Garantías de igualdad еn los Estados Unidos Mexicanos
Enviado por conio92 • 16 de Agosto de 2012 • Trabajo • 6.246 Palabras (25 Páginas) • 844 Visitas
GARANTÍAS DE IGUALDAD
¿Qué es la igualdad jurídica?
La igualdad desde un punto de vista jurídico implica la posibilidad o capacidad que tiene una persona de adquirir derechos o contraer obligaciones, cualitativamente, propios de todos aquellos sujetos que se encuentren en su misma situación jurídica determinada. Es el resultado de un proceso de igualación socio-económica que debe suministrar el contenido a la ley para que ésta se adecue a los diferentes sectores reales que deba regir.
¿Qué es la igualdad como Garantía Individual?
Se traduce en una relación jurídica que media entre el gobierno por una parte y el Estado y sus autoridades por la otra, constituyendo el primordial contenido de los derechos subjetivos públicos que de dicho vínculo se derivan, las prerrogativas fundamentales del hombre, o sea, aquellos elementos indispensables para el desenvolvimiento de su personalidad y el logro de su felicidad.
Enuncie la parte conducente del Artículo 1º Constitucional que consagra la igualdad en general.
En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.”
¿Cuál es el alcance personal o subjetivo de la garantía consagrada en el primer párrafo del Artículo 1º Constitucional?
El alcance personal o subjetivo de esta garantía específica de igualdad se extiende, como dice el Artículo 1º constitucional, a todo individuo; es decir, a todo ser humano independientemente de su condición particular congénita, o adquirida.
¿Qué medidas de protección establece el primer párrafo del Artículo 1º Constitucional?
* Todo ser humano está protegido por las garantías individuales.
* Estas no pueden coartarse, suspenderse, abrogarse y/o derogarse.
* Los gobernados no pueden renunciar al derecho subjetivo público.
* No pueden celebrarse tratados internacionales que alteren las garantías.
* Se extienden las garantías individuales a todo el territorio de la República.
¿Qué prohíbe el segundo párrafo del Artículo 1º Constitucional?
“Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos”
¿En que consiste el Derecho Subjetivo Público y la obligación correlativa del Estado en el 2º párrafo del Artículo 1º Constitucional?
Esta garantía específica de igualdad, que impone al Estado y a sus autoridades la obligación negativa de no reputar a nadie como esclavo, sino como persona jurídica, o sea, como sujeto capaz y susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones, se extiende a todo hombre que habita el territorio nacional, abstracción hecha de su estado jurídico o fáctico particular.
Según el Artículo 4º Constitucional, ¿en qué radica la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer?
“El varón y la mujer son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”
8. ¿Realmente el hombre y la mujer son tratados igualmente por las leyes.
La igualdad jurídica entre el hombre y la mujer ha existido en México desde hace varios lustros, por lo que su proclamación en la Ley Fundamental de la República resultó innecesaria. La declaración dogmática que contiene el Artículo 4 constitucional en el sentido de que le varón y la mujer son iguales “ante la ley”, es contraria a la condición natural de las personas pertenecientes a ambos sexos, pues la igualdad legal absoluta entre ellas no puede jamás existir. Así mismo es innecesaria pues tanto el hombre como la mujer en su carácter de gobernados, son titulares de las mismas garantías que consagra la constitución.
¿Qué títulos u honores son los que prohíbe la Constitución?
“En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.
Qué validez tienen los títulos de nobleza otorgados en el extranjero dentro de la República Mexicana?
No se les otorga efecto alguno y por lo tanto no tienen validez.
¿Qué es una ley privativa? De un ejemplo histórico.
Es una ley concreta, personal y particular, pues se aplica a un caso concreto, a determinado sujeto y en determinado momento. Podemos ejemplificar esta definición con las leyes privativas que declararon fuera de la ley a Iturbide y a su familia, así como al General López de Santa Anna. Así mismo en junio de 1861 se dicto una ley por las autoridades liberales declarando proscritos a los generales conservadores Félix Zuloaga, Leonardo Márquez, Tomás Mejía, etc.
Explique claramente cuál es el fuero que prohíbe el Artículo 13º Constitucional.
El término “fuero” en el Artículo 13 constitucional significa todo privilegio o prerrogativa de cualquier especie y contenido otorgado a alguna persona o corporación (persona moral) para eximirse de la ley. Corresponde a la acepción que implique o denote una circunstancia antiigualitaria.
Diferencia entre un tribunal especial y un tribunal especializado.
Los tribunales especializados tienen como características la permanencia de sus funciones ejecutivas o decisorias y la posibilidad de tener injerencia válidamente en un número indeterminado de negocios singulares que encajen dentro de la situación determinada abstracta constitutiva de su ámbito competencial; mientras que los especiales como ya lo mencionamos, sólo está capacitado para conocer de uno o varios casos específicos, concretos, determinados, objetivo para cuya consecución fue expresamente establecido. Cuando el conocimiento de estos negocios singulares y determinados en cuanto a su número concluye cabalmente, deja de tener capacidad para seguir funcionando.
Diferencia entre una ley especial y una privativa.
Una ley privativa es una ley concreta, personal y particular, pues se aplica a un caso concreto, a determinado sujeto y en determinado momento, a su vez, una ley especial es un conjunto dispositivo que se refiere a un estado jurídico determinado; son normas que crean, extinguen, modifican o regulan una posición general determinada en la que las personas pueden estar colocadas. La diferencia es que la segunda tiene su campo de vigencia y aplicación en una situación determinada en cuanto tal; regula un conjunto de relaciones que surgen entre sujetos que están situados bajo una condición jurídica determinada o entablada entre estos y otras personas ajenas a la misma; la privativa a su vez, es selectiva, personal y concreta y no se dirige a un grupo o sector determinado.
¿Por qué una ley privativa no es propiamente
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