Etica Y Legislacion De Los Medios, Moral Y Sancion
Enviado por Arantxa10 • 28 de Enero de 2013 • 873 Palabras (4 Páginas) • 729 Visitas
ETICA Y LEGISLACION DE LOS MEDIOS
UNIDAD I
• NORMA:
Es toda aquella ley o regla que se establece para ser cumplida por un sujeto especifico en un lugar determinado.
1) NORMA JURIDICA:
Es una regla impuesta al comportamiento humano dictada por autoridades competentes al caso y que el incumplimiento conlleva una sanción.
Existen una serie de características que hacen diferentes a las normas jurídicas de cualquier otro tipo de normas. Tomando como punto de referencia las normas morales, son las siguientes:
1. HETERONOMA: Significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que esta, además, es impuesta en contra de su voluntad; esta característica se opone a la autonomía que significa que la norma es creada de acuerdo a la propia conciencia de la persona, es auto legislación (darse sus propias leyes).
2. BILATERALIDAD: Consiste en que la norma jurídica al mismo tiempo que impone deberes, también concede derechos a uno o varios sujetos. Según León Petrazizky, las normas jurídicas son imperativo-atributivas, siendo esta, otra manera de designar el carácter bilateral del derecho, pues lo imperativo significa el ordenamiento jurídico que impone obligaciones y lo atributivo que establece derechos y obligaciones. Esta característica se opone a la unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento.
3. EXTERIORIDAD: La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle la intención o convicción del sujeto obligado; se opone a la Interioridad en la cual el cumplimiento del deber no se realiza solo de acuerdo con la norma, sino conforme a los principios y convicciones del obligado.
4. COERCIBILIDAD: Esta característica consiste en que el Estado tiene la posibilidad de aplicar por medio de la fuerza pública una sanción si la persona se niega a acatarla; a esta se le opone la Incoercibilidad que consiste en que la norma se ha de cumplir de manera espontánea, no puede obligarse a las personas a que la cumplan por medio de la fuerza judicial. La sanción es un daño o mal que sobreviene por el incumplimiento de una norma y desde ese punto de vista todas las normas tienen sanción, sin embargo, solo las jurídicas cuentan con coercibilidad.
5. GENERALIDAD: Decir que la norma jurídica es general significa expresar que la conducta que ella ordena se impone a un número indeterminado de personas, es decir, que cuando dicta un comportamiento lo hace de manera abstracta.
2) NORMA MORAL:
Esta norma rige la conducta del individuo para consigo mismo y para la sociedad, la violación de estas normas trae como consecuencia el remordimiento o el rechazo de la sociedad, o ambas sanciones.
1. AUTONOMÍA: Existe autonomía en aquello que se gobierna por sí mismo.
2. INTERIORIDAD:
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