El Probema De La Naturaleza Del Hombre
Enviado por 15101982 • 15 de Septiembre de 2013 • 513 Palabras (3 Páginas) • 527 Visitas
El problema de la naturaleza del hombre en el mundo
Publicado por Diana Albrecht
Sabemos que el ser humano tiene una existencia esencialmente sociable, su naturaleza le impide vivir aislado de la sociedad. Pero esta naturaleza sociable, no únicamente lo convierte en un “ser social” sino que, a su vez, trae aparejados unos sentimientos de aspiración, de anhelo, inspira al ser humano a desarrollarse no sólo físicamente, sino también intelectual y espiritualmente. De esta manera va formando su personalidad, con la vida en común y los valores que en su sociedad son practicados.
Esto nos lleva a entender que para que el ser humano pueda gozar de sus derechos y ser respetado en ellos, se hace necesario que impere un orden que así lo determine, es ahí donde surge el Derecho y éste posteriormente da lugar a la disciplina denominada Derechos Humanos.
El concepto de persona en el Derecho Romano
Publicado por Diana Albrecht
La palabra PERSONA tiene más de una acepción. Tal vez, desde el punto de vista filosófico podríamos decir que PERSONA es un ser dotado de inteligencia y voluntad, y si la consideráramos desde el punto de vista psicológico sería bastante probable que nuestro concepto resulte otro. Pero bien, lo que estudiaremos ahora será el concepto de PERSONA desde su acepción jurídica, y para ello es necesario remitirnos al antiguo Derecho Romano.
La palabra PERSONA deriva de la voz latina PERSONAE la que era utilizada para designar las máscaras que los actores usaban en el teatro romano, primordialmente para asumir una actitud trágica o jocosa, según el papel que les tocara representar.
Si bien, la “persona” para el Derecho contemporáneo es todo ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones, y a consecuencia de ello se entiende que todos los seres humanos somos personas, en sus orígenes esto no era así.
Fuentes históricas afirman que en la sociedad romana no todos los hombres eran sujetos de derecho. Linneo Ynsfrán nos dice que el Derecho Romano concebía dos tipos de personas físicas y una de ellas carecía totalmente de derechos, estos eran los esclavos y los extranjeros. Sin embargo, concuerdo más con Aníbal Benítez Rivas, cuando nos afirma que en Roma sólo existía un tipo de persona o Sujeto de Derecho, y éste era el hombre que reunía estas condiciones exigidas por el Derecho Romano: Ser Libre (Status Libertatis), Ciudadano (Status Civitatis) y Jefe de Familia (Status Familiae). Únicamente la posesión de estos tres estatus daba al hombre plena capacidad jurídica y calidad de persona. Por consiguiente, aquellos que no reunían estas condiciones, tales como los esclavos y los extranjeros, no eran considerados personas, la razón: carecían de derechos.
Por otra parte, aunque no
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