Glosario De términos Jurídicos
Enviado por josscdva • 8 de Septiembre de 2014 • 348 Palabras (2 Páginas) • 189 Visitas
GLOSARIO DE TÉRMINOS DE DERECHO Y CIENCIAS PÓLITICAS
Por: Jocelyn A
ABSOLUTISMO: Es una forma de gobierno en la cual el poder reside en una única persona, a quien deben obedecer todas las demás, sin rendir cuentas al parlamento ni al pueblo. Abarcó los siglos XVI, XVII, XVIII y la primera mitad del XIX, cuando la influencia política de la nobleza declinó, aunque manteniendo el régimen feudal que mantenía su preponderancia en la sociedad de la época.
ACTA Documento escrito en el que se hace constar la relación de lo acontecido durante la celebración de una asamblea, congreso, sesión, vista judicial o reunión de cualquier naturaleza y de los acuerdos o decisiones tomados. // (Del lat. acta, pl. de actum, acto). f. Relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en una junta. || 2. Certificación, testimonio, asiento o constancia oficial de un hecho. Acta de nacimiento, de recepción.
ACTO JURÍDICO Manifestaciones de una o más voluntades que tengan por finalidad producir un efecto de derecho.
AUTOCRACIA: Designa al "Sistema de gobierno" sistema de Gobierno "Autoridad" autoridad recae sobre una sola persona sin ningún límite: el autócrata.
AGRAVIO La lesión o perjuicio que recibe una persona en sus derechos o intereses en virtud de una resolución judicial
BENEFICENCIA Virtud de realizar el bien de un modo voluntario, por motivos puros, desinteresado, absoluto del bien mismo.
BIEN JURÍDICO Todo delito recogido en el Código Penal tiene como finalidad la protección de un bien jurídico. Así, el homicidio tiene el fin de proteger el bien jurídico de la vida; el delito de detención ilegal protege el bien jurídico de la libertad; el delito de robo protege el bien jurídico de la propiedad, etc. En definitiva, encontramos que todos los bienes jurídicos que se dan en la sociedad están protegidos.
BIENES Comprende aquellas cosas susceptibles de apropiación, por ello suele distinguirse entre derechos materiales e inmateriales formando parte del patrimonio.
CADUCIDAD: Extinción de la instancia judicial porque las dos partes abandonan el ejercicio de la acción procesal.
CADUCIDAD PROCESAL Vencido el término ya señalado, caduca el derecho reconocido, por lo tanto el juez debe rechazar de plano la liquidación que le sea presentada.
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