FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE RECAUDACIÓN DEL I.S.L.R DEL 2.000 A 2.010
Enviado por osmarymejia • 7 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 1.685 Palabras (7 Páginas) • 226 Visitas
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE RECAUDACIÓN DEL I.S.L.R DEL 2.000 A 2.010
El sistema de recaudación de impuesto sobre la Renta (ISLR), tanto para las personas naturales o para las personas jurídicas funcionan bajo la forma de un conjunto estructurado de pasos que se mencionan a continuación:
¿Quiénes deben presentar la declaración del ISLR?
Las Personas Naturales, que cumplan las siguientes condiciones:
Que realicen actividades gravadas (No exentas)
Que obtengan enriquecimientos netos superiores a 1.000 U.T o que obtengan ingresos brutos superiores a 1.500 U.T de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
Que realicen exclusivamente actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos superiores a 2.625 U.T
Las personas naturales no residentes por todos los enriquecimientos, salvo que fueran objeto de retenciones.
Las Personas Jurídicas, deberán presentar la declaración cualquiera fuera el monto de sus enriquecimientos.
¿Quiénes están obligados a pagar el ISLR?
Persona Natural Residente y Persona Jurídica Domiciliada: Pagaran el impuesto cuando tengan enriquecimientos obtenidos en el país.
Persona Natural No Residente y Persona Jurídica No Domiciliada: aunque no tengan base en el país, pagaran el impuesto cuando obtengan enriquecimiento cuya fuente o causa ocurra dentro del país.
Persona Natural No Residente y Persona No Domiciliada: que tengan base fija en el país, tributaran exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuible a dicho establecimiento.
Salvedad: los conyugues no separados de bienes se consideran como un solo contribuyente, salvo cuando la mujer casada opte por declarar por separado los enriquecimientos provenientes de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares, o los honorarios y estipendios que provengan del libre ejercicio profesional no comerciales.
Personas domiciliadas o no en el país a los efectos Tributarios:
Se consideran domiciliados en la republica Bolivariana de Venezuela según el artículo 30 del Código Orgánico Tributario:
Las personas naturales que hayan permanecido en el país por un periodo continuo o discontinuo mayor a ciento ochenta y tres días en un año calendario en el año inmediatamente anterior al ejercicio al cual corresponda determinar el tributo.
Las personas naturales que hayan establecido su residenciado lugar de habitación en el país, salvo que en el año calendario permanezca en otro país por un periodo continuo o discontinuo mayor a ciento ochenta y tres días, y acrediten haber adquirido la residencia para efectos fiscales en este otro país. En este caso, la residencia en el extranjero se acreditara ante la administración tributaria, mediante constancia expedida por las autoridades competentes del estado del cual son residentes.
Los venezolanos que desempeñen en el exterior funciones de representación o cargos oficiales de la republica, de los estados, de los municipios o de las entidades funcionalmente descentralizadas, y que perciban remuneraciones de cualquiera de los entes públicos.
Salvo prueba en contrario se presume que las personas naturales de nacionalidad venezolana, son residentes en el territorio nacional.
Desgravámenes y Rebajas Personales
Solo se permiten a las personas naturales residentes en la Republica Bolivariana de Venezuela según lo previsto en el artículo 60 de la ley de ISLR.
Desgravámenes:
Los pagos a institutos docentes ubicados en el país, dentro de las condiciones señaladas en la ley, por los contribuyentes y por los descendientes de estos menores de veinticinco años.
Los pagos realizados por el contribuyente por concepto de primas de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad, a empresas domiciliadas en el país.
Lo pagado por servicios médicos odontológicos y de hospitalización, prestados en el país al contribuyente y a las personas bajo su cargo.
Los pagos por concepto de cuotas de interés por aquellos prestamos obtenidos por el contribuyente para la adquisición de vivienda principal, o de lo pagado por concepto de alquiler de vivienda que le sirve de asiento permanente del hogar.
Desgravamen Único
El articulo 61 de la Ley de ISLR, permite que el contribuyente opte por un desgravamen único de 774 U.T. en ningún caso podrá aplicar simultáneamente los desgravámenes señalados anteriormente con el desgravamen único.
Rebajas Personales:
Las personas naturales residentes en el país podrán rebajar anualmente del impuesto:
10 U.T a titulo personal
10 U.T por el o la conyugue no separados de bienes y solo en los casos que no declaren por separado.
10 U.T por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país, de acuerdo a lo señalado en el artículo 62 de la ley de ISLR.
El impuesto por enriquecimiento obtenido por las personas naturales no residentes en el país sin base fija, será de un treinta y cuatro por ciento.
Forma y Oportunidad de Pago de la Declaración Definitiva
Los contribuyentes deberán utilizar los formularios de declaración y pago debidamente autorizados por la administración tributaria, a través de procedimientos y medios electrónicos establecidos en la normativa legal dispuesta en la providencia Administrativa Nº 0103 (Gaceta Oficial Nº 39.296 del 30/10/2009). Por otra parte las personas naturales herencias yacentes podrán pagar su impuesto hasta un máximo de tres porciones de iguales montos, de acuerdo a lo publicado en la gaceta oficial Nº 36.736 del 06 de julio de 1999, donde describe lo señalado a continuación:
Una sola porción, se realizara el pago conjuntamente con la presentación de la Declaración
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