Fundamento Legal De Las Persona Juridicasa
Enviado por jennivalera • 16 de Noviembre de 2013 • 1.597 Palabras (7 Páginas) • 405 Visitas
1.-Personas Jurídicas Individuales y Colectivas.
No hay un concepto claro y preciso de las personas desde el punto de vista jurídico, moral, psicológico. Es sumamente difícil definir estos temas. Hay que destacar las diferentes conexiones que el concepto jurídico de persona tiene con los otros conceptos.
La teoría jurídica kelseniana disuelve el concepto de persona jurídica individual en un simple complejo de normas y, por lo tanto, la estructura de la persona jurídica colectiva es exactamente igual a la estructura de persona jurídica individual.
1.1.- Personas Jurídicas Individuales.
Las personas jurídicas o persona física y persona jurídica o moral, tiene como supuesto la creencia de que hay una ecuación entre hombre y persona en sentido físico, que la persona jurídica individual coincide plenamente con el concepto psicológico de persona. Es decir, que para que se pueda hablar de persona en un sentido físico o natural, es imprescindible que detrás de ese concepto de persona individual existe la persona de carne y hueso, el hombre en el sentido de un ser natural, empírico, sujeto a las leyes del mundo natural. Persona jurídica individual tiene una diferencia en la conducta o la acción regulada por el Derecho es la conducta o la acción de un solo individuo.
Por otra parte podemos precisar los diferentes conceptos de persona , el concepto de persona en sentido físico, natural o moral, es indispensable dar una breve noticia de las acepciones que tiene la palabra persona.
La palabra persona es el lenguaje puramente escénico al lenguaje social y entonces se considero como persona, el papel o la función que el hombre desempeñaba dentro de la colectividad políticamente considerada. Esta evolución del concepto de persona nos viene a demostrar que el concepto de personalidad jurídica no puede identificarse con el concepto natural o físico del hombre porque no aludía de ninguna manera a circunstancias de tipo espacio-natural, sino que aludía a la función que desempeñaba el hombre dentro de la comunidad.
Sin embargo, como el concepto de persona estaba íntimamente vinculado al concepto de hombre, desde los primeros tiempos, el hombre se habituó a pensar el concepto de persona jurídica individual en términos de hombre concretamente considerado.
La teoría de la ficción lo que hace es sostener la identificación: persona física, persona jurídica. Para que se pueda hablar de persona en sentido general y autentico es impresendible que esa persona sea un ser dotado de razón y voluntad.
La persona jurídica individual se podría decir que son las normas que regulan mi conducta como ser individual constituyen mi personalidad jurídica individual. También se podría decir que es un simple complejo de normas.
1.2.-Personas Jurídicas Colectivas.
Se podría decir que es conducta o la acción regulada por el Derecho en la llamada persona jurídica o moral es la acción de varios individuos.
La primera teoría importante que trata de resolver el problema de la persona jurídica colectiva es la llamada teoría de la ficción. Esta teoría, cuyo representante más esclarecido es el eximio romanista Savigny, que dice: solamente son personas, en sentido estricto, los seres dotados de razón y voluntad.
Savigny sostuvo que la persona jurídicas colectivas debían clasificarse en; personas jurídicas de existencia natural y necesaria, y persona jurídicas de carácter convencional y contingentes. El Estado seria una persona jurídica colectiva de carácter natural y necesario. Dela misma manera que las personas jurídicas colectivas no son mas que las personificación de un orden jurídico parcial, así el Estado es la personificación del orden jurídico total.
Toda persona jurídica colectiva es un agrupación de personas y, al mismo tiempo, toda persona jurídica colectiva necesita de un patrimonio adscrito a una finalidad específica.
La teoría del derecho nos habla también de otra clase de personas jurídicas colectivas. Se habla, por ejemplo, de seres o cuerpos morales de carácter publico, como las Iglesias o las universidades, la nación y las entidades políticas que la componen. Todas estas personas de carácter público, constituyen una clase distinta de la corporación y de la fundación.
2.-Atributos de las personas Jurídicas Colectivas E Individuales.
Identidad
Por lo que respecta a la identidad de la persona jurídica, tanto individual como colectiva, debemos hacer algunas observaciones preliminares, antes de hablar concretamente del hombre, que vendría a ser el símbolo de la personalidad, tanto de la personalidad jurídica individual como de la jurídica colectiva.
La identidad de la persona jurídica es, lo mismo que la capacidad con la personalidad jurídica; es por lo menos, la manera como la personalidad jurídica existe para todos. El concepto del nombre tendría para la personalidad jurídica una función certificativa, no constitutiva. No es que el nombre o la identidad constituyen a la persona jurídica, sino que la identidad sirve para identificar la existencia de esa persona jurídica, en un sentido general,
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