El TLC Y La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
Enviado por sinaibass • 17 de Mayo de 2015 • 1.671 Palabras (7 Páginas) • 257 Visitas
Introducción
El Tratado de Libre Comercio con América del Norte (TLCAN) es un acuerdo regional entre los gobiernos de Canadá, Estados Unidos y México para crear una zona de libre comercio. Este Acuerdo pactado durante la administración del presidente mexicano Carlos Salinas de Gortari, el presidente estadounidense George H.W. Bush, y del primer ministro canadiense Brian Mulroney aumentó la dependencia y vulnerabilidad de la economía nacional, sin embargo uno de los sectores más afectados por tal acuerdo fue el sector agrario que requirió una serie de reformas estructurales basadas en un conjunto de modificaciones constitucionales y organizativas que desarticularon, severamente, la economía rural.
En el marco legal esto implico por parte del TLCAN: la reforma agraria al artículo 27 constitucional; y en lo organizativo: una apertura comercial indiscriminada (libre de aranceles en su mayoría) de productos agropecuarios, así como una sistemática reducción estatal del subsidio y apoyo al campo.
En el caso de la reforma al artículo 27 de 1991 esta representó para nuestro país un proceso de adecuaciones de las relaciones agrarias con respecto al nuevo esquema de comercio global, en lo referente a la apertura comercial implicó la paulatina reducción de las exportaciones, impactando drásticamente, la producción de los granos básicos, y en lo relacionado a la reducción en el subsidio al fomento rural, el Estado mexicano a partir de la firma del TLC, disminuye y reestructura el apoyo y participación en el sector agrario.
Estas transformaciones neoliberales reestructuraron la economía rural mexicana, generando un cambio en el modelo administrativo de los recursos agrarios y de todas sus actividades.
El siguiente ensayo tendrá como objetivo desarrollar la relación existente entre el TLCAN y La Ley Agraria en México así como sus efectos y funciones.
Teniendo como antecedente al GATT (Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio) y el ingreso a la OCDE (Organización para la Cooperación y desarrollo económicos), México ingresa formalmente al mundo globalizado con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) el 17 de diciembre de 1992, que entra en vigor en enero de 1994.
Con el TLCAN se aumenta la dependencia como consecuencia natural de los principios e instrumentos esenciales del programa neoliberal, este fue presentado por sus promotores como una vía de crecimiento a la economía nacional.Sin embargo, lejos de tener un crecimiento sostenido, la economía mexicana bajo el TLCAN ha ido menguando.
Las reformas y derogaciones al artículo 27 constitucional de 1992, representaron: -Dar por terminado el reparto agrario.
-Abrió el camino al libre mercado de tierras con la posibilidad legal para arrendar o enajenar el ejido, posibilitó la participación de sociedades mercantiles en la producción del campo.
-La eliminación de dependencias y comisiones gubernamentales creadas en favor del campo.
Estas reformas representan un presencia terminante del modelo neoliberal en el campo mexicano y planteaban la necesidad de reestructurar al campo con el fin de responder a una realidad en donde la propiedad y el capital retomaran los espacios económicos y el estado retrocediera en su papel rector y protagónico hasta ocupar un espacio regulatorio de sector rural.
Las reformas al artículo 27 constitucional que entraron en vigor el 6 de enero de 1992 prepararon el camino para que se diera legislativamente la adhesión al TLCAN.
Desde esta perspectiva podemos ver que la unión entre el TLCAN y la Ley Agraria es el fundamento de esta misma, con ello hago referencia al artículo 27 constitucional antes mencionado en específico a las fracciones XIX y XX las cuales dictan:
“Con base en esta constitución, el Estado dispondrá las medidas para la expedita y honesta impartición de la justicia agraria, con objeto de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y de la pequeña propiedad, y apoyara la asesoría legal de los campesinos.
Son de jurisdicción federal todas las cuestiones que por límites de terrenos ejidales y comunales, cualquiera que sea el origen de estos, se hallen pendientes o se susciten entre dos o más núcleos de población; así como las relacionadas con la tenencia de la tierra de los ejidos y comunidades. Para estos efectos y, en general, para la administración de justicia agraria, la ley instituirá tribunales dotados de autonomía y plena jurisdicción, integrados por magistrados propuestos por el ejecutivo federal y designados por la cámara de senadores o, en los recesos de esta, por la comisión permanente.
La ley establecerá un órgano para la procuración de justicia agraria, y
XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentara la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público.
El desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior, también tendrá entre sus fines que el estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca”
Si bien los objetivos principales del TLCAN con respecto a México fueron, entre otros:
-Lograr un acceso más seguro al
...