Fundamento De Derecho
Enviado por otagua • 6 de Abril de 2014 • 645 Palabras (3 Páginas) • 204 Visitas
DESARROLLO
El Derecho Internacional Privado, Tiene una importancia trascendental, ya que a través del mismo se han ido estableciendo sistemas adecuados a las épocas en todo lo que conciernen a lo que son los objetos de sus estudios, nacionalidad: condición de los extranjeros, conflictos de leyes, conflictos de jurisdicciones, haciendo posible las relaciones entre estados, con objetivos, objeto y sujetos específicos que le distinguen.
Esta rama del Derecho nos permite analizar las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño a nuestro derecho local.
Podemos decir que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia. Modernamente la doctrina está cambiando hacia una posición sustancia lista, en donde dentro del DIP se incluyen Normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "Norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones Jurídicas Privadas Internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
Entre las nociones fundamentales del Derecho Internacional Privado cabe citar los puntos de conexión: elementos de la relación jurídica, nacionalidad, domicilio, lugar en que se realiza un acto que sirven para determinar la norma material aplicable (calificación del supuesto de hecho) y averiguar la ley a aplicar; el reenvío que la norma de conflicto del tribunal hace a una extranjera; el orden público principios que, representativos de los valores intangibles de una sociedad, se plasman en normas imperativas que no pueden ser sustituidas por otras de derecho extranjero; el fraude de ley, sumisión a una norma de cobertura extranjera con la finalidad, reprochable, de sustraerse a los efectos de una ley propia.
Existen relaciones Internacionales que no tienen cabida en el Derecho Internacional Público, por ser de orden privado. Las reglas que norman esas relaciones tienen como destinatarios a entes o personas privadas Personas físicas o Personas Morales o Jurídicas. Las relaciones Jurídicas Internacionales de Orden Privado esencialmente al amparo de la diversidad de las legislaciones particulares de los diferentes Estados, corresponde a los Estados unilateralmente su reglamentación mediante sus propias Leyes Nacionales o recurriendo a la Concertación de Tratados.
En principio, el ámbito de vigencia de un ordenamiento es el territorio del Estado, pero la actividad de las personas puede desarrollarse también fuera de las fronteras de éste o en relación con nacionales de otros países, lo que plantea
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