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IMPORTANCIA DE LA MEDICINA PREVENTIVA


Enviado por   •  5 de Mayo de 2014  •  1.872 Palabras (8 Páginas)  •  592 Visitas

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IMPORTANCIA DE LA MEDICINA PREVENTIVA

En la actualidad son muchas las personas que se realizan chequeos y análisis anuales con el objetivo de poder detectar y prevenir cualquier problema de salud. Es muy importante la medicina preventiva ya que permite detectar posibles anomalías en el estado de salud de las personas. Realizarse un reconocimiento médico anual es muy aconsejable para prevenir problemas.

A través de isegurosdesalud.com puede contratar el seguro de salud Medifiatc, el seguro médico más completo que tenemos, que incluye la medicina preventiva:

Programa de prevención del cáncer colorectal En pacientes de riesgo, según criterio del médico responsable del paciente. El programa incluye visita médica, tests y colonoscopia con sedación, en los casos de indicación médica.

Reconocimiento Médico Anual Incluye visita al médico de medicina general y analítica básica. Y visita al cardiólogo, incluyendo electrocardiograma.

Limpieza dental anual

Chequeo ginecológico anual Por asegurada, incluyendo exploración clínica, citología vaginal y mamografía.

Chequeo urológico anual A partir de los 45 años, previa autorización de la entidad, incluyendo visita, informe, ecografía renovesicoprostática, PSA y ecografía trasrectal si procede.

Plan de Salud Dental Infantil (para menores de 14 años).

Como prevenir es curar, desde isegurosdesalud.com te recomendamos que te realices un chequeo médico anual que te permita valorar tu estado de salud.

importancia de la Medicina de Familia como área de conocimiento

Al principio de la década de los años 80 comenzaron a realizarse profundos cambios en la organización y el funcionamiento de los servicios de Atención Primaria de Salud en España. En estas fechas se crearon los primeros Centros de Salud, siguiendo criterios internacionales sobre su estructura y funcionamiento, incorporando en sus equipos a médicos de familia especialmente preparados para realizar además de las funciones clínico-asistenciales, tradicionalmente realizadas en los ambulatorios por los médicos generales, tareas docentes e investigadoras. Dentro de las actividades docentes incorporadas, la formación continuada y la formación posgrado tuvieron, y tienen aún, una gran preeminencia, con presupuestos y estructuras limitadas, pero propias (1). Sin embargo, no fue sino hasta el final de los años 80 y gracias al desarrollo de los conciertos entre universidades y servicios de salud cuando la Medicina de Familia comenzó de manera casi experimental a realizar formación pregrado. En el momento actual, aunque no de forma generalizada, la medicina de familia tiene cierto reconocimiento docente en algunas universidades españolas. A pesar de lo anterior, la Medicina Familiar y Comunitaria, aún no aparece como materia académica en la normativa general de los Planes de Estudios de la Licenciatura de Medicina.

Este desfase entre la realidad de los servicios de salud y el reconocimiento académico viene condicionado por la propia idiosincrasia de la universidad española. Por un lado, las facultades de medicina comienzan a tener la necesidad docente de incorporar esta parte tan importante de la medicina que se realiza en Atención Primaria de Salud, y por otra por la rígida legislación universitaria obliga a tener reconocida académicamente la categoría de "área de conocimiento" para ser materia universitaria de pleno derecho (1).

La situación en algunas Facultades de Medicina en España ha permitido incorporar de forma obligatoria rotaciones en centros de salud con médicos de familia. Ha comenzado un tímido proceso de reconocimiento académico de la Medicina de Familia mediante su inclusión como asignaturas optativas (Universidades de Valladolid, Autónoma de Madrid, Autónoma de Barcelona, Santiago y Zaragoza), y obligatorias de universidad (Universidad de Sevilla). Sin embargo, su reconocimiento como "área de conocimiento" supondría la obligación de asumir esta docencia en todas las facultades de España, independientemente otras consideraciones de tipo local.

Tiene una especial relevancia la asignatura obligatoria de universidad denominada "Medicina Familiar y Comunitaria" de la Universidad de Sevilla(2). Su inclusión en el Plan de Estudios de esta facultad, publicado en el año 1995, le ha permitido incorporarse al numeroso grupo de facultades de medicina, de los países más desarrollados académicamente, incluyendo la Medicina de Familia como una asignatura universitaria. Este hecho le establece un perfil profesional específico a sus alumnos, pues todos aprenderán contenidos, habilidades y actitudes de Medicina de Familia. Su reconocimiento implica, de alguna manera, asumir: la consolidación del carácter académico de la Medicina de Familia; el carácter de generalidad básica de la asignatura, por el que cualquier especialista debe recibir en su formación básica una visión global del enfermo, sabiendo valorar los componentes psicológicos y sociales de sus problemas, además de los físicos, etc.; y finalmente, la actualización y adecuación de los contenidos académicos, del Plan de Estudios, a la realidad científica y profesional.

Sin embargo, aún es necesario precisar muchas cuestiones de tipo conceptual. Así, de manera genérica, se puede afirmar que la Medicina de Familia tiene carácter de disciplina académica porque sus profesionales tienen consensuados y definidos los problemas de salud que son su campo de trabajo, y poseen los conocimientos, las habilidades y las actitudes que les permiten resolverlos. Los médicos de familia tienen una experiencia común de los problemas clínicos más frecuentes que asisten, una metodología de trabajo homogénea y acuerdos sobre los aspectos de su trabajo que requieren investigación(3).

No obstante, por consideraciones académicas, legislación universitaria establece otros criterios (Tabla 1). De entrada considera legalmente que los Departamentos son los encargados de organizar y desarrollar la investigación y las enseñanzas propias de su respectiva parcela del saber. De esta manera incorporan el concepto y lo hacen el verdadero pilar académico, denominándolas como "área de conocimiento"(4,5). Una vez reconocido por la Universidad este carácter, su incorporación a las actividades académicas es automática. La norma que regula las áreas de conocimiento es el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre. El órgano encargado de determinar qué materias se considerarán áreas de conocimiento específicas, es el denominado Consejo de Universidades. En la actualidad se encuentran vigentes las "áreas de conocimiento" establecidas en el Anexo del Real Decreto 1888/1984(6).

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