Ensayo sobre la Demanda contra infraccion
Enviado por ram5991 • 22 de Octubre de 2017 • Práctica o problema • 2.589 Palabras (11 Páginas) • 206 Visitas
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL
ESTADO DE JALISCO.
P R E S E N T E.
FERNANDO AUGUSTO ESPINOSA FLORES, Mexicano, Mayor de Edad, Soltero, Estudiante, con domicilio en la Avenida Normalistas, Manzana L, Edificio 50-A Departamento 10, en la Colonia Villas de San Juan de la Ciudad de Guadalajara Jalisco señalando como domicilio para recibir notificaciones la finca marcada con el numero 1650 de la calle División del Norte, en el Fraccionamiento Bosque Escondido de la Ciudad de Zapopan, Jalisco, y autorizando para que en mi nombre las reciban a los C.C. Licenciado Hugo Rodríguez Corona y/o Luis Ramiro Fernández Alfaro y/o María Victoria Sotelo Mejía; ante Usted con el debido respeto comparezco a :
E X P O N E R
Que por mi propio derecho y encontrándome dentro del término legal, vengo a PROMOVER JUICIO DE NULIDAD, en contra de la Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado de Jalisco, y en contra del C. Jorge Humberto Ruelas García, Agente numero 3261, Servidor Público de la Dependencia primeramente demandada, con motivo de la Cedula de Notificación No. 12483984-2 que fue elaborada el día 22 de Octubre del 2009, por el Agente Vial demandado, por una supuesta infracción que dice cometí, misma que no reconozco y que no se encuentra regulada y sancionada por ningún artículo de la Ley de los Servicios de Vialidad Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco, así como por todas la irregularidades que presenta la Cedula de Notificación (infracción folio numero12483984-2), irregularidades que anulan de pleno derecho dicha notificación.
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Al efecto y para mayor claridad y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 35, 36 y demás relativos de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco, paso a hacer de su conocimiento bajo protesta de decir verdad los siguientes.
H E C H O S :
1.- El nombre y domicilio del demandante, así como el domicilio para recibir notificaciones, ya se encuentra especificado al inicio de esta demanda.
2.- El acto administrativo que se impugna, es la Cedula de Notificación o Infracción a que me refiero en el preámbulo de esta demanda,
3.- Autoridad demandada.- Tiene este carácter la H. Secretaría de Vialidad y Transporte del Estado de Jalisco, con domicilio ampliamente conocido por el dominio público y particularmente ubicada en Av. Circunvalación y Prolongación Alcalde de esta Ciudad de Guadalajara, Jalisco y el C. Jorge Humberto Ruelas García, perteneciente a la Dependencia inicialmente demandada.
4.- Los hechos que estoy impugnando son los siguientes:
A).- En el Municipio de Zapopan, Jalisco con fecha 22 de Octubre del 2009, el suscrito circulaba por Manuel Gómez Morín (Periférico) en su cruce con la avenida Tuzania, a bordo del vehículo marca Chevrolet, tipo Chevy, modelo 1999, con placas de circulación JEV-3416 del Estado de Jalisco, siendo aproximadamente las 18:00 horas, cuando personal Operativo de la Secretaría de Vialidad y Transporte me indico me detuviera, al atender la indicación se me acerco un agente, manifestándome que había excedido el límite de velocidad, indicándome además, que era un operativo de Radar y que el mismo se encontraba atrás, requiriéndome licencia de conducir y tarjeta de circulación para elaborarme una infracción acto seguido me entrega la cedula de notificación con numero de folio 12483984-2, hasta ese momento me di cuenta del nombre del oficial ya que se encontraba estampado en la misma cedula siendo el C. Jorge Humberto Ruelas García, la cual acompaño como documento fundatorio de mi acción, la que se aprecia con diferentes irregularidades las cuales a continuación describo:
PRIMERA. En cuanto a lo actuado en la cedula de notificación que como documentos fundatorio de mi acción acompaño a esta demanda en original, se les aprecian las abreviaturas S/D, I.J.A.S. y No., por lo que no se cumplimenta lo dispuesto por el Articulo 40 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Jalisco y sus Municipios, que a la letra dice: “Artículo 40. En las actuaciones se deben escribir con número y letra las fechas y cantidades. No deben emplearse abreviaturas ni enmendar las frases equivocadas, los errores deben salvarse con toda precisión sobreponiendo una línea delgada de forma tal que permita la lectura”. Y en el presente caso dicha cedula de notificación adolece de los requisitos que prevé el artículo en comento y al no cumplimentarse lo ordenado por el numeral citado, la parte demandada viola en mi perjuicio las garantías individuales consagradas en los Articulo 14 y 16 de nuestra Carta Magna, causándome molestias, violando mis Garantías Individuales, al no cumplir con las formalidades esenciales para proceder legalmente; ya que ignoro a que se refieran las abreviaturas impresas en las cedulas de notificación o folios, lo cual me causa agravio de difícil reparación de quedar firme dicha cedula, misma que tengo que liquidar, pago que va en detrimento de la economía del suscrito y mi familia.
SEGUNDA. La descripción de la cedula de notificación, carece de cualquier fundamentación y motivación legal, ya que no está sustentado el dicho del agente vial en ningún cuerpo de leyes y desconozco a que ley o a que se refiere con las letras puestas como Regl. Como lo plasma expresamente, en la multicitada cedula de notificación, lo cual contraviene el Articulo 16 en su primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice : “Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento.” Y Articulo 13 fracción III de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Jalisco y sus Municipios, que a la letra dice: “Artículo 13. Son requisitos de validez del acto administrativo: III. Estar debidamente fundado y motivado;” elementos o requisitos de los cuales carece dicha cedula, repito ya que únicamente utiliza abreviaturas que se desconocen a lo que se refieren, así como tampoco establecen las circunstancias, causas, motivos o razonamientos lógico jurídicos que motivaron el acto que se combate por este medio, sin estar claros los preceptos legales en que apoyan sus razones, en consecuencia no se cumple con la debida fundamentación y motivación, ya que de quedar firme la cedula de notificación que combato por este medio, es decir que no se declaren nula la misma, me dejarían en un estado de indefensión y en consecuencia tendría que pagar indebidamente la multa que se fijan para el caso que nos ocupa.
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