Elaboración de un modelo de estatuto de una compañía, a elección del estudiante
Enviado por katherineconsuea • 7 de Junio de 2021 • Ensayo • 1.338 Palabras (6 Páginas) • 773 Visitas
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ACTIVIDAD DE TRABAJO AUTÓNOMO
Datos de la actividad
Elaboración de un modelo de estatuto de una compañía, a elección del estudiante.
Para elaborar el proyecto de estatuto debe tener cuenta lo señalado en el Art. 137 de la Ley de Compañías si es Limitada y 150 si es Sociedad Anónima.
Los nombres de las compañías, contenido del estatuto, quedará a criterio del estudiante, asimismo, normas referentes a juntas, administración, derechos y obligaciones de los socios y accionistas, capital, acciones y aportaciones y todo lo señalado en el contenido de los estatutos que señala el Art. 137 y 150 de la Ley de compañías, se encuentran dentro de la ley, por lo que el estudiante deberá tener en cuenta lo que se señala normas referentes a los temas indicados para proceder a la elaboración del modelo de estatuto.
Se acompaña al presente taller un modelo para que proceda a saber cómo iniciar.
No existe un límite de páginas por la extensión del trabajo.
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MINUTA DE CONSTITUCIÓN COMPAÑÍA ANÓNIMA
Playas, 12 de agosto 2020
SEÑOR NOTARIO:
En el protocolo de escrituras públicas a su cargo, sírvase Insertar una de constitución de compañía anónima, al tenor de las cláusulas siguientes:
PRIMERA.- COMPARECIENTES: Concurren al otorgamiento de esta escritura, los señores: CINTHIA CONSUEGRA ANASTACIO, JEFFERSON VILLACENCIO YAGUAL, YULEXY CONSUEGRA ANASTACIO, LUCY CONSUEGRA ANASTACIO: los comparecientes declaran ser ecuatorianos, mayores de edad, solteros y domiciliados en el Cantón Playas.
SEGUNDA.- DECLARACIÓN DE VOLUNTAD: Los comparecientes declaran su voluntad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada., la misma que se regirá por las leyes ecuatorianas; de manera especial por la Ley de Compañías, su Reglamento y estos estatutos.
TERCERA.- ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA
« COMERCIALIZADORA C&J CIA. LTDA. »
CAPITULO PRIMERO
NOMBRE. DOMICILIO. OBJETO SOCIAL Y PLAZO DE DURACIÓN
ARTICULO 1.- NOMBRE.- La compañía llevará el nombre de « COMERCIALIZADORA CJYL CIA. LTDA. »
ARTÍCULO 2.- DOMICILIO.- El domicilio principal de la compañía es en el Cantón Playas y. por resolución de la Junta general de accionistas, podrá establecer sucursales agencias, oficinas representaciones y establecimientos en cualquier lugar del Ecuador, de países extranjeros, conforme a la ley.
ARTÍCULO 3.- OBJETO SOCIAL.- La compañía tiene como objeto social principal:
El objeto de la compañía consiste en la organización de eventos sociales, familiares y corporativos, además del alquiler de recepción y de todo el menaje y montaje necesario para la realización de los mismos, tomando en cuenta que dentro de un plazo se conformará un establecimiento hotelero con todos sus servicios.
En cumplimiento de su objeto, la compañía podrá celebrar todos los actos y contratos permitidos por la Ley.
ARTICULO 4.- DURACIÓN.- El plazo de duración de la compañía es de 5 años, contados desde la fecha de inscripción de esta escritura. La compañía podrá disolverse antes del vencimiento del plazo indicado, o podrá prorrogarlo, sujetándose, en cualquier caso, a las disposiciones legales aplicables.
CAPITULO SEGUNDO
DEL CAPITAL DE AUMENTO Y RESPONSABILIDAD
ARTICULO 5.- DEL CAPITAL.- El capital social es de setecientos mil dólares americanos ($700.000), dividido en cuatro partes equivalentes al 25% de participación de la compañía.
Los Certificados de Aportación serán firmados por el Presidente y el Gerente General de la Compañía.
CAPITULO TERCERO
DEL GOBIERNO Y DE LA ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 6.- NORMA GENERAL.- El gobierno de la compañía corresponde a la junta general de socios, y su administración al gerente y al presidente.
ARTÍCULO 7 CONVOCATORIAS.- La convocatoria a junta general la efectuará el gerente de la compañía, mediante aviso que se publicará en uno de los diarios de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía, con ocho días de anticipación, por lo menos, respecto de aquél en el que se celebre la reunión. En tales ocho días no se contarán el de la convocatoria ni el de la realización de la junta.
ARTÍCULO 8.- QUÓRUM DE INSTALACIÓN.- Salvo que la ley disponga otra cosa, la junta general se instalara, en primera convocatoria, con la concurrencia de más del 50% del capital social. Con igual salvedad, en segunda convocatoria, se instalara con el número de socios presentes, siempre que se cumplan los demás requisitos de la ley. En esta última convocatoria se expresará que la junta se instalará con los socios presentes.
ARTÍCULO 9.- QUÓRUM DE DECISIÓN.- Salvo disposición en contrario de la ley, las decisiones se tomaran con la mayoría del capital social concurrente a la reunión
ARTICULO 10.- FACULTADES DE LA JUNTA.- Corresponde a la junta general el ejercicio de todas las facultades de la ley confiere al órgano de gobierno de la compañía de responsabilidad limitada.
ARTICULO 11.- JUNTA UNIVERSAL.- No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores, la junta se entenderá convocada y quedará válidamente constituida en cualquier tiempo y en cualquier lugar, dentro del territorio nacional, para tratar cualquier asunto siempre que esté presente todo el capital pagado y los asistentes, quienes deberán suscribir el acta bajo sanción de nulidad de las resoluciones, acepten por unanimidad la celebración de la junta.
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