Evidencia de aprendizaje. Introducción al derecho
Enviado por Ymir Vlzqz • 9 de Octubre de 2020 • Documentos de Investigación • 1.369 Palabras (6 Páginas) • 174 Visitas
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Universidad Abierta y a Distancia de Mexico
evidencia de aprendizaje
edith melbi velazquez orea
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Introducción al derecho | mayo 2019
INTRODUCCION
El acto jurídico ha sido definido, por el Art. 140 del Código Civil, como la manifestación de voluntad destinada a crear, modificar, regular o extinguir relaciones jurídicas y requiere, para su validez, de agente capaz, objeto física y jurídicamente posible, fin lícito y la observancia de la forma pre escrito bajo sanción de nulidad.
Se infiere que sus requisitos de validez no solo por estar referidos en el Artículo 140 son el manifiesto de voluntad, la capacidad, el objeto, la finalidad y la forma.
Como sujeto de derecho, las normas jurídicas se han constituido en el contexto de regular la vida del hombre desde que este ha vivido en sociedad, pues esta regulación se trata de la protección jurídica, tales como, en las actividades personales, empresariales y sociales de los individuos, pues como bien sabemos, el hombre obtiene sus derechos.
Desde que es concebido pero no nacido, esto se le otorga como periodo de incapacidad jurídica, pero no es hasta cuando el individuo obtiene la mayoría de edad para tener obligaciones y deberes, así los hombres.
Es un ser con derechos y deberes por el cual deriva su dimensión jurídica. Por lo anterior, las normas que rigen nuestro actuar en la vida propia y en la sociedad pertenecen al sistema jurídico, es decir, estas normas es el conjunto ordenado de reglas o principios relacionadas entre sí, de las cuales se obtiene normas positivas y objetivas, por lo tanto, el orden jurídico se constituye por el ordenamiento del superior al intimidar al inferior para que ejecute la comisión de las normas constitutivas del derecho positivo.
EL ACTO JURIDICO.
Los actos jurídicos pueden dividirse en ilícitos cuando están sancionados, o lícitos, que a su vez se dividen en actos de derecho, cuyos efectos están determinados por la ley y negocios jurídicos, cuyos efectos se establecen por la voluntad de las partes del negocio jurídico
- Derecho administrativo.
- Derecho civil.
- Derecho comercial.
- Derecho constitucional.
- Derecho penal.
- Otros.
Es decir el acto jurídico es, pues el acto que aporta una modificación a la ordenación jurídica. Las principales categorías de actos jurídicos son las siguientes:
Actos subjetivos y actos objetivos:
Se diferencian por el alcance individual de los primeros (que pueden ser actos unilaterales o convencionales) y por el alcance más amplio de los segundos, estas dos clases de actos dan nacimiento respectivamente a situaciones jurídicas subjetivas y objetivas.
Actos colectivos:
Se caracterizan por una pluralidad de declaraciones de voluntades pero puede ser también de derecho privado.
Actos convencionales:
Se caracterizan por un cursi e voluntades (con interdependencia de los actos colectivos) que determina todos los elementos y los efectos del acto salvo elementos complementarios eventualmente previstos e impuestos por el derecho. El contrato es el ejemplo por excelencia de una convención. Acto- condición y Acto-regla.
EL HECHO JURIDICO
En el sentido general , es el acontecimiento, suceso o hecho natural al que el ordenamiento es significativo legal, otorga una determinada trascendencia jurídica, si en la producción de tal hecho ha intervenido la voluntad del nombre , estaremos ante un hecho voluntario que , si es valorado por el derecho como generados de consecuencias jurídicas de la misma voluntad humana, las consecuencias jurídicas del mismo están previstas con independencia de dicha intervención , seguiremos estando ante un hecho jurídico la diferencia del acto jurídico es la unidad mínima del actuar humano que tiene relevancia jurídica; o. si se prefiere es el área más reducida de la geografía del derecho respecto a los actos humanos , cuando una serie de actos jurídicos están coordinados entre sí para producir efectos en el futuro y la voluntad humana si para producir efectos en el futuro y la voluntad humana puede configurar , en cierta medida , dichos efectos, se dice que se trata de un negocio jurídico.
¿En qué acto o actos jurídicos está de por medio la solemnidad y que instancias celebran este acto o actos?
El código civil es su normativa hace mención sobre la clasificación de los actos jurídicos reales, solemnes y consensuales, y es la doctrina que precisa esta misma clasificación.
- La postura en contra alude que deberían clasificarse.
- En solemnes y no solemnes de una su clasificación de ellos los reales y consecuenciales, postura que pierde la fuerza ya que es el código civil quien predomina en su clasificación.
REALES
Se relaciona con la entrega o y la tradición de la cosa la entrega consiste en traspaso material de la cosa de una persona a otra, en camino, la tradición es el traspaso material de la cosa con el ánimo de trasferir el dominio, por eso la tradición es un modo de adquirir el dominio
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