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Enviado por luzIMonsalve • 23 de Enero de 2014 • 4.063 Palabras (17 Páginas) • 286 Visitas
LA NACIONALIDAD SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 32 Son venezolanos y venezolanas por nacimiento:
1. Toda persona nacida en el territorio de la República.
2. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento y madre venezolana por nacimiento.
3. Toda persona nacida en territorio extranjero, hijo o hija de padre venezolano por nacimiento o madre venezolana por nacimiento, siempre que establezca su residencia en el territorio de la República o declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
4. Toda persona nacida en territorio extranjero, de padre venezolano por naturalización o madre venezolana por naturalización, siempre que antes de cumplir dieciocho años de edad establezca su residencia en el territorio de la República y antes de cumplir veinticinco años de edad declare su voluntad de acogerse a la nacionalidad venezolana.
CONCEPTO DE CIUDADANÍA
En el diccionario de la Real academia de la Lengua Española encontramos la siguiente definición:
Ciudadanía. f. Cualidad y derecho de ciudadano. || 2. Conjunto de los ciudadanos de un pueblo o nación. || 3. Comportamiento propio de un buen ciudadano.
En el artículo 39 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela se refiere de la siguiente manera:
De la Ciudadanía Artículo 39. Los venezolanos y venezolanas que no estén sujetos o sujetas a inhabilitación política ni a interdicción civil, y en las condiciones de edad previstas en esta Constitución, ejercen la ciudadanía; en consecuencia, son titulares de derechos y deberes políticos de acuerdo con esta Constitución.
Y en el artículo 42 también encontramos una referencia expresa y directa al término, el cual transcribimos a continuación:
Artículo 42. Quien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadanía. El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley.
Al estudiar y analizar detenidamente estos conceptos podemos manifestar que tenemos una idea clara de lo que significa cada uno de ellos, ya que muchos autores y estudiosos de la materia algunas veces confunden estos términos u otras veces los colocan como sinónimo el uno del otro, cosa que es totalmente herrada como nos podemos dar cuenta al analizar cada uno de forma objetiva.
Y para que quede aun mas claro lo que acabamos de exponer, transcribimos a continuación una diferencia entre nacionalidad y Ciudadanía: No se puede tener y gozar de ciudadanía sin tener una nacionalidad, y se pude perder la ciudadanía y conservar la nacionalidad.
Otra de las vías para definir ciudadanía podría ser como un status jurídico y político mediante el cual el ciudadano adquiere unos derechos como individuo (civiles, políticos, sociales) y unos deberes (impuestos, servicio militar, fidelidad...) respecto a una colectividad política, además de la facultad de actuar en la vida colectiva de un Estado. Esta facultad surge del principio democrático de soberanía popular.
RESEÑA HISTÓRICA DE CIUDADANÍA
Las distintas concepciones sobre "ciudadanía", señaladas, tienen una clara explicación histórica. Es necesario, por tanto, mencionar los hitos de su proceso de evolución.
GRECIA CLÁSICA.
La ciudadanía tiene dos características fundamentales: pertenece sólo a una élite y representa un vínculo de carácter religioso. El primero de dichos requisitos se evidencia en la Constitución de Atenas. Nos dice Aristóteles en la obra: "Dragón dispuso sus leyes, y esta organización fue del siguiente modo:
La plena ciudadanía se le daba a los que tenían su armamento de hoplitas...El Consejo lo forman cuatrocientos uno de los ciudadanos del pleno derecho a quienes toca en suerte..."
La relación entre el ciudadano y la polis ha sido descrita por Werner Jaeger así: "La polis representa un nuevo principio, una forma más firme y más completa de vida social... con la polis surgió, por primera vez, lo que nosotros denominamos estado, aun cuando la palabra griega puede traducirse lo mismo por estado que por ciudad... La polis es el centro dominante, a partir del cual se organiza históricamente el período más importante de la evolución griega... la pertenencia a una ciudad tenía para los griegos un valor ideal, análogo al sentimiento nacional para los modernos... La polis como suma de la comunidad ciudadana da mucho. Lo realmente nuevo y lo que en definitiva trajo consigo la progresiva y general urbanización del hombre fue la exigencia de que todos los individuos participaran activamente en el estado y en la vida pública, y adquirieran conciencia de sus deberes ciudadanos completamente distintos de los relativos a la esfera de su profesión privada... El ideal del ciudadano como tal, fue el que Félix enseñó a Aquiles: ser apto para pronunciar bellas palabras y realizar acciones... Cuando apareció el nuevo estado jurídico, la virtud de los ciudadanos consistió en la libre sumisión de todos, sin distinción de rango ni de nacimiento, a la nueva autoridad de la ley"
ROMA
A diferencia de Grecia, la ciudadanía en Roma no constituía una comunidad cerrada sino que se convirtió en un fenómeno universal, dado que en el año 212, Caracalla la otorgó a todos los hombres libres del Imperio. Claude Nicolet calcula que recibieron ese beneficio un total de seis millones de personas, lo que constituía entre una quinta o una décima parte de la población del Imperio. Dicho autor nos describe los atributos de la ciudadanía, diciendo que era una garantía cívica y jurídica". En la República incluía un derecho de participación en la vida política, pudiendo participar en las deliberaciones y en las elecciones de Magistrados. En el Imperio, al ser sustituidos los Cónsules por los Emperadores, desapareció esa participación política y se mantuvieron sólo las garantías.
El ejemplo de los privilegios del ciudadano romano en la época del Imperio lo tenemos, en una forma vívida, en los Hechos de los Apóstoles, al narrar la prisión de San Pablo después de su confrontación con los judíos de Jerusalén: "Ordenó el tribuno que le metiesen en la fortaleza y que, azotándole, le atormentasen, para descubrir por qué causa gritaban tanto en contra de él. Ya que lo hubiesen atado con las correas, dijo Pablo al centurión que estaba presente: ¿Os es lícito a vosotros, azotar a un ciudadano romano y eso sin formarle causa? El centurión, oído esto, fue al tribuno y le dijo: Mira lo que haces; pues este hombre es ciudadano
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