Endoso Del Warrant Y Efectos Del Warrant En El Peru
Enviado por Antony32147 • 11 de Junio de 2014 • 1.818 Palabras (8 Páginas) • 1.097 Visitas
compensación, liquidación y transferencia de valores en el mercado local.
El warrant es un título valor emitido por un Almacén General de Depósito, los cuales se encuentran supervisadas por la SBS; la cual ampara las mercaderías y facilita la obtención de los créditos para capital de trabajo a través de su endoso a un banco. Con este sistema virtual los Almacenes Generales de Depósito, desde su propia computadora, expedirán y registrarán la aceptación y endoso del warrant de parte del banco.
El warrant virtual posee una serie de ventajas como: procesos más rápidos, una mayor seguridad (ya que el título no perderá valor al estar registrado en una cuenta de Cavali), reducción de los costos transaccionales, facilidad de poder cambiarlo por un warrant físico, evitar protestos, entre otros.
8.3.1 REQUISITOS PARA SUSCRIBIR UN WARRANT VIRTUAL:
Para el cliente - depositante:
* Suscribir un contrato con El Almacén General de Depósito
* Contratar firmas digitales para sus Apoderados.
* Acordar con sus banqueros el uso de los Warrants Virtuales.
Para el banco- endosatario:
* Tener una cuenta con CAVALI(Caja de valores de Lima).
* Acordar con El Almacén General de Depósito sobre los representantes del Banco en el proceso.
* Procedimiento que se debe seguir para suscribir un Warrant virtual
* Manifestación de voluntad del depositante y expedición del warrant por el Almacén General de Depósito. -Comunicaciones por correo electrónico con firmas digitales.
* El Almacén General de Depósito y el BANCO registran la operación en el sistema CAVALI. Comunicaciones por línea.
* El Almacén General de Depósito confronta y valida la información. Los registros quedan disponibles para consultas.
* El Almacén General de Depósito registra el endoso del warrant en su libro de endosos.
8.3.2 VENTAJAS DE ESTA CLASE DE WARRANT VIRTUAL:
* Agilidad en el proceso: El cliente y el Banco realizarán sus operaciones en menor tiempo, desde la expedición del warrant, el endoso y el registro del endoso, se realizan con la celeridad que se le quiera dar, agilizando de esta manera operaciones en el mercado de capitales.
* Seguridad: El registro en CAVALI evita el extravío del Título y, en todo caso los riesgos derivados de la tenencia física del Título, así como riesgos por falsificación y adulteración de los títulos.
* No interesa donde esté la mercadería, el cliente o Banco: Las ventajas son las mismas, y son indiferentes a la ubicación física del almacén, del cliente o del Banco endosatario del warrant.
* Reducción de costos: Cada una de las etapas del proceso con lleva menores costos para la operación, así, elimina costos de impresión, y custodia.
* Subsiste el sistema de warrant físico: Se puede cambiar de un sistema al otro, dependiendo de la conveniencia de las partes.
8.3.3 CLASES DE PROCESOS DE WARRANT VIRTUAL:
* Retiro de mercaderías.
* Prórroga de Warrants.
* Anexos al Warrant insumo producto.
* Endoso del warrant para embarque.
* Sucesivos endosos del warrant.
9. TIPOS DE PRODUCTO QUE PUEDEN SER OBJETO DE LOS WARRANT:
En el área agrícola:
En el caso de productores con capacidad de acopio y de molinos, se utiliza sobre granos almacenados. En el caso de distribuidores, concesionarios o importadores se pueden utilizar sobre maquinaria agrícola, equipo de riego, otros tipos de máquinas, semillas y agroquímicos.
En el área productiva:
En productos como los lácteos, jugos y concentrados de fruta, vinos, azúcar, lana, harina de pescado, etc.
En otras áreas:
También se utilizan en automotores, computación, electrodomésticos, textiles, maquinarias, papel, telefonía, materias primas, etc.
10. EMISION Y CONTENIDO DEL WARRANT:
El artículo 224 de la Ley de Títulos Valores N° 27287 establece cuáles son
las empresas a emitir warrants así como establece sus requisitos para su
emisión.
"Artículo 224. - Empresas autorizadas a emitir y contenido
224.1 Las sociedades anónimas constituidas como almacén general de depósito, están facultadas a emitir el Certificado de Depósito y el Warrant a la orden del depositante contra el recibo de mercaderías y productos en depósito, expresando en uno y otro documento:
11. ENDOSO DEL WARRANT Y SUS EFECTOS:
El warrant es emitido por el almacén general de depósito a solicitud del depositante, expresando información idéntica al certificado de depósito. Asimismo, constituye el instrumento que servirá de garantía para que una entidad financiera o cualquier inversionista otorgue financiamiento al depositante o a un tercero endosatario titular del warrant.
El artículo 231 de la Ley de Títulos Valores establece la forma de transmisión y los efectos de la misma.
a) Para el acreedor representa una renuncia a la acción personal para el cobro del saldo insoluto, para que se constituya la prenda sobre la mercadería depositada. En el caso del warrant. Procede el endoso con la cláusula "sin responsabilidad" mediante la cual se libera al deudor de responder por el saldo insoluto de la acreencia. Donde se libera al primer endosante de responder por el saldo insoluto de la deuda. Siendo el warrant un título de crédito. Después de verificado el remate.
b) No podrá realizarse en blanco y deberá necesariamente registrarse tanto ante el almacén como en el correspondiente certificado de depósito. Surge los efectos de la cesión de derechos sin
...