Fundamento De Los Hermanos Flores Magon
Enviado por gabylozano • 15 de Mayo de 2015 • 1.613 Palabras (7 Páginas) • 615 Visitas
Manifiesto creado por los hermanos Flores Magón
Programa del Partido Liberal.
REFORMAS CONSTITUCIONALES
1.- Reducción del periodo presidencial á cuatro años.
2.- Supresión de la reelección para el Presidente y los gobernadores de los Estados. Estos funcionarios sólo podrán ser nuevamente electos hasta después de dos periodos del que desempeñaron.
3.- Inhabilitación del Vicepresidente para desempeñar funciones legislativas ó cualquier otro cargo de elección popular, y autorización al mismo para llenar un cargo conferido por el Ejecutivo.
4.- Supresión del servicio militar obligatorio y establecimiento de la Guardia Nacional. Los que presten sus servicios en el Ejército permanente lo harán libre y voluntariamente. Se revisará la ordenanza militar para suprimir de ella lo que se considere opresivo y humillante para la dignidad del hombre, y se mejorarán los haberes de los que sirvan en la Milicia Nacional.
5.- Reformar y reglamentar los artículos 6° y 7° Constitucionales, suprimiendo las restricciones que la vida privada y la paz pública imponen á las libertades de palabra y de prensa, y declarando que sólo se castigarán en ese sentido la falta de verdad que entrañe dolo, el chantaje, y las violaciones de la ley en lo relativo á la moral.
6.- Abolición de la pena de muerte, excepto para los traidores á la Patria.
7.- Agravar la responsabilidad de los funcionarios públicos, imponiendo severas penas de prisión para los delincuentes.
8.- Restituir á Yucatán el territorio de Quintana Roo.
9.- Supresión de los tribunales militares en tiempo de paz.
MEJORAMIENTO Y FOMENTO DE LA INSTRUCCIÓN.
10.- Multiplicación de escuelas primarias, en tal escala que queden ventajosamente suplidos los establecimientos de instrucción que se clausuren por pertenecer al Clero.
11.- Obligación de impartir enseñanza netamente laica en todas las escuelas de la
República, sean del Gobierno ó particulares, declarándose la responsabilidad de los directores que no se ajusten á este precepto.
12.- Declarar obligatoria la instrucción hasta la edad de catorce años, quedando al Gobierno el deber de impartir protección en la forma que le sea posible á los niños pobres que por su miseria pudieran perder los beneficios de la enseñanza.
13.- Pagar buenos sueldos á los maestros de instrucción primaria.
14.- Hacer obligatoria para todas las escuelas de la República la enseñanza de los rudimentos de artes y oficios y la instrucción militar, y prestar preferente atención á la instrucción cívica que tan poco atendida es ahora.
EXTRANJEROS.
15.- Prescribir que los extranjeros, por el solo hecho de adquirir bienes raíces, pierden su nacionalidad primitiva y se hacen ciudadanos mexicanos.
16.- Prohibir la inmigración china.
RESTRICCIONES A LOS ABUSOS DEL CLERO CATOLICO.
17.- Los templos se consideran como negocios mercantiles, quedando, por tanto, obligados
á llevar contabilidad y pagar las contribuciones correspondientes.
18.- Nacionalización, conforme á las leyes, de los bienes raíces que el Clero tiene en poder de testaferros.
19.- Agravar las penas que las Leyes de Reforma señalan para los infractores de las mismas.
20.- Supresión de las escuelas regentadas por el Clero.
CAPITAL Y TRABAJO.
21.- Establecer un máximum de ocho horas de trabajo y un salario mínimo en la proporción siguiente: $1.00 para la generalidad del país, en que el promedio de los salarios es inferior al citado, y de más de $1.00 para aquellas regiones en que la vida es más cara y en las que este salario no bastaría para salvar de la miseria al trabajador.
22.- Reglamentación del servicio doméstico y del trabajo á domicilio.
23.- Adoptar medidas para que con el trabajo á destajo los patronos no burlen la aplicación del tiempo máximo y salario mínimo.
24.- Prohibir en lo absoluto el empleo de niños menores de catorce años.
25.- Obligar á los dueños de minas, fábricas, talleres, etc., á mantener las mejores condiciones de higiene en sus propiedades y á guardar los lugares de peligro en un estado que preste seguridad á la vida de los operarios.
26.- Obligar á los patronos ó propietarios rurales á dar alojamiento higiénico á los trabajadores, cuando la naturaleza del trabajo de éstos exija que reciban albergue de dichos patronos ó propietarios.
27.- Obligar á los patronos á pagar indemnización por accidentes del trabajo.
28.- Declarar nulas las deudas actuales de los jornaleros de campo para con los amos.
29.- Adoptar medidas para que los dueños de tierras no abusen de los medieros.
30.- Obligar á los arrendadores de campos y casas á que indemnicen á los arrendatarios de sus propiedades por las mejoras necesarias que dejen en ellas.
31.- Prohibir á los patrones, bajo severas penas, que paguen al trabajador de cualquier otro modo que no sea como dinero efectivo; prohibir y castigar que se impongan multas á los trabajadores ó se les hagan descuentos de su jornal ó se retarde el pago de raya por más de una semana ó se niegue al que se separe del trabajo el pago inmediato de lo que tiene ganado; suprimir las tiendas de raya.
32.- Obligar á todas las empresas ó negociaciones á no ocupar entre sus empleados y trabajadores sino una minoría de extranjeros. No permitir en ningún caso que trabajos de la misma clase se paguen
...