ENSEÑANZA DE LOS ESTUDIOS SOCIALES
Enviado por roycastro • 4 de Agosto de 2021 • Informe • 1.077 Palabras (5 Páginas) • 91 Visitas
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CARRERA EN CURSO
ENSEÑANZA DE LOS ESTUDIOS SOCIALES
MATERIA
DESEÑO CURRRICULAR
CODIGO: EMM-BEB-08
NOMBRE DEL PROFESOR(@)
INGRID LORENA CAMPOS GUTIERREZ
INTEGRANTE
ROY MIGUEL CASTRO MONGE
TAREA NUMERO 2
SEDE
SAN JOSÉ
AÑO
2021
ANALISIS CRITICO
- Ley N° 2160, artículo 1°: Su argumento indica que todo persona costarricense y extranjero debidamente documentado tiene el derecho accesible a la educación sin importar su contexto social , por ende, la educación costarricense tiene que estar adecuada de manera que todo niño, joven, adolescente y adulto con emprendimiento de querer aprender y salir adelante mejorando su calidad de vida por medio del aprendizaje lo pueda lograr.
Se concluye que en Costa Rica se han dado avances significativos respecto del acceso a la educación para pueblos indígenas en materia legal, administrativa y pedagógica; no obstante, estos no se deben interpretar como logros acabados en la reivindicación de los derechos de los pueblos originarios, ya que queda mucho camino por recorrer en el aseguramiento de una oferta equitativa para las personas indígenas (Jimenez, 2017)
- Conclusión: En mi opinión a esta ley implementada para el desarrollo de los costarricenses en la actualidad es de motivo fundamental y de prioridad, ya que contar con un pais donde su población tenga las medidas accesibles para poder emprender, desarrollar y ser capaces de obtener mejores condiciones en su vida, teniendo en cuenta que para estudiar hoy en día hay muchas opciones y no es pretexto para que una persona ponga escusas para no superarse.
- Ley N°7600, articulo 14: Su fundamento indica que toda persona sin importar su discapacidad tiene derecho a la educación ya sea publica o privada, es decir que si alguna persona cuenta con algun problema como por ejemplo sordo, mudo, ciego o paralitico tiene todo su derecho de ser aceptado en cualquier centro de educación costarricense, ya que está prohibido denegar esta posibilidad a la persona, también se toma en cuenta que conforme al sistema de educación costarricense el centro educativo tiene que tener las condiciones óptimas y las capacidades para estas personas.
Las características de docentes en cuanto a experiencia, capacitación que poseen en torno al tema de discapacidad, número y tipo de estudiantes con necesidades educativas especiales que atienden, instituciones que brindan recursos y apoyo a nivel nacional, además las habilidades, destrezas y estrategias metodológicas que los profesores aplican en el proceso de inclusión educativa, asimismo si utilizan internet como medio de formación. A partir de esta investigación se analiza la importancia de contar con referencias específicas que permitan a los docentes dirigir el trabajo que realizan con estudiantes que poseen discapacidad, de acuerdo con directrices nacionales y respondiendo a la inclusión educativa, de manera eficiente (Mora, 2018)
- Conclusión: Basando lo indicado en este artículo con la realidad que vivimos hoy en día en nuestro mecanismo educativo, podemos expresar que encontramos muchas mejoras para estas personas que antes no teníamos, por lo general la educación moderna se va adecuando en la búsqueda de cómo hacer que su población estudiantil tenga mejores opciones para desarrollar un aprendizaje con una finalidad positiva para la sociedad.
- Ley N°7948: El objetivo se basa en erradicar la discriminación hacia las personas con alguna discapacidad, tomando en cuenta que todas ellas tienen las mismas igualdades que una persona considerada normal.
se justifica la importancia de implementar una estrategia de actualización del personal académico de la institución sobre los principios de la educación inclusiva y la inclusión de la persona con discapacidad con la finalidad de generar un cambio en la didáctica universitaria y las prácticas pedagógicas inclusivas (Angélica Fontano Hernández, 2018)
- Conclusión: En esta normativa implementada en la sociedad costarricense para su medio de desarrollo en la educación, nos indica que sus argumentos sobre la discriminación que se vive en las vidas de los estudiantes nos son justificable, ya que como estudiante sin importar mis condiciones tengo el derecho a ser visto como una persona que se respete y valores con normalidad los mismos derechos.
- Ley N°8661, articulo 24: Nos indica de la creación he inclusión de los derechos de personas discapacitadas en la educación costarricense, el cual tiene acceso a todos los niveles de la educación desde preescolar hasta universitario por el resto de sus vidas
¿Considera usted como futuro docente que el establecimiento de la inclusión y la accesibilidad en el sistema educativo costarricense viene a colaborar con la calidad de la educación para todas las personas?
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