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Ensayos en el artículo 123


Enviado por   •  20 de Octubre de 2011  •  Documentos de Investigación  •  444 Palabras (2 Páginas)  •  998 Visitas

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en el artículo 123 menciona además de los derechos de cada trabajador, ya sea tanto de la iniciativa privada como trabajadores al servicio del Estado, cuestiones relacionadas a:

XIV. Accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, porque en caso de fallecimiento el patrón por medio del seguro social tiene la obligación de indemnizar a la viuda, descendientes y ascendentes según sea el caso.

La siguiente fracción de igual manera es un extracto de la misma Constitución, involucrando a otra de las leyes que se abordarán más adelante.

XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

En base a la Ley Federal de Trabajo, el artículo 500 de la misma señala a la letra que cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte del trabajador, la indemnización comprenderá:

I. Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios; y

II. El pago de la cantidad que fija el artículo 502.

De igual manera el artículo 501, menciona que tendrán derecho a recibir indemnización en los casos de muerte:

I. La viuda, o el viudo que hubiese dependido económicamente de la trabajadora y que tenga una incapacidad de cincuenta por ciento o mas, y los hijos menores de dieciséis años y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de cincuenta por ciento o mas;

II. Los ascendientes concurrirán con las personas mencionadas en la fracción anterior, a menos que se pruebe que no dependían económicamente del trabajador;

III. A falta de cónyuge supérstite, concurrirá con las personas señaladas en las dos fracciones anteriores, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muer

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te, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

IV. A falta de cónyuge supérstite, hijos y ascendientes, las personas que dependían económicamente del trabajador concurrirán con la persona que reúna los requisitos señalados en la fracción anterior, en la proporción en que cada una dependía de el; y

V. A falta de las personas mencionadas en las fracciones anteriores, el instituto mexicano del seguro social.

La misma ley puntualiza que en caso de muerte del trabajador, la indemnización que corresponda a las personas a que se refiere el artículo 501, será la cantidad equivalente al importe de 730

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