Elección De La Junta De Accion Comunal
Enviado por Faber1974Romero • 19 de Octubre de 2013 • 972 Palabras (4 Páginas) • 644 Visitas
DIGNATARIOS QUE DEBEN ELEGIR LAS JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL:
Información asociada. Los dignatarios a elegir por las Juntas de Acción Comunal son:
PRESIDENTE
VICEPRESIDENTE
TESORERO (Suplente)
SECRETARIO (Suplente)
COORDINADORES DE COMISIÓN DE TRABAJO (salud, educación, vigilancia, etc. de acuerdo al número de ellas existentes o a constituir)
TRES CONCILIADORES
TRES DELEGADOS A LA ASOCIACIÓN COMUNAL
FISCAL (Suplente)
Debe preverse, el caso particular de cada Junta de Acción Comunal, si los estatutos contemplan suplentes u otros cargos, que elija la Asamblea.
¿CÓMO SE HACE LA ELECCIÓN DE DIGNATARIOS(AS)?
De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 743 de 2002, la elección de dignatarios de los organismos de acción comunal será hecha por los órganos de la misma o directamente por los afiliados, según lo determinen los estatutos y conforme al procedimiento que estos establezcan, bien sea por asamblea de los afiliados o de delegados.
En desarrollo de la misma se debe contemplar lo siguiente:
1. Asamblea Preparatoria.
2. Sistema de Postulación.
3. Sistema de Elección
4. Sistema de Asignación de Cargos.
ASAMBLEA PREPARATORIA A LAS ELECCIONES.
“El parágrafo 1 del artículo 31 de la ley 743 de 2002 establece que 15 días antes de la elección de dignatarios, cada organización comunal constituirá un tribunal de garantías , integrado por tres afiliados a la misma, quienes no deben aspirar , ni ser dignatarios”
La Asamblea General Preparatoria a las Elecciones, es la reunión del máximo órgano de la Junta, ya sea de afiliados(as) o de delegados(as) que se efectúa 15 días antes de la elección de dignatarios(as) para determinar los diferentes aspectos de la jornada electoral la cual debe estar precedida de una amplia información sobre los asuntos a tratar tanto a los asociados como a la comunidad en general.
La asamblea debe centrar su atención en el tema de las elecciones, por tanto en la convocatoria debe señalarse la prioridad de la reunión y evitar temas que no sean relacionados con las elecciones. En consecuencia sugerimos el siguiente “orden del día”:
Orden del día
a) Llamado a lista y verificación del quórum
b) Lectura de la Ley 743 de 2002 y el Decreto Reglamentario 2350 de 2003 y artículos de los estatutos, relacionados con elección de dignatarios.
c) Elección del tribunal de garantías. Conformado por tres afiliados(as), quienes no deben ser dignatarios ni deben aspirar a serlo y quienes tiene como fin velar porque antes, durante y después de la elección, las acciones se lleven a cabo en debida forma; es decir bajo los principios de democracia, participación y transparencia.
d) Fechas límite de presentación de planchas o listas y de su modificación.
Contenido de las planchas o listas.
Plazo para su presentación, ante quien y quienes deben presentarlas.
Número de mesas, se sugiere una por 50 afiliados. En cada mesa se tendrá la lista de los nombres de los afiliados que pueden sufragar.
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