ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Evolución Legislativa Del Sistema Bancario Peruano


Enviado por   •  20 de Febrero de 2012  •  7.701 Palabras (31 Páginas)  •  934 Visitas

Página 1 de 31

Evolución legislativa del Sistema bancario peruano

Herrera Cevallos, Liz Lisahz2@hotmail.com

1. Introducción

2. Evolución legislativa del Sistema Bancario peruano

3. Intento de estatización de la Banca

4. Secreto bancario

5. Fondo de Seguros de Depósitos

6. Causales de Intervención

7. Empresas Bancarias en proceso de liquidación

8. Empresas Bancarias en proceso de autoliquidación

9. Entidades Bancarias vigentes a abril del 2006

10. Posibles nuevas Entidades Bancarias que ingresarían al Sistema Bancario Peruano

11. Productos bancarios que actualmente ofrece la Banca

12. Información Estadística del Sistema Bancario Peruano: 1993-Abril 2006

13. Conclusiones

14. Bibliografía

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo, se ha llevado acabo con la mayor seriedad y veracidad, ya que hemos tratado de buscar datos en las fuentes de más alta credibilidad. Hemos desarrollado la evolución del sistema peruano bancario, estatización de la banca, secreto bancario, fondo de seguros de depósitos, causales de intervención, empresas en liquidación y autoliquidación, empresas vigentes a abril 2006, operaciones activas y pasivas, servicios y canales de atención, etc.

En esta ocasión hemos recopilado información de la biblioteca y pagina web de la superintendencia de banca y seguros quien es el encargado de supervisar a las instituciones financieras.

Daremos paso al desarrollo de los puntos mencionados esperando que el contenido de éstos sean suficientes para cubrir las expectativas del más exigente lector.

I.- Evolución Legislativa Del Sistema Bancario Peruano

En los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial se dio una expansión de los depósitos y colocaciones, y con ello el sistema bancario fue modernizándose al amparo del restablecimiento de la libertad de cambios y de importaciones dictadas durante el gobierno del General Odría. Durante el período 1956-1968 el sistema creció notablemente, al constituirse 18 nuevos bancos, 7 empresas de seguros y 17 asociaciones mutuales de créditos para vivienda.

El régimen militar, iniciado en 1968, realizó una serie de cambios radicales en la concepción del rol del estado en todas las esferas de la actividad económica del país. Así por ejemplo, se determinó que los bancos comerciales sólo podían ser propiedad de personas naturales o jurídicas peruanas y que las empresas bancarias ya establecidas sólo serían consideradas nacionales cuando por lo menos el 75% de su capital fuera de peruanos. Asimismo, se impusieron restricciones al crédito para empresas extranjeras.

La Superintendencia asumió el control de los límites sobre el cobro y pago de intereses. El ámbito de control se amplió a las Empresas Financieras y a las Mutuales de Vivienda. En este período se creó la Banca Asociada formada por empresas que, salvo algunas limitaciones en su manejo, funcionaban bajo un régimen privado permaneciendo bajo el control del Estado, al tener éste una participación mayoritaria en el capital.

Por su parte, la Banca de Fomento experimentó en este período un fuerte crecimiento. En efecto, se creó la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE), y se le dio impulso al Sistema Mutual y a los Bancos Privados de Fomento de la Industria de la Construcción. Uno de los objetivos del gobierno era impulsar el desarrollo económico de las distintas regiones del país, y la herramienta para lograr este objetivo fue el impulso a la creación de la Banca Regional.

En 1972 se volvió a ampliar el ámbito de supervisión de la Superintendencia, incluyéndose las Cajas de Ahorro y Préstamo para Vivienda; y en 1978 las Cooperativas de Ahorro y Crédito y Cooperativas de Seguros. Además, en este periodo, al crearse el Mercado Único de Cambios, se le encargó a la Superintendencia establecer el tipo de cambio diario para las principales monedas extranjeras de acuerdo con la cotización del mercado.

La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) adquirió rango constitucional al ser incluida en la Constitución de 1979, la cual le otorgó autonomía funcional y administrativa. En 1981 se dictó la primera Ley Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Decreto Legislativo 197 que reemplazó los Capítulos I, VI, VII y VIII de la Ley de Bancos. En esa Ley Orgánica se consideraba a la SBS como institución pública con personería jurídica de derecho público y con autonomía respecto del Ministerio de Economía y Finanzas. Además, la SBS adquirió la facultad de interpretar administrativamente la normatividad bancaria y de seguros y el personal de la SBS pasó a ser comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada.

Reforma y Modernización

La reforma financiera iniciada en 1991, incluyó la disolución de la Banca de Fomento, la asignación de un rol diferente para COFIDE como banco de segundo piso, la creación del sistema de Cajas Rurales de Ahorro y Crédito y del Sistema Privado de Pensiones.

Asimismo, se estableció, el sistema de Banca Múltiple, el Fondo de Seguro de Depósitos y la Central de Riesgos.

La normatividad bancaria fue renovada en abril de 1991 con la promulgación de la Ley de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, Decreto Legislativo 637. Esta ley fue reemplazada en octubre de 1993 por el Decreto Legislativo 770 que corregía algunos aspectos e incorporaba nuevos elementos. Tanto el Decreto Legislativo 637 como el 770 introdujeron diversos aspectos de regulación prudencial, tomándose algunas recomendaciones del Comité de Basilea como la aplicación de límites operativos en función del patrimonio efectivo y el requerimiento patrimonial respecto a los activos y créditos contingentes ponderados por riesgo crediticio.

En diciembre de 1992, mediante el Decreto Ley 25987 el gobierno promulgó una nueva Ley Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. En el mimo mes, a través del Decreto Ley 25897, se creó el Sistema Privado de Pensiones (SPP) como alternativa a los regímenes de pensiones administrados por el Estado concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones.

Se encomendó a la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SAFP) la regulación y supervisión del Sistema Privado de Pensiones ejerciendo, en representación del Estado, la función de control de las AFP. Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) se crearon con el objeto social exclusivo de administrar fondos de pensiones, bajo la modalidad de cuentas individuales de capitalización, así como otorgar a sus afiliados prestaciones de jubilación, invalidez, sobre vivencia y gastos de sepelio.

Desarrollo Reciente

A mediados

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (48 Kb)
Leer 30 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com