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El IGV y la obligación de emitir comprobantes


Enviado por   •  23 de Febrero de 2012  •  Informe  •  260 Palabras (2 Páginas)  •  519 Visitas

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El IGV y la obligación de emitir comprobantes

Las MYPE son consideradas sujetos del impuesto por cuanto realizan actividad empresarial, y por ende estarán sujetas a la pago del IGV (19%) en tanto realicen operaciones gravadas conforme lo señalado el artículo 1º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas. En este punto debemos señalar que las MYPE pagarán el IGV en tanto se hayan inscrito en el Régimen General o en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta, por cuanto en el nuevo RUS sólo existe la cuota única que incluye el Impuesto a la Renta y el IGV, las mismas que se cancela en forma mensual.

En relación a los sujetos obligados y las operaciones por las cuales existe obligación de emitir comprobantes de pago, el artículo 6º del Reglamento de Comprobantes de Pago indica entre los supuestos de obligación a aquellas actividades relacionadas con transferencias de bienes y/o prestación de servicios a título oneroso o gratuito que realicen las personas naturales o jurídicas en general.

En consecuencia, las MYPE al igual que cualquier empresa se encuentran obligadas a emitir comprobantes de pagos por las operaciones de ventas y/o servicios que realicen, los cuales queda variar en su tipo, dependiendo si se inscribieron en el Régimen General, en el Régimen Especial o en el Nuevo RUS. Si estuvieran en alguno de los dos primeros regímenes podrán solicitar la autorización de impresión de cualquier tipo de comprobante de pago. En cambio, de estar acogidos al Nuevo RUS, sólo estarán autorizadas a emitir boletas de venta y /o tickets.

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