Hoy en día México enfrenta grandes retos en materia de seguridad pública e impartición de justicia
Enviado por marioasb11 • 29 de Septiembre de 2015 • Ensayo • 42.053 Palabras (169 Páginas) • 267 Visitas
Hoy en día México enfrenta grandes retos en materia de seguridad pública e impartición de justicia. Asimismo, existen enormes desafíos en materia de combate a la delincuencia organizada. Vivimos una situación donde el gobierno debe poner sobre la mesa reformas, herramientas eficientes de política pública, mecanismos de rendición de cuentas y la sociedad debe participar activamente, y vigilar su desempeño. Cabe señalar que también preexisten profundas problemáticas que de igual forma nos afectan e involucran como las que vive nuestro sistema de justicia penal. Un balance en términos generales le adjudica una costosa deuda histórica por la serie de injusticias, que por su forma, se han suscitado de forma sistemática. Afortunadamente, la reforma a la Constitución mexicana aprobada en el 2008, estableció un nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral, que plantea los principios relativos a la publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, es una reforma que da un giro total a la forma en que se ha venido procurando e impartiendo justicia en México desde hace décadas. Debemos aclarar que los juicios orales son sólo una parte de esta gran reforma y que el debido proceso legal, no sólo depende de los jueces, también entra la responsabilidad y competencia de las distintas autoridades que participan en un proceso penal como las policías de investigación, los peritos y el Ministerio Público, que dependen directamente del poder Ejecutivo y no del Judicial. Como todo gran cambio, sobre la marcha se van presentando grandes retos. Uno de los principales cuestionamientos que han recibido los juicios orales es que “incrementan” el número de casos de impunidad, es decir, hechos delictivos no sancionados. Un ejemplo muy significativo es el lamentable caso de Rubí Frayre. Como consecuencia de mal desempeño de la autoridad, se señala que en esta nueva forma de enjuiciamiento los delincuentes adquieren impunidad. Y que en ese sentido, el nuevo sistema desprotege a las víctimas. Pero no es cierto. Me gustaría señalar que en este caso, en principio, fue responsabilidad de la policía ministerial no realizar una adecuada investigación; después, que la sentencia de primera instancia (la absolutoria) se revirtió en la segunda (la condenatoria) en un término de 17 días; fue responsabilidad de las policías no re-aprehender al condenado; y que también fue responsabilidad de la policía no dar protección a la madre en su activismo de protesta; finalmente, es claro que el sistema acusatorio permitió conocer los pormenores del juicio y los razonamientos de los actores en el proceso, que permitió la auto corrección. Ciertamente la impunidad se traduce en la ausencia de justicia donde caen las víctimas y también en que las instituciones dejan de estar al servicio de los ciudadanos, se corrompen y no cumplen con sus fines. Pero es totalmente equivocado que a partir de errores concretos se señale que el nuevo sistema incrementa los índices de criminalidad con relación al sistema anterior, el inquisitivo. ¿Por qué? Vincular la incidencia delictiva con la eficiencia y el buen funcionamiento de un sistema penal en un país donde más del 90% de los delitos no se denuncia, es, repito, equivocado. Son delitos que quedan impunes, pero no por la mala actuación de la autoridad, independientemente del sistema que aplique, sino por su ausencia. Dos de los principales controles a la impunidad que contemplan los juicios orales es la publicidad y la existencia controles directos e indirectos al desempeño de los jueces. En el primer punto, la posibilidad de que la ciudadanía pueda presenciar una audiencia, genera en automático un mecanismo de transparencia y rendición de cuentas. En el segundo, el que sean dos figuras distintas (juez de control y juez de juicio oral) en las que recaiga la competencia jurisdiccional en la primera instancia, se logra la imparcialidad a través de pesos y contrapesos. En el sistema pasado recaía en una sola persona. Además, un control indirecto al desempeño de la actividad judicial es que en el nuevo sistema existe la posibilidad de resarcir errores judiciales frente una sentencia equivocada. Así, se va generando un historial que sirve de advertencia para que los jueces realicen bien su trabajo. Ante la falta de capacitación de los operadores, corporaciones policiacas y órganos judiciales, aunado a la deficiente concientización que arraigue la presunción de inocencia a la mentalidad de dichos actores, debemos tener más que nunca la cabeza fría para exigir mejoras y correcciones. El sistema acusatorio y los juicios orales son mejorables en la práctica, pero los principios de operación ya están establecidos. A todo acrecentamiento del poder debe corresponder un vigorizamiento de los controles, un mejoramiento de las garantías y un acentuamiento de las responsabilidades. Esto es lo que en términos generales nos ofrece esta nueva forma de hacer justicia. Más poder sustentado en la exigencia de un mejor desempeño profesional (y no a través de facultades discrecionales por parte de las policías y el Ministerio Público), más control y mejores garantías al establecer nuevas figuras que sirven de contrapesos (como son los jueces de control); y superiores responsabilidades (al permitir la libre valoración de las pruebas durante el juicio, cuya lógica no puede escapar a los hechos, las pruebas, los argumentos y las contradicciones planteadas). Estamos hablando de un nuevo sistema apegado al debido proceso legal, respetuoso de la presunción de inocencia y los derechos establecidos en instrumentos internacionales. Como se indica en la Declaración Universal de Derechos Humanos, derecho de la persona a “ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”. Es un derecho de especial importancia porque, junto con el derecho a un recurso, tutela todos los demás derechos de la persona. Para concluir, es de suma importancia enfocar los retos que está enfrentando la implementación de los juicios orales y la reforma penal. El gobierno es responsable de garantizar que dicho proceso se lleve a cabo de forma adecuada. Pero también es responsabilidad de la ciudadanía entender y vigilar esta gran transformación. Desde luego que no son justificables los errores particulares suscitados desde el nuevo sistema, pero ¿qué sucede con los costos provocados por el viejo sistema? El opaco, el discrecional, el que desprotege los derechos de la víctima, el que permite la prisión preventiva como la regla y no como la excepción, y en consecuencia, provoca la proliferación de “presuntos culpables”. Es de suma importancia ver más allá de la forma en la que se nos está planteando el tema de juicios orales y el debido proceso en México. ¿Es la solución aferrarse a un sistema rebasado e inoperante en nuestro país? Lo dudo bastante. Los retos son más amplios y el primer paso es contar con el diagnóstico adecuado, el conocimiento y el criterio suficiente para enfrentarlos, tanto por parte del gobierno como de la ciudadanía. *Presidente de Institución Renace A.B.P. Miembro de la Red de Organizaciones Civiles de Apoyo a los Juicios Orales y el Debido Proceso.
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