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Ensayo decreto 302 del 25 de febrero de 2015


Enviado por   •  18 de Octubre de 2015  •  Ensayo  •  689 Palabras (3 Páginas)  •  1.399 Visitas

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ENSAYO DECRETO 302 DEL 25 DE FEBRERO 2015

En Colombia se va a empezar a implementar unas normas internacionales de auditoria, estas normas van ayudar a que esta profesión sea más integra, ya que estas normas son un control de calidad y brindara seguridad a todos los clientes o empresas que solicitud  de este servicio.

En el transcurso de los años ha habido pocas modificaciones sobre las leyes  de auditoria y revisoría fiscal,  pero con el Decreto 302 de febrero de 2015  habrá un cambio y enfoque algo diferente.

En la actualidad hay artículos y leyes que indican cómo realizar dicha labor  de forma técnica, pero este decreto trata de que no solo se centren en los números de los estados financieros, sino en la explicación de dichos valores.

Ahora en adelante Colombia y los profesionales de  Contaduría pública, podrán contar con un cuerpo exigente y normativo para realizar y emitir informes de auditoría de una forma precisa e integra; nuestro país necesitaba una norma o un decreto que cambiara nuestro pensamiento, en forma analítica, para no ser solo auditores o revisores fiscales de números

Según  la ley 1314 “… toda normatividad que se expida en el país en asunto contable o en asunto de aseguramiento de la información, tiene que ponerse en vigencia dos años después de la fecha de expedición”

Por ello a todos los profesionales de auditoria y revisoría fiscal tendrán tiempo para educarse e informarse sobre dicho decreto o normas internacionales de auditoria, porque este decreto tendrá vigencia apartir del año 2016.

En sí, este decreto fue enfocado a todos lso profesionales,  revisores fiscales que presten servicios en las entidades que pertenezcan al grupo 1, y estas son aquellas que emitan acciones, coticen en bolsa de valores, o entidades que su propósito sea de interés público, y otros requisitos.

Tambien van dirigidas a los revisores fiscales de empresas del grupo 2, las cuales son las empresas que no cotizcen en bolsa, ser surbordinada o sucursal de una compañía nacional que tengan mas de 30.000 smmlv a y mas de 200 trabajadores

Igualmente se dirige a  los  Revisores fiscales que dictaminen estados financieros consolidados de las entidades del grupo 1 gru po 2 y entidades no pertenecientes al grupo 1 y que voluntariamente se acogieron a emplear el marco técnico normativo de dicho grupo.

Es decir este decreto no solo se dirige a grandes compañías, sino a todo profesional que preste sus servicios como auditor o revisor fisca, sin importar el grupo que está perteneciendo  la empresa.

Además este decreto no cambia las responsabilidades  ni las funciones precisas que tiene los revisores fiscales en Colombia, como indica el artículo cuarto del decreto 302 que dice “el revisor fiscal aplicara las NIA, anexas a este derecho en cumplimiento de las responsabilidades contenidas en los artículos 207, numeral 7 del código de comercio”

Este decreto  no  afecta demasiado  a los auditores de firmas grades, porque estas ya han establecido y utilizado algunas normas técnicas para realizar su función, porque generalmente este enfoca a que cambie el pensamiento mecánico, y renazca lo analítico. Que necesariamente en lo que quiere inculcar este decreto.

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