GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE PLAN DE MANEJO PARA LOS GENERADORES DE RME
Enviado por angel3000 • 11 de Septiembre de 2015 • Monografía • 5.377 Palabras (22 Páginas) • 250 Visitas
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Disposiciones Generales para la Implementación de Planes de Manejo de Residuos Especiales | 2 |
¿Qué es el Plan de Manejo? | 2 |
¿Quiénes deben presentar el Plan de Manejo? | 2 |
¿Qué es un Residuo de Manejo Especial? | 3 |
Clasificación de los Residuos de Manejo Especial | 3 |
Deberes de los Generadores. | 4 |
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3.1. Descripción de actividades | 11 |
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ANEXOS | 17 |
guía para la elaboración de plan de manejo de residuos de manejo especial
Introducción
Disposiciones Generales para la Implementación de Planes de Manejo de Residuos Especiales.
Con la finalidad de dar el cumplimiento a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) y a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca (LPGIRSEO), este Instituto Estatal de Ecología y Desarrollo Sustentable ha elaborado esta guía para facilitar la realización de los Planes de Manejo de Residuos de Manejo Especial.
¿Qué es el Plan de Manejo?
Es un instrumento de la gestión integral de los residuos sólidos, que contiene el conjunto de acciones y procedimientos para facilitar el acopio y la disposición final de los productos de consumo que al desecharse se conviertan en residuos sólidos (comúnmente conocidos como basura). El principal objetivo del plan de manejo es minimizar la generación y maximizar la valorización de los residuos; bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica, y social, promoviendo la responsabilidad compartida de los productores, distribuidores y comercializadores; realizar la separación en la fuente de generación, la recolección separada de residuos y fomentar la reutilización y reciclaje de estos residuos, con el objeto de reducir el volumen y valorizar los residuos que actualmente van a la disposición final.
¿Quiénes deben presentar el Plan de Manejo?
De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-161-SEMARNAT-2011, al artículo 28 fracción III de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y 28 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca, la formulación y presentación de los Planes de Manejo es obligación de los grandes generadores, los productores, importadores, exportadores y distribuidores de los productos que al desecharse se convierten en residuos sólidos urbanos o de manejo especial, así como los organismos públicos y privados, entidades de la administración pública y personas físicas y morales que generen residuos sólidos urbanos en un volumen igual o mayor a 10 toneladas en peso bruto de residuos sólidos urbanos al año (27.4 kilogramos al día) o su equivalente en otra unidad de medida.
La presentación de los planes de manejo tiene su fundamento legal, en los artículos 9 fracción III y VI, 19, 27, 28 y 98 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y 8 fracción III y VI, 15, 27, 28 y 30 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca.
¿Qué es un Residuo de Manejo Especial?
De acuerdo al artículo 5 de la LPGIRSEO los residuos de manejo especial son aquellos producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos, así como los listados en el artículo 15 de dicha Ley.
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