ENSAYO DECRETO 2649 DE 1993
mickey1032Trabajo1 de Febrero de 2016
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ENSAYO DECRETO 2649 DE 1993
ENSAYO DECRETO 2649 DE 1993
MIGUEL ANGEL GORDILLO RADA
UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA
UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANDA
FACULAD CIENCIAS ECONOMICAS
CONTADURIA PÚBLICA
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ENSAYO DECRETO 2649 DE 1993
MIGUEL ANGEL GORDILLO RADA
BOGOTA, COLOMBIA
2013
RESUMEN
El decreto inicia con la definición de los principios de la contabilidad tomada del el artículo 6 de la ley 43 de 1990. El cual el reglamento la profesión del contador público en Colombia, es posible conocer las reglas que se deben llevar a cabo, de cómo se deben realizar los registros contables de una empresa de una persona natural o persona jurídica.
Lo más importante del decreto 2649 es que se pueden observar los diferentes componentes para aplicación de medir, clasificar, evaluar y analizar la contabilidad de la empresa y así mismo su situación financiera.
Como todo decreto el decreto 2649 tiene los objetivos más importantes y principales, así mismo se ve reflejado claramente las normas de cada cuenta que pertenece a los estados financieros.
ABSTRACT
The decree begins with the definition of accounting principles taken from Article 6 of Act 43 of 1990. Which the regulation of the CPA profession in Colombia, it is possible to know the rules to be carried out, how they should perform the accounting records of a company of a natural or legal person.
The most important of Decree 2649 is that you can see the different application components to measure, classify, evaluate and analyze the accounts of the company and its financial position himself.
As any decree 2649 has the most important objectives and main, also reflected clearly the rules of each account that belongs to the financial statements.
DECRETO 2649 DE 1993
TITULO 1
MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD
CAPITULO 1
DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
Lo entendemos como aquellas normas o Principios aceptados en Colombia que nos permiten registrar o informar cuestiones de un ente en forma Clara, Completa y Fehaciente. Lo deben aplicar Todas las personas que ejercen la Contabilidad. Y además las que sin ejercerla, quieran hacer uso de dicha información.
CAPITULO II
OBJETIVOS Y CUALIDADES DE LA INFORMACION CONTABLE
Artículo 3 y 4: la información Contable se usa Para:
- Conocer los recursos, sus cambios, sus obligaciones y el resultado en un Periodo
- Predecir flujos en efectivo
- Apoyar en la planeación y dirección de negocios
- Tomar decisiones de inversión
- Evaluar a los administradores
- Controlar las operaciones
- Determinación de precios y tarifas
La información contable tiene como cualidades:
- Bases Uniformes
- Pertinente y Confiable
- Clara y Fácil de Entender
- Comparable
- Útil
- Comprensible
CAPITULO III
NORMAS BASICAS
Las normas básicas son los conceptos que limitan y rigen la información cantable con el objetivo de que cumpla las anteriores cualidades
- Ente económico
- Continuidad
- Unidad de medida
- Periodo
- Esencia sobre forma
- La realización
- La asociación
- Mantenimiento del patrimonio
- Revelación plena
- Importancia relativa
- Prudencia
CAPITULO IV
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y ELEMENTOS
SECCION I
DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Los estados financieros suministran información contable a quienes no tienen acceso a esta.
- Clases: teniendo en cuenta el usuario.
- Propósito General: se preparan al final de un periodo y se dirigen a usuarios indeterminados. Son claros, concisos y neutrales. Se divide en dos: en Básicos que son: balance general, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio, en la situación financiera, estados de flujos en efectivo. Y los consolidados.
- Propósito especial: son específicos para un usuario determinado, su uso o circulación es limitada y posee un mayor detalle de operaciones. Se divide en Básicos que son: estado de costos, Balance inicial, e. de liquidación, e. de inventarios, e. de periodos intermedios, e. extraordinarios. Y en otros como: comparativos, certificados y dictaminados.
SECCION II
DE LOS ELEMENTOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Enumeración y relación: son los elementos que conforman los estados financieros. Los activos, pasivos y el patrimonio se deben relacionar para determinar la situación financiera. Y La sumatoria de los ingresos, los costos, los gastos y la corrección monetaria, nos da el resultado del período.
- Activo: es un recurso obtenido del ente económico
- Pasivo: es una obligación del ente económico
- Patrimonio: es el resultado de los activos del ente económico, después de restar todos sus pasivos.
- Ingresos: entrada de recursos que incrementan el activo o disminuyen el pasivo.
- Costos: cargos asociados clara y directamente con la adquisición o la producción de los bienes o la prestación de los servicios, de los cuales un ente económico obtuvo sus ingresos.
- Gastos: salida de recursos de forma que disminuyan el activo o aumenten el pasivo
- Corrección monetaria: Ganancia o pérdida como consecuencia de la Inflación a sus activos y pasivos monetarios.
- Cuentas de Orden Contingentes: hechos que pueden afectar la estructura de un ente económico
- Cuentas de fiduciarias: Muestran los activos, los pasivos, el patrimonio y las operaciones de otros entes que, gracias a las normas legales o de un contrato, están bajo la administración del ente económico.
- Cuentas de orden fiscales: reflejan las diferencias entre las cifras incluidas en el balance y en el estado de resultados, y las utilizadas para la elaboración de las declaraciones tributarias para que puedan conciliarse.
- Cuentas de orden de Control: registran operaciones realizadas por terceros que no afectan la situación financiera. También se utiliza para ejercer control interno.
TITULO II
DE LAS NORMAS TECNICAS
CAPITULO I
DE LAS NORMAS TECNICAS GENERALES
Las normas técnicas regulan el ciclo contable que es el proceso por el cual se reconoce y se transmite la información contable.
- Contabilidad de causación o por acumulación: los hechos económicos deben ser reconocido en el periodo en que se realizaron
- Medición al Valor Histórico: los hechos se reconocen por su valor histórico, o sea su valor de adquisición
- Moneda Funcional: se debe utilizar un solo tipo de moneda y los hechos que estén en otro tipo de esta deben ser transformados a la moneda funcional ya determinada
- Provisiones y Contingencias: Se debe contar con provisiones para cubrir pasivos estimados. Una contingencia es situación que implica duda al respecto de posible ganancia o pérdida por parte de un ente económico.
- Clasificación: Los hechos se deben clasificar según su naturaleza
- Asignación: Los costos de los activos y los ingresos y gastos, deben ser asignados o distribuidos en las cuentas de resultados, cumpliendo la norma básica de asociación
- Diferidos: son los ingresos hasta que la obligación continuada este total o parcialmente satisfecha y los gastos hasta que el correspondiente beneficio económico este total o parcialmente consumido o perdido.
- Asientos: los hechos deben ser registrados en idioma castellano y cronológicamente.
- Verificación de las afirmaciones: se debe cerciorar si las afirmaciones cumplen las normas
- Ajustes: antes de emitir el estado financiero hacer las respectivas correcciones.
- Tratamiento de información conocida después de la fecha: se debe adicionar a la estado financiero si es de Gran relevancia
CAPITULO II
NORMAS TECNICAS ESPECÍFICAS
SECCION I
NORMAS SOBRE LOS ACTIVOS
- Inversiones: están representadas en títulos de valores con el fin de obtener rentas
- Cuentas y documentos Por Cobrar: representan derechos reclamar efectivo u otros como consecuencia de préstamos o créditos
- Inventarios: representan bienes corporales destinados a la venta, así como aquellos que se hallen en proceso de producción o que se utilizaran o consumirán en la producción de otros que van a ser vendidos.
- Propiedades, Planta y equipo: activos tangibles adquiridos
- Activos Agotables: Recursos naturales controlados por el ente económico
- Activos Intangibles: recursos obtenidos por un ente económico que, sin naturaleza material, implican un derecho o privilegio discutible a terceros
- Activos Diferidos: recursos distintos a los regulados anteriormente como gastos anticipados, mercado futuro, etc.
- Ajuste anual de Los Activos No Monetarios: al finalizar el año se debe ajustar el costo de los activos no monetarios, los inventarios, las propiedades, planta y equipo, los activos agotables, los activos intangibles, los cargos diferidos y los aportes en otros entes económicos.
- Ajuste del valor de los activos representados en moneda extranjera, en UPAC o con pacto de reajuste: La diferencia entre el valor en libros de los activos expresados en moneda extranjera y su valor re expresado el último día del año, representa el ajuste que se debe registrar como un mayor o menor valor del activo y como ingreso o gasto financiero.
- Tratamientos de los gastos financieros capitalizados: el ajuste se realiza sobre los valores iniciales del respectivo mes utilizando, cuando no sean aplicables otros índices, el PAAG mensual. Los valores correspondientes a operaciones realizados durante el respectivo mes, no son objeto del ajuste.
- Ajuste Diferido: En el evento en que el activo que los originó sea enajenado, transferido o dado de baja, de igual manera los saldos acumulados en estas cuentas deberán cancelarse.
SECCION II
NORMAS SOBRE LOS PASIVOS
- Obligaciones financieras: cantidades de efectivo recibidas que se deben registrar por el monto de su principal. Los intereses y otros gastos financieros que no incrementen el principal se deben registrar por separado.
- Cuentas y Documentos por Pagar: representan las obligaciones a cargo del ente económico originadas en bienes o en servicios recibidos. Se deben registrar por separado las obligaciones de importancia, tales como las que existan a favor de proveedores, vinculados económicos, directores, propietarios del ente y otros acreedores.
- Obligaciones Laborales: son las obligaciones que se originan a partir de un contrato de trabajo
- Pensiones de jubilación: representan el valor presente de todas las reparticiones futuras que el ente económico deberá hacer a favor de empleados luego de su retiro, o a empleados retirados, o a sus sustitutos, esto se adquiere, según a las normas legales o contractuales, por alcanzar una edad y acumular cierto número de años de servicios.
- Impuestos por pagar: representan obligaciones de transferir al Estado o a alguna de las entidades que lo conforman, cantidades de efectivo que no dan lugar a contraprestación directa alguna.
- Divisiones, participaciones o excedentes por pagar: representan el monto de las utilidades o excedentes que hayan sido distribuidos o reconocidos en favor de los entes que tengan derecho a ellos, conforme a la ley o a los estatutos y que estén pendientes de cancelar.
- Bonos: ahorros mediante títulos de valores
- Contingencias de Perdidas: se deben reconocer las contingencias de pérdidas en la fecha en la cual se conozca información conforme a la cual su ocurrencia sea probable y puedan estimarse razonablemente.
- Ajuste del valor de los pasivos: El valor de los pasivos poseídos el último día del período o del mes, se debe ajustar con base en la tasa de cambio vigente al cierre del período o del mes para la moneda en la cual fueron pactados
- Cierre contable: Antes de divulgar los estados financieros de fin de período, deben cerrarse las cuentas de resultado y transferir su saldo neto a la cuenta apropiada del patrimonio.
SECCION III
NORMAS SOBRE EL PATRIMONIO
- Capital: aportes al ente económico para dotarlo de recursos y que sirvan de garantía para los proveedores
- Prima en la colocación de aportes: valor cancelado sobre el valor nominal
- Valorizaciones: el mayor valor de los activos en relación con su costo neto
- Intangibilidad de la prima en colocación de aportes y de las valorizaciones: no se pueden utilizar para compensar cargos o créditos aplicables a cuentas de resultado ni pueden mezclarse con las ganancias o pérdidas acumuladas.
- Reservas o Fondos Patrimoniales: recursos retenidos con el fin de satisfacer requerimientos legales
- Aportes propios readquiridos o amortizados: reflejan la compra de los derechos o partes alícuotas representativas de su propio capital que un ente económico realiza con sujeción a las normas legales
- Dividendos, participaciones o excedentes decretados en especie: representa los dividendos, participaciones o excedentes que se ha decidido capitalizar, respecto de la cual aún no se han expedido los documentos representativos del aporte.
- Revalorización del patrimonio: no podrá distribuirse como utilidad a los socios o accionistas hasta tanto se liquide la empresa o hasta que se capitalice de acuerdo con las normas legales vigentes
- Ajuste del patrimonio que ha sufrido aumentos o disminuciones en el año: cuando el patrimonio aumenta o disminuye se deben hacer ajustes al terminar el año
- Ajuste Mensual del Patrimonio: El patrimonio al comienzo de cada mes, excluidas las utilidades, excedentes, o pérdidas que se vayan acumulando durante el respectivo ejercicio, debe ajustarse con base en el PAAG mensual.
- Valores excluidos del Patrimonio: se deben excluir también los rubros correspondientes a valorizaciones de activos, “good will”, “knowhow” y demás partidas estimadas o que no hayan sido producto de una adquisición efectiva.
SECCION IV
NORMAS SOBRE LAS CUENTAS DE RESULTADO
- Reconocimiento de ingresos y gastos: los ingresos y los gastos se deben reconocer de tal manera que se logre el adecuado registro de las operaciones en la cuenta apropiada, por el monto correcto y en el período correspondiente
- Realización del Ingreso: debe ser reconocido en las cuentas de resultados, cuando se ha devengado y convertido o sea razonablemente convertible en efectivo.
- Reconocimiento de ingresos por la venta de bienes:
1. La venta constituya una operación de intercambio definitivo.
2. El vendedor haya transferido al comprador los riesgos y beneficios esencialmente identificados con la propiedad y posesión del bien, y no retenga facultades de administración o restricción del uso o aprovechamiento del mismo.
3. No exista incertidumbre sobre el valor de la contraprestación originada en la venta y que se conozca y registre el costo que ha de implicar la venta para el vendedor.
4. Se constituya una adecuada provisión para los costos o recargos que deba sufragar el vendedor a fin de recaudar el valor de la venta, con base en estimaciones definidas y razonables
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