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Fundamentos jurídicos del proceso de desarrollo económico de Venezuela


Enviado por   •  17 de Abril de 2013  •  Informe  •  525 Palabras (3 Páginas)  •  575 Visitas

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BASAMENTOS LEGALES:

El ministerio de la defensa, como órgano del ejecutivo nacional y miembros permanentes de dicho consejo, en coordinación con el poder público nacional tiene la responsabilidad de establecer estrategias que propicien el desarrollo armónico sustentable de los diferentes sectores que conforman el ámbito nacional.

El marco legal que rige a todo este proceso de desarrollo económico esta basado en la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la ley orgánica de las fuerzas armadas y demás leyes afines, y se enfoca primordialmente a orientar el empleo y la explotación racional de los recursos para el desarrollo, así como también motivará la participación mas activa de toda la nación en circunstancias criticas, tales como calamidades publicas y emergencias económicas, permitiendo además encaminar esfuerzos contundentes en la solución de problemas tan complejos como la pobreza.

Al respecto el artículo 61 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela señala “todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos… la participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión publica, es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo…”

A continuación se citan varios artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que respalda a este novedoso sistema de desarrollo socio-económico:

• Artículo 3: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

• Artículo 87: Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendentes a garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a otras restricciones que las que la ley establezca. Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.

• Artículo 112: Todas las

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