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Historia De La Criminologia


Enviado por   •  15 de Enero de 2012  •  4.030 Palabras (17 Páginas)  •  1.997 Visitas

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Historia de la Criminologia

Periodo pre-positivista.

La escuela clásica:

Surge de la corriente científica, la afirmación de que era la conducta humana, los principios sobre los cuales descansaba el Derecho Penal Clásico, y conjuntamente la corriente política que sostenía que eran los preceptos del libre albedrío y de la responsabilidad moral los que le daban fundamento o bases a éste período.

Dicha Escuela nace como una reacción que originó un movimiento de ideas de tipo Filosófico y Políticas, las cuales fueron proclamadas por varios científicos de éstas corrientes pre positivistas, que de manera sobresaliente fueron: Giandoménico Romagnosi, en Italia, en Alemania se encontraba Pablo Anselmo Feuerbach y en Inglaterra Jeremías Bentham, iniciadores ellos, de la Escuela Penal Liberal, más tarde llamada Escuela Clásica. Se dice que quien le dio denominación a ésta Escuela fue Enrico Ferri.

La llamada Escuela Clásica Criminológica, como punto de partida de análisis del comportamiento desviado, se desarrolló sobre la idea de que todos los hombres eran libres, racionales e iguales y que podían por ello actuar responsablemente como individuos, lo cual fue desarrollado en base al período de la Ilustración; pero aun así esa responsabilidad estaba sujeta a que ese comportamiento se efectuara de un modo desviado, pero que al final, eran condiciones realmente específicas las que conducían al comportamiento realmente desviado. Se consideraba que "cualquier individuo era capaz de cometer un crimen y que no había diferencia entre una persona que respetaba la Ley o que actuaba correctamente y otra que cometía crímenes, excepto la diferencia del hecho como tal".

Explican que el centro o el basamento del análisis de la teoría de la Escuela Clásica no era el actor, sino el acto como tal. Desde este punto de vista la criminología clásica regulaba la justicia y la proporción de los castigos en cuanto al daño causado a la sociedad por ese hecho, lo cual hacia que hubiese contradicción, en ese entonces, con la práctica social de la época.

En la Escuela que estamos estudiando, la culpabilidad y por consiguiente la imputabilidad, queda un poco oscura u opacada , elemento que uno de los pensadores sobre la materia de esa época, consideró como base de la teoría al igual que la libertad que hacia responsable al hombre, dicha imputabilidad queda enfocada a un punto de vista moral es decir no hay delito si el sujeto no supo lo que hizo, la falta intencional, se apunta de manera objetiva y es por ello que esa falta consiste en la consciencia de la gente al haber realizado el acto como delito. La falta no intencional, se puede ver como un defecto en la previsión de las consecuencias que directa o indirectamente arriban al núcleo de la persona, pero que en cierto caso éste hubiera podido y debía impedirlo.

Los postulados básicos de la Escuela Clásica son los siguientes:

· El delito no es un ente de hecho sino un ente jurídico, es decir, para que existe un delito tiene que haber una violación de alguna disposición de Ley Penal

· El fundamento penal es la defensa, la justicia, la retribución jurídica sobre la base del libre albedrío y la responsabilidad moral; la imputabilidad y la culpabilidad del criminal tiene un fundamento moral y debe basarse en la culpa y el dolo.

· El sujeto de la Ley Penal es capaz de querer como ser consciente, inteligente y libre, se puede decir que el hombre es totalmente libre, para incurrir o no en un delito.

· El derecho de castigar sólo le pertenece al Estado.

· Las penas son sanciones determinadas, ciertas, aflictivas, buscan dar ejemplo, proporcionadas al daño que se ocasionó al Derecho y a la sociedad con ese delito o al peligro que se corrió por este.

· El libre albedrío debe ser aceptado como un dogma o paradigma, sin duda alguna porque él es la base de la ciencia criminal.

· El método es deductivo, lógico-abstracto y silogístico.

· El Derecho Penal es garantía de libertad, ya que como máxima función, desempeña la de moderar los abusos de la autoridad en ejercicio y en la práctica de las tareas punitivas.

El contrato social:

El contrato social es una tesis compuesta de 4 libros escrita por Rousseau que supone que todos los hombres nacen libres e iguales por naturaleza.

En su libro primero nos habla del estado originario del hombre (que había desarrollado con amplitud en el Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres), afirma que la familia “es el primer modelo de sociedad política” Rousseau argumenta contra el derecho del más fuerte: “Convengamos, pues, en que la fuerza no constituye derecho, y que únicamente se está obligado a obedecer a los poderes legítimos”. El fundamento único de toda autoridad legítima serán las convenciones. Tras una breve referencia a la guerra y la esclavitud, el Rousseau presentará su idea acerca del pacto social, que formula en los siguientes términos: “Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada miembro como parte indivisible del todo”

Rousseau distingue tres tipos de libertades: la libertad natural, que es la que se pierde tras el contrato, la libertad civil que está limitada por la voluntad general y la libertad moral, “que es la única que convierte al hombre en amo de sí mismo”. El pacto social convierte en iguales a los hombres por convención y derecho.

En su libro segundo se ocupa sobre todo del concepto de “voluntad general” (volonté générale). Al ejercicio de esta voluntad lo llama Rousseau “soberanía", destacando su inalienabilidad e indivisibilidad. También analiza las nociones de ley, que no sería otra cosa que un acto de la voluntad general, es decir, donde el pueblo sería el legislador. Rousseau hace que sea imprescindible la figura del legislador representante, que es un hombre extraordinario en el Estado.

También se establecen ciertas proporciones entre el número de habitantes, la extensión de los países. El objetivo de todo pueblo es conseguir abundancia y paz. Rousseau coincide con Aristóteles en la necesidad de una clase media, aunque en el ginebrino hay una mayor tendencia a una homogeneización. Piensa que la libertad subsiste gracias a la igualdad: Es precisamente porque la fuerza de las cosas tiende siempre a destruir la igualdad, por lo que la fuerza de la legislación debe siempre tender a mantenerla.

Al final de este Libro Rousseau distingue tres clases de leyes: políticas, civiles y criminales. También habla de una cuarta clase de leyes: los hábitos o costumbres, de las que se ocuparía en secreto

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