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Fundamento De Los Hermanos Flores Magon


Enviado por   •  15 de Mayo de 2015  •  1.613 Palabras (7 Páginas)  •  615 Visitas

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Manifiesto creado por los hermanos Flores Magón

Programa del Partido Liberal.

REFORMAS CONSTITUCIONALES

1.- Reducción del periodo presidencial á cuatro años.

2.- Supresión de la reelección para el Presidente y los gobernadores de los Estados. Estos funcionarios sólo podrán ser nuevamente electos hasta después de dos periodos del que desempeñaron.

3.- Inhabilitación del Vicepresidente para desempeñar funciones legislativas ó cualquier otro cargo de elección popular, y autorización al mismo para llenar un cargo conferido por el Ejecutivo.

4.- Supresión del servicio militar obligatorio y establecimiento de la Guardia Nacional. Los que presten sus servicios en el Ejército permanente lo harán libre y voluntariamente. Se revisará la ordenanza militar para suprimir de ella lo que se considere opresivo y humillante para la dignidad del hombre, y se mejorarán los haberes de los que sirvan en la Milicia Nacional.

5.- Reformar y reglamentar los artículos 6° y 7° Constitucionales, suprimiendo las restricciones que la vida privada y la paz pública imponen á las libertades de palabra y de prensa, y declarando que sólo se castigarán en ese sentido la falta de verdad que entrañe dolo, el chantaje, y las violaciones de la ley en lo relativo á la moral.

6.- Abolición de la pena de muerte, excepto para los traidores á la Patria.

7.- Agravar la responsabilidad de los funcionarios públicos, imponiendo severas penas de prisión para los delincuentes.

8.- Restituir á Yucatán el territorio de Quintana Roo.

9.- Supresión de los tribunales militares en tiempo de paz.

MEJORAMIENTO Y FOMENTO DE LA INSTRUCCIÓN.

10.- Multiplicación de escuelas primarias, en tal escala que queden ventajosamente suplidos los establecimientos de instrucción que se clausuren por pertenecer al Clero.

11.- Obligación de impartir enseñanza netamente laica en todas las escuelas de la

República, sean del Gobierno ó particulares, declarándose la responsabilidad de los directores que no se ajusten á este precepto.

12.- Declarar obligatoria la instrucción hasta la edad de catorce años, quedando al Gobierno el deber de impartir protección en la forma que le sea posible á los niños pobres que por su miseria pudieran perder los beneficios de la enseñanza.

13.- Pagar buenos sueldos á los maestros de instrucción primaria.

14.- Hacer obligatoria para todas las escuelas de la República la enseñanza de los rudimentos de artes y oficios y la instrucción militar, y prestar preferente atención á la instrucción cívica que tan poco atendida es ahora.

EXTRANJEROS.

15.- Prescribir que los extranjeros, por el solo hecho de adquirir bienes raíces, pierden su nacionalidad primitiva y se hacen ciudadanos mexicanos.

16.- Prohibir la inmigración china.

RESTRICCIONES A LOS ABUSOS DEL CLERO CATOLICO.

17.- Los templos se consideran como negocios mercantiles, quedando, por tanto, obligados

á llevar contabilidad y pagar las contribuciones correspondientes.

18.- Nacionalización, conforme á las leyes, de los bienes raíces que el Clero tiene en poder de testaferros.

19.- Agravar las penas que las Leyes de Reforma señalan para los infractores de las mismas.

20.- Supresión de las escuelas regentadas por el Clero.

CAPITAL Y TRABAJO.

21.- Establecer un máximum de ocho horas de trabajo y un salario mínimo en la proporción siguiente: $1.00 para la generalidad del país, en que el promedio de los salarios es inferior al citado, y de más de $1.00 para aquellas regiones en que la vida es más cara y en las que este salario no bastaría para salvar de la miseria al trabajador.

22.- Reglamentación del servicio doméstico y del trabajo á domicilio.

23.- Adoptar medidas para que con el trabajo á destajo los patronos no burlen la aplicación del tiempo máximo y salario mínimo.

24.- Prohibir en lo absoluto el empleo de niños menores de catorce años.

25.- Obligar á los dueños de minas, fábricas, talleres, etc., á mantener las mejores condiciones de higiene en sus propiedades y á guardar los lugares de peligro en un estado que preste seguridad á la vida de los operarios.

26.- Obligar á los patronos ó propietarios rurales á dar alojamiento higiénico á los trabajadores, cuando la naturaleza del trabajo de éstos exija que reciban albergue de dichos patronos ó propietarios.

27.- Obligar á los patronos á pagar indemnización por accidentes del trabajo.

28.- Declarar nulas las deudas actuales de los jornaleros de campo para con los amos.

29.- Adoptar medidas para que los dueños de tierras no abusen de los medieros.

30.- Obligar á los arrendadores de campos y casas á que indemnicen á los arrendatarios de sus propiedades por las mejoras necesarias que dejen en ellas.

31.- Prohibir á los patrones, bajo severas penas, que paguen al trabajador de cualquier otro modo que no sea como dinero efectivo; prohibir y castigar que se impongan multas á los trabajadores ó se les hagan descuentos de su jornal ó se retarde el pago de raya por más de una semana ó se niegue al que se separe del trabajo el pago inmediato de lo que tiene ganado; suprimir las tiendas de raya.

32.- Obligar á todas las empresas ó negociaciones á no ocupar entre sus empleados y trabajadores sino una minoría de extranjeros. No permitir en ningún caso que trabajos de la misma clase se paguen

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