El Derecho Financiero y el Derecho Financiero son ciencias que forman parte del Derecho Público, este encuentra inmerso todas las actividades del Estado.
Enviado por DianaRosero • 4 de Octubre de 2016 • Ensayo • 2.053 Palabras (9 Páginas) • 367 Visitas
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA
DE LOS ANDES
UNIANDES
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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO – SEMIPRESENCIAL
OCTAVO SEMESTRE
MATERIA
DERECHO TRIBUTARIO
ALUMNA: ROSERO DIANA ELIZABETH
PROFESOR: DOCTOR ANTONIO TERÁN
Tulcán, abril – junio del 2013
DERECHO TRIBUTARIO
INTRODUCCIÓN
El Derecho Financiero y el Derecho Financiero son ciencias que forman parte del Derecho Público, este encuentra inmerso todas las actividades del Estado.
Los ciudadanos estamos en la obligación de contribuir con los ingresos fiscales que recepta el fisco (Estado). Estos ingresos fiscales provienen de los tributos (ingresos que tiene el fisco o estado por los pagos que realizan los contribuyentes).[pic 3]
Los tributos se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras.
Impuestos: Es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por Derecho público. Es una carga impositiva. Ejm. Impuesto Predial (Urbano y Rural – cobra el Municipio).
Tasas: Las tasas son contribuciones económicas que hacen los usuarios de un servicio prestado por el estado. La tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona realiza por la utilización de un servicio, por tanto, si el servicio no es utilizado, no existe la obligación de pagar. Es común confundir tasa con impuesto, lo que no es así. Mientras el impuesto es de obligatorio pago por todos los contribuyentes, la tasa la pagan solo para aquellas personas que hagan uso de un servicio, por tanto, no es obligatorio. Las tasas generalmente se pagan por la prestación de un servicio. Ejm. Se cobra (Municipio) la tasa de recolección de basura, Las tasas que cobran la Aduana por las almaceneras.
Contribuciones especiales de mejoras: Son recaudaciones que realizan los Municipios. Las contribuciones especiales, tal como se han definido, son tributos cuyo hecho generador consiste en beneficios individuales o de grupos sociales, derivados de la realización de obras públicas o de especiales actividades del Estado. Son cargas impositivas que están determinadas en las Leyes, Ordenanzas. Ejm. Cuando se realiza una acera, un adoquinado de la calle.[pic 4]
PRINCIPIOS tributarios CONSTITUCIONALES
La Constitución de la República en su sección quinta, Régimen Tributario, en el Art. 300, determina:
- “Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos.
La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.”
- El Código Tributario, amplia lo determinado en la Constitución de la República, y señala, en su Art. 5: ¨Art. 5. Principios tributarios.- El régimen tributario se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad.¨
Principio de Generalidad: El régimen tributarlo se rige por el principio de generalidad, es decir, las ley tributaria tienen carácter de general y abstracta, motivo por el cual no está direccionada a determinada persona o grupo de personas, todo ello sea concediéndoles beneficios, exenciones o imponiéndoles gravámenes.
Ejm. La Ley de Equidad Tributaria
Principio de Legalidad: Este principio le da la facultad de establecer, modificar, extinguir o exonerar tributos exclusivamente al Estado. Todos los ciudadanos tenemos que acatar lo que manda la Constitución, el Código Tributario o cualquier otra norma legal.
Principio de Exclusividad: Existen ciertas disposiciones que nos permiten a los ciudadanos actuar exclusivamente dentro de las competencias, Por ejemplo no podemos presentar un reclamo administrativo tributario en el Juzgado Tercero de lo Penal, ya que no es competente para conocer este tipo de reclamos, debemos dirigirnos exclusivamente al órgano competente.
Principio de Imparcialidad: La ley tiene que actuar de manera imparcial no se puede parcializar a ninguna persona, grupo o sector, tiene que primar este principio. [pic 5]
Generalmente en el Derecho Tributario hay dos sujetos:
- Sujeto activo = Estado:
- Sujeto pasivo = Contribuyente o responsable:
Sujeto activo.- El Estado establece o determina los impuestos que debe pagar el contribuyente, esta facultad determinadora está estipulada en la ley
Sujeto pasivo = El contribuyente es la persona responsable de pagar los impuestos. [pic 6]
Los ingresos que capta el estado van a conformar el presupuesto general del estado. Los tipos de ingresos que tiene el estado son todos los que provienen de los tributos incluidos los recursos que genera la explotación de petróleo.
El presupuesto general del estado que obviamente es anual tiene que ser redistribuido en la productividad (agricultura, ganadería), reinversión, inversión (salud, educación, transporte, vías), bienestar colectivo. [pic 7]
¿QUIÉN TIENE LA FACULTAD REGLAMENTARIA Y LEGISLATIVA?
Facultad Legislativa: Tiene la Asamblea porque este organismo aprueban las leyes.
En la nueva constitución (2008) manifiesta que todos los ciudadanos incluyendo al Presidente de la República, podemos presentar proyectos de ley, cumpliendo con los requisitos legales, deben ser enviados o presentados en la Asamblea para que se analicen, discuten y se apruebe.
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