Generalidades De Los Juicios Orales Mercantiles
Enviado por osete11 • 23 de Septiembre de 2013 • 1.569 Palabras (7 Páginas) • 664 Visitas
Generalidad de los Juicios Orales
Para determinar todas las generalidades de los juicios orales, primero tenemos que definirlos, así pues el juicio oral es un procedimiento acusatorio que consta de la investigación, una etapa intermedia y la etapa del juicio oral, éste consiste en una audiencia que se lleva a cabo para decidir de forma definitiva sobre la culpabilidad o inocencia del imputado.
Para llevar a cabo un juicio oral de manera correcto, se debe de llevar por medio de sus principios base, que son: oralidad, inmediación, concentración, contradicción, continuidad y publicidad. Cuando hablamos del principio de Oralidad, nos referimos a anteponer la expresión verbal sobre la escrita, en comparación a como estamos acostumbrados, esto puede ser un poco más difícil de emplear pero al momento de expresarnos, es mucho más sencillo el hacernos entender punto por punto lo que queremos tratar de decir, sin embargo no solo se refiere a los litigantes encargados de llevar el procedimiento o a las propias partes, sino también el secretario y el juzgador se expresaran de manera verbal para ir acordando cada una de las diferentes audiencias que conlleva este procedimiento. Con respecto al principio de Inmediación, este se refiere a que el juez debe estar presente en cada una de las actuaciones que se pudiesen presentar en las audiencias, así como durante la `pruebas, todas y cada una de ellas se deben presentar y desahogar en presencia del mismo. El principio de Concentración es algo que no solemos ver muy a menudo en nuestros procedimientos jurídicos, pues este se trata de englobar todas las actuaciones en dos audiencias, la audiencia preliminar y la audiencia de juicio, es decir, que lo que se busca con este principio, es evitar la dilatación del tiempo que siempre termina afectando tanto al procedimiento como a las propias partes. El siguiente es el principio de Continuidad, el cual se basa en que mientras se esté desarrollando una audiencia, cualquiera de las dos, siempre debe existir un flujo ininterrumpido para no dejar espacios vacíos o “muertos”, para que entonces cuando se pase a la siguiente actuación, todo lo anterior ya habrá transcurrido hasta su culminación. El principio de Contradicción es sumamente interesante, pues se enfoca más que nada en las pruebas ofrecidas por ambas partes y trata de que sin importar quien haya ofrecido la prueba, tanto la parte actora como la parte demandada tienen la oportunidad y el derecho de debatirlas, esto es para que el juzgador pueda ver a grandes rasgos, las dos caras de la moneda y pueda llegar a una mejor resolución por medio de la verdad absoluta de los hechos. Y por último, el principio de Publicidad, como su nombre nos indica, se refiere a que toda persona, sin excepción alguna, pude no solo conocer el desarrollo de los hechos, si no también presenciarlos de manera personal asistiendo a las audiencias, siempre y cuando mantengan un comportamiento respetable y digno.
Muchos autores, también hablan de otros tres principios, el principio de Oportunidad, el cual está enfocado más que nada al derecho procesal penal y este mismo indica que el juzgador, por medio de este principio, debe acordar y solucionar la controversia ocasionada por la violación de la ley de la mejor forma posible; el principio de Igualdad Procesal, que se refiere a que tanto la parte actora como la parte demandada de la controversia, podrán presentar sus pruebas en igualdad de condiciones y en la misma audiencia pública en la que diera de hacerse; y el tercero, el principio de Debido Proceso Legal, que se asegura como objeto proteger y garantizar el debido cumplimiento del procedimiento del juicio por medio de las formalidades legales que lo conformen.
Ahora bien, para asegurar el correcto desempeño de las audiencias que mencionamos con anterioridad, los juicios orales cuentan con dos diferentes tipos de autoridades que intervienen, el Juez de Control o Juez de Garantías, este es quien participa primero en el desarrollo de los juicios orales, pues es quien autoriza o rechaza la aceptación y el desarrollo del asunto generado por la controversia, así como velar de manera objetiva, las medidas cautelares necesarios para proteger y que prevalezcan intactos los derechos tanto de la parte actora como de la parte demandada y demás que intervengan en el juicio. Y por otro lado, tenemos al Juez del Juicio Oral, quien se encargará de todo lo demás, siendo más específicos, este procesará el asunto en el respectivo juzgado competente, asignándole un número de expediente para facilitar su identificación, notificara a las partes y les brindara los términos necesarios para hacer valer sus derechos como manda la ley, citará a la partes para comparecer
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