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Facultades De Cada Camara Legislativa


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2012  •  1.539 Palabras (7 Páginas)  •  1.367 Visitas

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FACULTADES EXCLUSIVAS DE CADA CAMARA

1.- BASES DE DISTRIBUCIÓN.

En 1874, con Sebastián Lerdo de Tejada se restablece el sistema bicameral y se crean las facultades exclusivas para cada cámara.

La distribución ocurre cuando las cámara actúan de manera no sucesiva, dichas facultades están especificadas en los art 74 y 76.

El congreso conservo el mayor número de facultades y las más importantes entre ellas las de índole legislativa.

Criterios para la distribución de facultades:

a) A la de Diputados corresponden las facultades que tengan relación estrecha con el elemento “pueblo”, porque de el tienen la representación.

b) A la de Senadores corresponden las que tengan relación estrecha con el sistema federal.

c) En casos de tratados internacionales o convenciones diplomáticas interviene la de senadores, no por la relación con sistema federal, sino que el senado actúa como cámara consejera del presidente

d) A la de Senadores, no como elemento federativo, ni como consejera, sino por la edad de sus miembros, los asuntos que requieran mayor ponderación y serenidad de juicio. Además es el Gran Jurado para juzgar delitos oficiales e interviene en nombramiento de la SCJN.

2.- FACULTADES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS.

Artículo 74: Son facultades exclusivas de la cámara de diputados:

1. Expedir el Bando Solemne para dar a conocer en toda la República la declaración de Presidente Electo que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[U9] ;

2. Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la entidad de fiscalización superior de la Federación, en los términos que disponga la ley[U10] ;

3. DEROGADA.

4. Aprobar el presupuesto de egresos, y revisar la cuenta publica.

5. Primer párrafo: Desafuero o Declaración de Procedencia[U11] . Segundo párrafo: Juicio Político[U12] .

3.- FACULTADES DE LA CAMARA DE SENADORES.

3.1 TRATADOS INTERNACIONALES.

Esta en la fracción primera en analizar la política exterior. El senado solo da una opinión, porque no tiene personalidad jurídica exterior. La política exterior es solo para la cámara de senadores.

Aprobar tratados internacionales y Convenciones Diplomáticas:

Tratado Internacional: Es un acuerdo de voluntades entre dos o más estados y otras entidades del Derecho Internacional Público ene ejercicio de sus facultades soberanas.

Convención Diplomática: Es un tratado internacional de menor jerarquía.

Proceso de un Tratado o Convención:

1. Conclusión y Firma del Tratado con Convención. Esta fase ocurre en el derecho externo y hasta aquí tiene vida transitoria solo rige a los estados, pero no a los pueblos de los estados

2. Aprobación Legislativa. Si lo aprueba el senado la norma externa se convierte en interna. La iniciativa solo puede provenir del presidente república. Los que apruebe el senado son solo los que celebre el presidente. Deben traducirse al español. El senado puede citar al secretario de relaciones exteriores. Los tratados deben aprobarse por simple mayoría de los presentes.

3. Ratificación del Tratado. Aquí queda hecho y derecho. Tiene vida permanente. La aprobación del senado no obliga al presidente, si este no lo ratifica se acabo. Si el senado lo desaprueba, no hay norma interna y si el presidente desobedeciendo, lo ratificara, existiría como norma externa y no interna, y el presidente incurre en responsabilidad política, administrativa y penal.

La cámara de senadores tiene dos facultades: analizar la política exterior, y la segunda es aprobar los tratados internacionales.

3.2.- DESAPARICION DE PODERES DE UN ESTADO.

Está reglamentada en la fracción V. Es un arma de la federación contra los estados, pues se plantea la hipótesis de la desaparición de los poderes titulares de algún estado de la federación. Respecto a esta fracción hay dos interpretaciones:

1. La interpretación constitucional.- EL senado es un simple fedatario publico y da fe de algo que ya sucedió, su resolución no desaparece los poderes

Dichos poderes pueden desaparecer de ipso, cuando:

_ Mueran todos

_ Abandonen sus cargos por cualquier causa

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