Escuela de Derecho “La Ética del abogado”.
Enviado por jazcoronado • 14 de Marzo de 2017 • Ensayo • 3.379 Palabras (14 Páginas) • 194 Visitas
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Universidad Iberoamericana
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
“La Ética del abogado”.
Claudia Ortiz 16-0144
Maria Jose Sucart 15-0438
Stephanie Ravelo 15-0524
Jazmín Coronado 15-0717.
Ética Profesional.
Sección 02.
Prof. Ángela Quezada.
10 de Marzo del año 2017.
Santo Domingo, D. N.
Introducción.
La abogacía es una actividad y un grupo social al que pertenecen únicamente los profesionistas del Derecho que se dedican habitualmente a brindar asesoramiento jurídico y postular justicia ante los tribunales, pero en un sentido amplio consagrado por el uso la abogacía comprende a todos los individuos graduados en Derecho que se dedican a cualquiera de las múltiples actividades directamente relacionadas con el vastísimo campo de acción a que dan lugar la creación, interpretación y aplicación del orden jurídico, es en este último sentido que hablaremos de la abogacía.
Las reglas éticas persiguen garantizar la buena ejecución, por parte del abogado, de su misión profesional en la sociedad. La inobservancia de estas normas conlleva a una sanción disciplinaria. Las normas deontológicas son aplicadas para ejercer el control disciplinario de la profesión de la abogacía. Entre los principios y deberes éticos que establecen estas normas, figuran: independencia, confianza, integridad moral, secreto profesional, confraternidad, respecto, dignidad, inmunidad, moderación, honor, delicadeza, buena fe, decoro, cortesía, respeto al orden legal, justicia, equidad, lealtad, vocación de servicio, disciplina, honradez, discreción, carácter, transparencia y pulcritud.
Nos guste o no nos guste, es cierto que durante siglos una literatura mediocre y también una literatura de más alto nivel han formado del abogado una imagen pública como la de un ser codicioso vendedor de palabras o descarado prestidigitador de la verdad y de la justicia.
- LA ETICA PARA LOS ABOGADOS
Como bien lo expresa el profesor Ignacio Burgoa Orihuela, es importante que los futuros profesionistas del Derecho, retomen la trascendencia de la ciencia y arte jurídicos, haciendo énfasis en los valores morales de la noble función social que les corresponderá ejercer.[1]
Cabe preguntarnos ¿de qué manera contribuye la ética al logro de estos objetivos? La respuesta a este cuestionamiento lo podemos encontrar ahondando en la Filosofía[2], que nos muestra una comprensión íntegra de las cosas, una explicación metateórica de la existencia por sus causas y orígenes.
En la Filosofía se trata de lograr una comprensión íntegra de la existencia. Un carácter esencial del saber filosófico, en su totalidad y globalidad. Para lograr esta finalidad, la Filosofía se apoya de la Gnoseología o teoría del conocimiento, la Metafísica que estudia el problema del ser, la Lógica o forma del pensamiento, la Ética y los valores a través de la axiología.[3]
Pues bien, es innegable que la Ética como parte de la Filosofía desempeña un papel muy importante, toda vez que su objeto de estudio lo constituye la moral, los actos buenos y justos realizados de manera voluntaria y libre por el ser humano. Actuar que desde luego debe ir acompañado de ciertos valores que sólo pueden ser objeto de estudio de la Axiología, otra de las ramas de la Filosofía, y qué decir de la Deontología, que nos marca la pauta de lo que debe ser.
Si la Ética busca que los actos del ser humano sean justos y correctos, se haya íntimamente relacionada con el Derecho, el cual en su esencia nos marca el deber ser, establece las normas que deben prevalecer por encima de cualquier pasión del ser humano. La Ética en un plano teórico nos da la pauta para discernir sobre ciertas conductas, las cuales encaminaremos de manera libre y racional a la realización de objetivos específicos. Hoy en día, el ejercicio descuidado, deshonesto, interesado y ambicioso de varios profesionistas, sólo puede ser reflejo de la carencia de una educación específica en la formación de los jóvenes.
La ética jurídica, es parte de la ética profesional. La ética se funda en la moralidad, que es la regulación de actos humanos libres según criterios, normal o leyes.
El profesional del derecho es aquel que por su vocación y llamado debe estar caracterizado por ser un ente ético, pues es el que defiende los intereses de las personas que se les han violentando sus derechos.
El principio fundamental en la ética del abogado es obrar con moralidad y rectitud de conciencia. La honradez, la bondad, la firmeza, la prudencia, la ilustración y pericia, son consecuencias de la moralidad. La abogacía tiene como función social la de colaborar con las autoridades en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico del país y en la realización de una recta y cumplida administración de justicia.
Cuando se dice que el abogado debe de actuar con moralidad estamos expresando que debe tener rectitud de conciencia. El ideal moral que tiene que tener el abogado es actuar en conciencia y a conciencia, pues según (Gómez 1982) “ La conciencia juzga según criterios anteriores a ella y que ella no crea, sino descubre: la ley moral, la ley humana y la ley divino positiva. El abogado debe juzgar siempre en conciencia cierta y verdadera, ha de seguirse la conciencia invenciblemente errónea y no es licito actuar con conciencia prácticamente dudosa.
El abogado tiene responsabilidad moral y por tanto debe actuar según su recta conciencia y los dictados de la ley moral.
Dice Ángel Ossorio, que en la abogacía actúa el alma sola, porque cuando se hace es obra de la conciencia y nada más que de ella. [4], esto refriéndose a la rectitud de la conciencia, a la que conocemos y nos conoce. Aquella cuya voz no siempre se sigue. El dilema ante la opción o la opción por no tener dilema. Pero, por sobre todo ello, la ética, como ciencia del bien y del mal, o de los actos humanos o de la filosofía moral.
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