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Eficacia De La Ley Procesal En El Espacio


Enviado por   •  27 de Octubre de 2014  •  1.086 Palabras (5 Páginas)  •  909 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA

FUNDACION MISION SUCRE-GUARICO

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL ROMULO GALLEGOS

DERECHO MUNICIPALIZADO

ALDEA U.E.”JOSE FELIX RIBAS”

RESUMEN DE LA EFICACIA DE LA LEY PROCESAL EN EL ESPACIO

FACILITADOR:

ABGDO: TEODORO VELASQUEZ

INICIACION A LOS ASPECTOS PROCEDIMENTALES

TRIUNFADORA

-ARTEAGA GUAIMAR.

C.I: 10.668.804.

TRAYECTO III.

SECCION “U”

SAN JUAN DE LOS MORROS OCTUBRE 2014.

EFICACIA DE LA LEY PROCESAL EN EL ESPACIO

Al estudiar la eficacia de la ley procesal en el espacio, se trata de determinar cual ley entre dos o más coexistente en diversos territorios, es aplicable al proceso pendiente en uno de ellos.

En el universo de las leyes existen leyes de carácter: Nacionales; estadales o regionales y locales o municipales; pero, también existen otros tipos de leyes, no denominadas así propiamente, pero que están en el mundo jurídico, tales como, por ejemplo: los acuerdos, las resoluciones, las providencias, y como ya se ha mencionado, las sentencias y los contratos también son leyes entre las partes; lo que hace necesario definir su aplicación en el espacio o territorio.

En principio en materia de Derecho Procesal el criterio es el de la TERRITORIALIDAD, y por ello se aplica el derecho del lugar donde se tramite el proceso. Entonces cuando un proceso se lleve en Venezuela, serán las leyes vigentes las aplicables.

La necesidad de este estudio se origina en que si bien cada estado soberano ha asumido como propia la función jurisdiccional y dicta en consecuencia las normas de procedimiento para la realización del derecho en su territorio, puede ocurrir, y ocurre frecuentemente, que la relación procesal pendiente de un Estado tenga elementos de conexión con el ordenamiento jurídico de otro Estado soberano, bien porque en ella intervengan sujetos nacionales de ese Estado , o domiciliados en el, o bien porque los bienes que son objetos de controversia estén situados en el exterior.

La solución de estos problemas es propia del Derecho Internacional Privado o Derecho de Colisión en el Espacio. En materia procesal no encontramos disposiciones de Derecho Internacional Privado que tomen en cuenta los elementos de conexión que pueda tener la relación procesal con un ordenamiento extranjero y tomen de este las normas reguladoras del proceso. En esta materia, se excluye abiertamente, de ordinario, el funcionamiento de normas de Derecho Internacional Privado y rige el Principio General de la Territorialidad Absoluta del Derecho Procesal, según el cual, para afirmar derechos por la vía judicial , rige el Derecho del lugar en que se tramita el proceso (Lex Fori) ley del tribunal que entiende en la causa).

Entre nosotros, la disposición del artículo 8º del Código de Procedimiento Civil, ordena “Que en los casos de aplicación del Derecho Internacional Privado, los jueces atenderán primero a los tratados públicos de Venezuela con el Estado respectivo, en cuanto al punto en cuestión; en defecto de tales tratados, aplicaran sobre lo que materia dispongan las leyes de la Republica o lo que se desprenda de la mente de la legislación patria y, en último lugar, se regirán por los principios de

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