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Ejemplo de Acta Constitutiva de Comandita Simple de Capital Variable


Enviado por   •  28 de Abril de 2019  •  Tarea  •  1.271 Palabras (6 Páginas)  •  4.326 Visitas

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---- ESCRITURA PUBLICA NÚMERO: DIEZ MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS-----------------------------------VOLUMEN NÚMERO: DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE--------------- TOMO “DOS”------------------------En Huixquilucan, Estado de México, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diecinueve, Licenciada MARÍA CRISTINA DEL SOCORRO RODRÍGUEZ CABRERA, Notario Público en ejercicio en el Estado, Titular de la Notaria Pública Número ciento doce, con residencia en esta ciudad, hago constar la constitución de “GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA”, SOCIEDAD EN COMANDITA, en la que intervienen la señora ANGÉLICA ROSA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, y el señor JOSÉ ROERTO COSIO RAMIREZ al tenor de las Cláusulas que en seguida se expresan:------     -------------------------------------                 ------------------CLAÚSULAS---------------------------------------------------------------PRIMERA.- La señora ANGÉLICA ROSA GONZÁLEZ GONZÁLEZ de nacionalidad mexicana y domicilio en la Ciudad de México y el señor JOSÉ ROERTO COSIO RAMIREZ de nacionalidad mexicana y domicilio en Nezahualcóyotl, Estado de México, constituyen una Sociedad en Comandita Simple denominada GONZÁLEZ Y COMPAÑÍA debiendo ir seguida tal denominación de las palabras “Sociedad en Comandita”, o de sus abreviaturas “S. en C”. -------------------------------------------SEGUNDA: DOMICILIO. El domicilio principal de la sociedad es en la CIUDAD DE MÉXICO, pero podrá establecer agencias, oficinas o sucursales en cualquier otro lugar de los Estados Unidos Mexicanos y del Extranjero así como designar domicilios convencionales para realizar y otorgar actos y contratos específicos, -------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERA: PLAZO. El plazo de la sociedad es por tiempo indefinido a partir de la fecha en que se inscriba ésta escritura. ------------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTA: OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto:--------------------------------- -------------------------1.- Compra, venta, importación, exportación, distribución, abastecedora y comercialización de todo tipo de productos, alimentos, domésticos, comerciales, industriales, tanto nacionales como extranjeros por cuenta propia o de terceros, así como todos aquellos productos, lícitos posibles de comercialización.-------------------2.- Fabricación, desarrollo, compraventa , recibo, consignación, comisión, enajenación, importación, exportación, arrendamiento, subarrendamiento, representación y el comercio en general de todo tipo de productos, alimentos, domésticos, comerciales, industriales, tanto nacionales como extranjeros.---------------3.- La consultoría, venta, producción, cobranza, financiamiento, administración, mantenimiento, remodelación y modificación de bienes muebles.-------------------------------------------------------------------------------------4.- Prestar toda clase de servicios administrativos, gerenciales, de personal, laborales, contables, legales, de planeación y control a terceras personas, sean éstas físicas o morales, celebrando contratos de administración y cualquier otro similar que se requiera.----------------------------------------5.- La instalación, administración, compra, venta, importación, y operación de todo clase de bienes inmuebles; la prestación de servicios de supervisión, operación y abastecimiento de los mismos.---6.- La adquisición, venta, renta de equipo, productos, bienes muebles que se relacione directa o indirectamente con los fines sociales, así como la compraventa, procesamiento, representación, promoción, distribución, comisión, consignación arrendamiento, subarrendamiento, importación y exportación de todo tipo de artículo, productos elaborados o semi-elaborados, manufacturados, materias primas para llevar a cabo su objeto social.---------------------------------------------------------------7.- Adquirir o participar en el capital o patrimonio de otras sociedades civiles o mercantiles, así como enajenar o traspasar tales acciones o participaciones.----------------------------------------------------8.-Obtener patentes, certificados de invención, registrar marcas, nombres comerciales, adquirir o disponer de toda clase de derechos de propiedad industrial y derechos de autor, así como el otorgar o recibir licencias o autorizaciones para el uso y explotación de toda clase de derechos de propiedad industrial y comercial.--------------------------------------------------------------------------------------- 9.- Emitir, girar y llevar a cabo toda clase de operaciones de crédito aceptarlos y endosarlos, incluyendo obligaciones de acuerdo con la Ley.--------------------------------------------------------------------- 10.- Solicitar y obtener fianzas y seguros a nombre propio o de terceros con los cuales la sociedad tenga relación o participación.------------------------------------------------------------------------------------------- 11.- En general, celebrar y realizar todos los actos, contratos y convenios civiles, mercantiles, de trabajo o de cualquier otra naturaleza que sean convenientes o necesarios, que de una manera directa o indirecta se relaciones con el objeto de la sociedad, dentro de la República Mexicana o en el Extranjero.-------------------------------------------------------------------------------------------------- QUINTA: CARÁCTER DE LOS SOCIOS. En la sociedad habrán dos clases de socios: Los socios COMANDITADOS, que tendrán a cargo la administración social y los socios COMANDITARIOS. Será socio Comanditado JOSÉ ROERTO COSIO RAMIREZ y socio Comanditario ANGÉLICA ROSA GONZÁLEZ GONZÁLEZ.------------------------------------------------------------------------------------- SEXTA: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de $ 200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), aportados por los socios en la forma siguiente: la señora ANGÉLICA ROSA GONZÁLEZ GONZÁLEZ aporta la cantidad de $ 150,000.00 (CIENTOCIENCUENTA MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), y el señor JOSÉ ROERTO COSIO RAMIREZ la cantidad de $ 50,000.00. (CIENCUENTA MIL PESOS, MONEDA NACIONAL) Los socios hacen entrega y tradición en este momento de sus respectivos aportes a la sociedad. -----------------SÉPTIMA: ADMINISTRACIÓN. La administración de los negocios sociales y el derecho de usar la firma social corresponde exclusivamente al socio Comanditado JOSÉ ROERTO COSIO RAMIREZ. Representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, podrá abrir cuentas bancarias, girar sobre ellas y cerrarlas; otorgar poderes generales o especiales, contraer toda clase de obligaciones o deudas, firmar contratos, escrituras, y documentos de cualquier clase. -----------------OCTAVA: TRANSFORMACIÓN DE LA CALIDAD DE SOCIOS. Mientras esté vigente el contrato de sociedad los socios comanditados no podrán renunciar a su carácter de tales. Pero en caso de fallecimiento de cualquiera de los socios comanditados, cualquiera de los comanditarios podrá cambiar su condición por la de comanditado, comunicándolo en forma escrita a la sociedad y en tal caso deberá otorgarse la respectiva escritura de modificación. --------------------------------------------NOVENA: RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. Los socios comanditados serán responsables por todas las obligaciones de la sociedad en forma solidaria e ilimitada, y los socios comanditarios responderán únicamente hasta la cuantía de sus respectivos aportes.--------------------------------------- DÉCIMO SEGUNDA: DE LOS SOCIOS COMANDITARIOS. Los socios comanditarios no podrán ejercer ningún acto en la gestión administrativa de la sociedad; su intervención quedará limitada al ejercicio de los derechos que la ley les confiere, especialmente la inspección en cualquier tiempo de los negocios de la sociedad, formular objeciones a los balances con el propósito de ejercer su derecho de control y emitir su voto de conformidad a los términos de esta escritura. ------------------DÉCIMO TERCERA: SOMETIEMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES: En todo lo que no esté previsto en el presente pacto social, la sociedad se regirá por las disposiciones generales que para las sociedades de personas estipulado en la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como por las disposiciones especiales aplicables a las sociedades en comandita simple, especialmente en lo referente al embargo y traspaso de las participaciones sociales; exclusión y separación de socios; distribución de utilidades, aplicación de pérdidas, constitución de reservas, disolución  y bases para practicar la liquidación. Por tanto, en caso que la mencionada Ley sea objeto de cualquier reforma legislativa que modifique alguno de los actuales regímenes que regulan esta clase de sociedad, se entenderá que la sociedad por ministerio de ley, quedará sujeta a las nuevas regulaciones que se establezcan, sin necesidad de modificación del presente pacto social, al menos que la ley ordene se cumpla con un régimen de adaptación a las reformas que se haya decretado. ---------------------------------------------------------------------------- DÉCIMA SEXTA: DISOLUCIÓN. La sociedad se disolverá por las causas estipuladas en el artículo doscientos veintinueve de la Ley General de Sociedades Mercantiles. -----------------------------------------Yo el Notario HAGO CONSTAR: Que hice a los otorgantes la advertencia a que se refiere el artículo 92 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, respecto a la obligación de inscribir ésta escritura en el Registro Público de Comercio. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de ésta escritura y leído que les fue por mí, íntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupción, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE.

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