando se trata de una decisión tan trascendente en la que está en juego la vida. Por otra parte, también resulta interesante conocer la personalidad del suicida, pues éste debe tener ciertas características especiales que lo hagan tomar, en un momento dado, la decisión de matarse; además, la influencia psicológica la realizará el activo en un momento y en condiciones propicias que sabe que coadyuvarán en su propósito. Si el suicida fuere menor de edad o padeciera alguna forma de enajenación mental, desaparecerá la benignidad de la pena al considerar su incapacidad intelectual, en este caso, la pena sería la correspondiente al homicidio o lesiones calificadas. Inducir al suicidio equivale a determinar a otra persona a que se suicide. Supone por consiguiente, que el suicida no hubiera tomado la fatal resolución de darse muerte si no hubiera mediado la conducta del inductor. La inducción ha de entenderse aquí en el sentido del Código Penal, teniendo que ser directa y eficaz y requiere que el inducido lleve a cabo su propósito, pues la inducción no seguida del suicidio es impune, ya que la muerte del suicida es condición objetiva de penalidad según la mayor parte de la doctrina, lo que lleva aparejado que en esta figura la tentativa no se castigue. Por otra parte la inducción al suicidio es una figura privilegiada respecto al homicidio, ya que la pena señalada es menor, este privilegio para la inducción al suicidio respecto al homicidio no parece comprensible desde un punto de vista político criminal, porque la víctima quería vivir, lo que no sucede en el auxilio al suicidio. No cabe en esta figura la imprudencia, ya que no se contempla la misma en el Código Penal en este ámbito, además, la inducción es una conducta dolosa que exige por definición, el propósito de hacer surgir en otra persona una resolución criminal, que aquí es una resolución no delictiva de darse la muerte. Lo característico de esta resolución es que la misma no es espontánea, sino inducida, no cabe por tanto hablar de inducción cuando la resolución del suicida estaba ya tomada y tampoco es inducción la mera aprobación de la actitud del suicida. En este delito sujeto
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