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Elementos Del Acto Administrativo


Enviado por   •  15 de Marzo de 2013  •  2.400 Palabras (10 Páginas)  •  935 Visitas

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ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO

Existen varias opiniones de tratadistas los cuales consideran a los elementos que componen al acto administrativo, clasificándolos de diferente manera, así tenemos:

1. Los Esenciales y los Accidentales.

Elementos esenciales o de fondo.- Son aquellos que concurren inevitablemente para que el acto administrativo sea considerado valido y eficaz. Entendiéndose como la competencia, la causa, el objeto, la finalidad y la forma, como elementos esenciales del acto administrativo.

• La Competencia de la autoridad consiste en la idoneidad del órgano administrativo para desenvolverse dentro de la esfera de sus atribuciones, para catalogarse como legitima. Por ejemplo establecemos aspectos de competencia según el organismo que la engendra ( si es el Estado, Provincia o Municipio/ según la jerarquía del órgano ( Gobernador, Jefe Político); según la materia (educación, salud, etc.) y según el territorio (Provincia, Cantón, etc.).

• La Causa es el elemento determinante de los hechos o antecedentes que les sirve de base al acto administrativo en la aplicación del Derecho. Es ilegitimo un acto cuando es dictado por un órgano incompetente.

• El objeto.- Son las peticiones presentadas por el interesado, creando, modificando o extinguiendo situaciones jurídicas. Este objeto debe ser cierto y físico y jurídicamente posible.

• La finalidad.- Es el fin que deviene de las normas especiales que otorgan las facultades respectivas al órgano emisor del acto administrativo sin apartarse de la causa y objeto.

• La Forma.- Es la manifestación del acto administrativo por escrito, con indicación del lugar, fecha en que se dicta y con la firma de la autoridad que lo emite.

Elementos Accidentales.- Son los que concurren a la realización del acto en forma accesoria o facultativa. Ellos son el término, la condición y el modo.

 El Término.- Es el momento en que el acto administrativo debe comenzar a producir o dejar de producir sus efectos características.

 La Condición.- Es el acontecimiento futuro e incierto susceptible de afectar a la perfección o resolución del acto.

 El Modo.- Es la declaración accesoria de la voluntad de la autoridad en virtud de la cual se impone una carga al sujeto favorecido con el acto administrativo.

2. De Fondo y de Forma:

Los elementos que integran el acto administrativo, son de fondo y de forma; dentro de los primeros están: La voluntad, el objeto, el motivo, la oportunidad y el fin; y dentro de los segundos se encuentran: el sujeto y la forma y cuyo detalle es:

Elementos de Fondo

Voluntad.- Es la manifestación expresada normalmente y casi siempre por escrito con el fin de producir el efecto jurídico deseado por el sujeto autoridad pública.

Objeto.- Es la sustancia, el contenido del acto.

Motivo.- Son los factores o elementos que determinan el nacimiento y fundamentación del acto.

Oportunidad.- Existe cuando los medios señalados en el acto administrativo son idóneos para el logro de los fines que busca, o bien es la adecuación entre los medios y el fin del acto administrativo. Si no existe la oportunidad, se corre el riesgo de que el acto administrativo fracase en sus objetivos, bien porque los efectos se tornen inocuos o porque ellos alteren o dañen el fin propuesto.

Fin.- Es la consecuencia deseada por la voluntad del sujeto administrativo.

Elementos de Forma

Sujeto.- Es el ente individual o colectivo que pronunció la declaración de voluntad o el acto administrativo.

Forma.- Es la manera que se utiliza para exteriorizar y dar a conocer el acto; en nuestro medio, la de más generalidad es la escritura, pues por ella se manifiesta con suma claridad el acto administrativo en su conjunto.

De lo dicho, se puede colegir que los antes citados elementos son con sustanciales con el acto mismo, de tal forma que el acto administrativo es irregular cuando no contiene alguno de sus elementos esenciales, y por lo mismo se le considera inexistente.

Por el hecho cierto de que los actos administrativos son ejecutivos y de cumplimiento inmediato, se pueden dar, y de hecho se producen actos viciados pero que si generan efectos, que son aquellos que tienen plena realización a menos que sean eliminados por uno nuevo o por una decisión judicial que les declare nulos.

3. Otro punto de vista considera a los elementos del acto administrativo de manera individual así tenemos :

1. La competencia y distribución

Los caracteres de la competencia administrativa, son los siguientes:

• Requiere de un texto expreso de la ley para que pueda existir.

• El ejercicio de la competencia es obligatorio.

• La competencia administrativa se encuentra fragmentada entre diversos órganos.

• La competencia administrativa no se puede renunciar, ni ser objeto de pactos que comprometan su ejercicio.

• La competencia es constitutiva de órgano que la ejercita y no un derecho del titular del propio órgano.

• Las diferentes funciones administrativas se distinguen por la competencia distribuida en razón a la división del trabajo.

La distribución se realiza desde tres puntos de vista: objetivo (cada órgano tiene encomendado una serie de funciones que desarrollar), funcional (se refiere a la competencia jerárquica), territorial (es un segmento territorial en donde el órgano ejerce sus facultades). Eventualmente puede considerarse la competencia a razón del tiempo, cuando un órgano tiene facultades concedidas en un lapso específico.

2. El sujeto

Es el ente individual o colectivo que pronunció la declaración de voluntad o el acto administrativo.

El sujeto del acto administrativo es el órgano que, en representación del Estado formula la declaración de voluntad: Dicho órgano cuenta con una competencia, la cual constituye el conjunto de facultades del mismo.

La competencia es la cantidad de poder público que tiene el órgano para dictar un acto. No es una cualidad, sino una cantidad; por ello se considera como la medida de poder que pertenece a cada órgano.

Así el órgano únicamente ejerce el poder del Estado que se encuentra en su competencia. Hay, en los actos administrativos, una persona física que formula la declaración de voluntad, persona que se encuentra investida de poderes públicos y, precisamente, por esa característica no expresa su voluntad particular, sino ejercita el poder de su dignidad. De aquí que concluyamos que la competencia corresponde al órgano,

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