FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO
Enviado por kebin28 • 14 de Enero de 2014 • 432 Palabras (2 Páginas) • 1.209 Visitas
demandado DEL AGUILA SOBERÓN, OMAR, tiene su domicilio en la Calle Eduardo Ordoñes 115, Urbanización la Primavera, Provincia de Chiclayo, en donde se les notificará con la presente demanda, con las formalidades de ley y haciendo uso de los apremios legales que la ley le faculta.
II. PETITORIO Y VIA PROCESAL:
Que, invocando legitimidad e interés para obrar, dentro de la vía procesal DE PROCESO UNICO, interpongo demanda, teniendo como pretensión principal el RECONOCIMIENTO DE TENENCIA Y CUSTODIA de mi hija HARUMI AYLIN SAKURA DEL ÁGUILA DIAZ y como pretensión accesoria EL PAGO DE ALIMENTOS, amparamos nuestras pretensiones en los siguientes fundamentos de hecho y derecho:
III. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO
PRIMERO.- Que, hace algunos años atrás, exactamente en el año de 2012, inicié una relación de convivencia con el demandado DEL AGUILA SOBERÓN, OMAR, convivencia que se prolongó hasta el año 2013, teniendo como producto de dichas relación a una hija: HARUMI AYLIN SAKURA DEL ÁGUILA DIAZ de 6 meses. Quien actualmente vive en mi hogar, ubicado en la Calle José Leonardo Ortiz No. 224 – Pimentel, convivencia que se ha realizado desde su nacimiento.
SEGUNDO: Que, desde que rompí el vínculo convivencia con el demandado, debido a las constantes desavenencias que teníamos en nuestro hogar, producto de sus celos y de las agresiones verbales, decidí irme con mi hija, HARUMI AYLIN SAKURA DEL ÁGUILA DIAZ a la casa de mi mamá ubicada en Calle José Leonardo Ortiz No. 224 – Pimentel ; y es desde ese momento que me hago cargo de sus necesidades alimenticias, vivienda, salud, vestido y recreacionales.
TERCERO: Que por motivos que no son justificables, el demandado me viene amenazando y hostilizando con arrebatarme a mi menor hija, diciendo que no me la dejará ver, por lo que me siento desesperada, teniendo a mi hija en mal estado de salud, y además por estar en una edad que requiere de mi cuidado y protección el cual solo puede brindarle el cariño y amor de madre.
CUARTO: Que, en caso de que el demandado cumpla con las amenazas, mi niña corre el peligro inminente de enfermarse ya que no le podrá dar los cuidados que una recién nacida requiere.
QUINTO:
La presente tiene fundamento en que no solo en mi calidad de madre tengo el derecho de tener convivencia permanente con mi hija, más en mi calidad de persona que no ha faltado a su hogar y siendo ella una recién nacida necesita del alimento que solo yo como madre le puedo brindar, pues antes que el intereses de los padres está el INTERES SUPERIOR DEL MENOR.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
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