El neo constitucionalismo significado y niveles de analisis
Enviado por anlluko320 • 25 de Julio de 2016 • Ensayo • 1.017 Palabras (5 Páginas) • 301 Visitas
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
“Derecho Penal”
Nombre: Andres Armendariz
Curso: Tercero “A”
Fecha:21/04/2016
Tema: El neo constitucionalismo significado y niveles de analisis
Ferrajoli en el presente texto, menciona en primer lugar, la importancia de la distinción ,entre el dolo sufrido y el dolo infringido, el uno siendo natural otro producto de los hombres, afirma que todos los derechos fundamentales son configurables como derechos a la exclusión o a la reducción del dolor, entonces existen ciertos derecho conocidos como derechos de libertad que están dirigidos a prevenir el dolor infligido, por medio del derecho penal y la regulación y minimización de la reducción del dolor , los derechos de libertad son interpretables como derechos dirigidos, a prevenir el dolor infligido, por medio del derecho penal y la regulación mi nominación de la reacción punitiva al delito .
Ciertamente el derecho modernos, el del estado liberal de derecho nace en el terreno del derecho penal, como derecho, nos informa que existe bajo tutela de los derecho e libertad y de inmunidad ante mencionados, dos tipos de respuestas al dolor infligido, correspondientes a los dos objetivos justifica torios del derecho penal. Según Ferrejoli entonces históricamente el derecho contemporáneo se desarrollo en el último siglo y en las formas del estado social de derecho, como estado y derecho máximos dirigidos a organizar, en tutela de igual manera de los derecho sociales, un sistema de respuestas al dolor sufrido y por asi llamarlo natural a las enfermedades por medio del derecho a la salud.
Luego nos menciona los que ha mencionado como “derecho penal mínimo que es el sistema de normas idóneas para garantizar esta doble minimización de la violencia y el dolor que tiene como consecuencia. El derecho penal se justifica y solo si previene y minimiza. Son por tanto ideológicas todas las teorías de la justificación a priori como las que se justifican el derecho penal en cuanto a tal en abstracto así lo señal, , con el objetico de la prevención de delitos. Lo cierto es que una justificación consistente puede ser solo a posteriori.
Cuando ferrajoli habla del iusnaturalismo, menciona que por la tesis iusnaturalista, de quienes piensa el que se identifican como el rasgo característico, del derecho propio de la tradición occidental esa especificidad del derecho moderno, es ignorada, menciona el ser un reflejo, del orden natural, de un ordenamiento occidental ósea de un ordenamiento inmutable, en la edad pre moderna el derecho no podía justificarse más que como un reflejo. Todo el derecho pre moderno era un derecho jurisprudencial, que se legitimaba directamente sobre la base de sus contenidos.
En el modelo pre moderno entonces lo que mas resalta es su justicia y el iusnaturalismo ya que no podían dejar de ser la filosofía del derecho dominante. Uno de los principios clamado por Hobbes expresa que llegara a realizar con el positivismo jurídico, gracias a la afirmación del monopolio estatal de la producción jurídica. Por otro lado, e principio de legalidad, justamente por su carácter de norma de reconocimiento puramente formal, este identifica que, solo el derecho sobre la base de su forma de producción, no también por sus contenidos, el derecho no incorpora en cuanto tal la verdad o la justicia, el derecho no es solo un productor del poder sino también su única fuente, todo el derecho eh hecho por los hombres y es tal y como los hombres lo piensan, lo proyectan lo producen, lo interpretan y lo aplican, esos principios de justicia que son los derechos fundamentales y la elaboración de las relativas garantías para su efectividad.
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