El Derecho Como Sistema De Normas
Enviado por carla93 • 7 de Mayo de 2012 • 1.108 Palabras (5 Páginas) • 841 Visitas
EL DERECHO COMO SISTEMA DE NORMAS
1. El término Derecho es polisémico
En primer lugar, se entiende por Derecho la facultad que tiene una persona para hacer o no hacer algo o imponer o impedir a otro hacer algo (“tengo derecho que se respete mi propiedad”, “tengo derecho a acceder a mi historia clínica”).
Segundo, el término Derecho también se refiere a lo que es justo o razonable (“me impidieron la entrada ¡No hay derecho!”).
Tercero, el Derecho es la ciencia que estudia los principios y preceptos jurídicos (“es licenciado en Derecho”).
Por último, el Derecho es un sistema de normas para la resolución de conflictos y organización de la convivencia en sociedad, que se basa en el monopolio de la fuerza por parte del Estado, como reacción a la autotutela individual.
2. El Derecho como sistema de normas
2.1. Características:
• Heteronomía. El Derecho es establecido por otro, una autoridad, organismo o institución, denominada en general legislador (a diferencia, por ejemplo de un Código Deontológico profesional, redactado por los sujetos obligados a su cumplimiento).
• Bilateralidad. Un sujeto distinto al afectado está facultado para exigir el cumplimiento de la norma. Por ello se le otorga la cualidad "imperativo atributivo”: Imperativo porque impone un deber de conducta (por ejemplo, pagar impuestos); atributivo porque faculta a una persona distinta del obligado para exigir el cumplimiento de este imperativo.
• Alteridad. El Derecho y las normas jurídicas que lo forman se refieren siempre a la relación de un individuo con otros.
• Coercibilidad, que supone la legítima posibilidad de utilizar la fuerza socialmente organizada en caso de exigir el cumplimiento de éste o de aplicar la sanción correspondiente al violar el Derecho.
2.2. El Derecho como estructura ordenada y completa
El Derecho como sistema tiende a ser una estructura ordenada y completa, para ello se basa en tres tipos de mecanismos:
A. criterios de resolución de contradicciones entre las normas (antinomias)
• Principio de jerarquía: carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior (artículo 1.2. del Código Civil y 9.3 de la Constitución Española).
• Principio de especialidad: la norma especial prevalece sobre la general.
• Principio de temporalidad: Las leyes sólo se derogan por otras posteriores de igual o mayor rango (artículo 2.2 del Código Civil).
B. Criterios de aplicación de las normas
La norma que rige una determinada situación o conflicto es en primer lugar la ley, y si no la hubiera, la costumbre y los principios generales del Derecho. Además, la jurisprudencia es fuente complementaria del ordenamiento jurídico.
El ámbito de aplicación de la Ley se fija en su propio texto pero, además, cabe su aplicación a supuestos no regulados y semejantes a los descritos en la misma (aplicación analógica).
C. Criterios de interpretación de las leyes
Las leyes se deben interpretar según el tenor de las propias palabras empleadas (interpretación literal); teniendo en cuenta el contexto histórico en el que se publicaron y en el que van a ser aplicadas (interpretación histórica); las conexiones con otras normas (interpretación lógica y sistemática); y atendiendo a su finalidad (interpretación teleológica).
Según el artículo 3.1 del Código Civil: “Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.
2.3. Fuentes
Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho (artículo 1.1 del Código Civil).
• La ley, en sentido amplio, es un norma
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