Estado Sociedad Y Empresa
Enviado por • 28 de Junio de 2015 • 1.274 Palabras (6 Páginas) • 138 Visitas
TAREA VIRTUAL 1
Alumno: Roberto Alexander, Chilcho Echeverria.
a) ¿Qué es la Constitución?, ¿Cuál es su importancia dentro de una sociedad
democrática? ¿Qué mecanismos de control regula la Constitución de 1993?
Mencionar y explicar cada uno de ellos y poner un ejemplo en cada caso.
La Constitución es un documento solemne, que contiene un conjunto de normas
jurídicas que sólo pueden ser modificadas mediante la observancia de prescripciones
especiales, cuyo objeto es dificultar la modificación de tales normas. La Constitución en
sentido formal es el documento legal supremo; hay una distinción entre las leyes
ordinarias y las leyes constitucionales, es decir, existen normas para su creación y
modificación mediante un procedimiento especial según define el artículo 206 de nuestra
carta magna.
La constitución como norma suprema de un Estado de derecho soberano es importante
porque es quien fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado
(poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con los ciudadanos, determinando así
las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales
poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y
libertades.
Nuestra constitución cuenta con un sistema de control mixto, los cuales, los explicaré a
continuación.
Control concentrado.- Se refiere a entregar a una entidad específica, en este caso al
"Tribunal Constitucional", dicha institución es autónoma e independiente constituida por
siete miembros (Magistrados), elegidos por el congreso de la república que ejercerán
su cargo por un periodo de cinco años, y tiene la facultad de revisar la constitucionalidad
de las leyes.
El Tribunal no actúa de oficio a manera de vigilante de la constitucionalidad, sólo actúa
cuando los órganos y sujetos expresamente indicados en el artículo 203 de nuestra
constitución lo solicitan. El proceso de inconstitucionalidad está definido en la Ley 28237
o Código Procesal Constitucional del artículo 98 al artículo 108; El tribunal constitucional
es el máximo intérprete de la constitución política del Perú según el artículo 201 de
nuestra carta magna.
Ejemplo.- Entra en vigencia una ley que menciona que ahora se condenara a los
acusados incluso en su ausencia. El 25% de los congresistas actúa y solicita al TC para
que derogue esta ley por tratarse de una ley inconstitucional ya que esta yendo contra
el principio nº 12 de la administración de justicia descrita en el artículo 139 de nuestra
carta magna. El TC tomará las medidas pertinentes y emitirá una resolución que será
publicada en el diario oficial.
Control difuso.- Consiste en la revisión por parte de los jueces ordinarios bajo el control
último del tribunal supremo de la constitucionalidad de las leyes a efectos de su
aplicación en casos específicos. La constitución del Perú reconoce en su artículo 138 la
segunda forma de control constitucional, este tipo de control también esta refrendado
en el artículo 14 de la ley orgánica del poder judicial. A diferencia del anterior sistema,
este nos ofrece más acceso a la justicia constitucional debido a que un ciudadano no
estaría limitado por el artículo 203 de la Constitución, en este sentido, si una persona
inicia un proceso judicial y considera que una norma es inconstitucional podrá solicitar
que se inaplique la norma, lo cual, quiere decir que el control difuso en sede judicial es
a pedido de parte o de oficio. El control difuso en el Perú, al igual que el control
concentrado, está reconocido en el artículo 18 de la Constitución Política.
Jurisprudencia.-
El juzgado de castilla de la corte superior de Piura declara inaplicable el segundo párrafo
del artículo 34 del texto único ordenado del decreto legislativo Nº 728 aprobado por
decreto supremo Nº 003-97-TR, resolución emitida en el presente proceso de amparo
interpuesto por don Manuel Enrique Seminario Celi contra el Agro Banco. La acción de
amparo fue interpuesta por el señor Manuel contra Agro Banco a fin de que disponga
su reincorporación a su puesto de trabajo al haber incurrido en despido incausado.
Normas legales sustentación del caso.- El trabajo es un deber y un derecho (Artículo
22° de la constitución), protección contra el despido arbitrario (Artículo 27° de la
constitución). El segundo párrafo del artículo 34 (texto único ordenado del decreto
legislativo Nº 728), en resumen la única solución ante un despido arbitrario seria la
indemnización, olvidándose
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