El Indulto
Enviado por • 14 de Marzo de 2013 • 5.165 Palabras (21 Páginas) • 595 Visitas
El Indulto
El indulto (también conocido como conquista naval) es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena. Es una situación diferente a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el indulto la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena.
El indulto puede ser total o parcial o también llamado conquista naval. A su vez puede ser general y particular.
• El indulto total comprende la remisión de todas las penas a que hubiere sido condenado el reo y que aún no hubieren sido cumplidas.
• El indulto parcial supone la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas o su conmutación por otras menos graves.
Derecho Comparado
España
El "derecho de gracia", también conocido como indulto, es una renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado, fundada en razones de equidad, oportunidad o conveniencia pública (Política).
La Constitución española concede al Rey el derecho de gracia, sometido a la ley y prohíbe los indultos generales (según su artículo 62.i) (artículo 62 CE: Funciones del Rey.)
Pueden indultarse las penas accesorias con exclusión de las principales y viceversa, a no ser que aquellas sean inseparables de éstas. La remisión de la pena principal implica, igualmente, la de las accesorias, a excepción de la inhabilitación para cargos públicos y derechos políticos, las cuales no se entenderán comprendidas, si de ellas no se hubiere hecho mención especial en la concesión.
Procedimiento y requisitos; El procedimiento y requisitos para la concesión del indulto particular se encuentran recogidos en la Ley de 18 de junio de 1870 modificada por la Ley 1/1988 de 14 de enero. El trámite de solicitud de los indultos particulares puede llevarse a cabo por los penados, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre.
Las solicitudes serán sometidas a informe del Tribunal sentenciador, debiendo ser oídos el Ministerio Fiscal y el ofendido, si lo hubiere. La concesión compete al Rey, a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros y se acordará mediante Real Decreto, que deberá insertarse en el Boletín Oficial del Estado.
Los indultos generales están prohibidos en España, por lo que sólo son aplicables los indultos particulares.
Estados Unidos
En los Estados Unidos, el poder de perdonar está en manos del Presidente según indica la Constitución de los Estados Unidos, Art. II, Sec. 2, que establece que el Presidente:
“Tendrá el poder de conceder indultos y perdones en los casos de ofensas contra los Estados Unidos, excepto en los casos de personas condenadas en un juicio político”.
Todas las peticiones federales de perdón se dirigen al Presidente, y son concedidas o denegadas por él. Como norma, estas peticiones se remiten para su revisión y recomendación no vinculante respecto de las mismas al U.S. Pardon Attorney, un funcionario del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Desde 1977, los presidentes han recibido unas 600 peticiones de perdón o clemencia por año y han concedido alrededor de un diez por ciento de las mismas, aunque el porcentaje de perdones e indultos varía entre las distintas administraciones (globalmente, el número de perdones ha sido menor desde la Segunda Guerra Mundial que en épocas anteriores). Para que un perdón pueda ser concedido, en general los que van a ser perdonados deben admitir previamente su culpa.
El poder presidencial para perdonar y conmutar penas ha sido controvertido desde siempre; muchos anti-federales recuerdan ejemplos de abusos por parte de los reyes europeos de ese poder de perdonar, y advierten que lo mismo podría ocurrir en las repúblicas. Por su parte, The Federalist Papers (una colección de artículos publicada como argumentación para aprobar la Constitución de los Estados Unidos) incluye una fuerte defensa del poder de perdonar. El Presidente George Washington concedió los primeros perdones federales a varios líderes de la rebelión del whisky (desarrollada entre 1791 y 1794 en protesta por los impuestos establecidos a determinadas bebidas alcohólicas).
Muchos perdones han sido controvertidos; los críticos arguyen que los perdones se usan más por conveniencia política que para corregir un error judicial. Quizás el perdón más famoso en la historia de Estados Unidos fue concedido por el presidente Gerald Ford a su antecesor en el cargo, el presidente Richard Nixon, el 8 de septiembre de 1974, por la conducta oficial delictiva que dio lugar al escándalo Watergate. John Tyler pudo haber sido el primer ex-presidente en beneficiarse de la clemencia, si no hubiese muerto antes de que la Guerra Civil Americana hubiese terminado. Las encuestas mostraron que la mayoría de los ciudadanos estadounidenses desaprobaban claramente en aquel momento ese perdón a Nixon. El respaldo popular a Ford decayó tras su perdón a Nixon, y dos años más tarde fue derrotado en las elecciones presidenciales. Otros usos controvertidos del poder de personar incluyen los miles de perdones indiscriminados concedidos por Andrew Johnson a antiguos oficiales y militares Confederados tras la Guerra Civil Americana, la amnistía de Jimmy Carter para los desertores de la guerra del Vietnam, el perdón de George H. W. Bush a seis oficiales de la administración Reagan acusados y/o condenados en relación con el asunto Irangate, y los perdones concedidos por Bill Clinton a terroristas del FALN y a 140 personas (estos concedidos en su último día de presidencia).
Un perdón presidencial puede ser concedido en cualquier momento tras la comisión del delito; el perdonado no tiene por qué haber sido ni condenado ni siquiera formalmente acusado por un crimen. En la inmensa mayoría de los casos, sin embargo, el Pardon Attorney solo considera las peticiones de personas que han cumplido condena y que, además, han demostrado su capacidad para desarrollar una vida responsable y productiva durante un período significativo tras su acusación o tras haber sido liberados. Determinados Tribunales federales sostienen que el Presidente puede perdonar o indultar de forma condicionada, y que la persona objeto de tales perdones e indultos no puede rechazarlos, aunque debe aceptar y cumplir sus condiciones.
El poder de perdonar del presidente afecta sólo a delitos considerados por la Ley Federal. Sin embargo, los gobernadores de muchos Estados de los Estados Unidos tiene el poder de conceder perdones o indultos por delitos considerados por la Ley Criminal del estado. En otros estados, ese poder está en manos de un consejo, o, combinadamente, en las de un consejo y
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