INFORMÁTICA JURÍDICA EN UNA FACULTAD DE DERECHO APLICADA COMO ENSEÑANZA
Enviado por cdserdna • 4 de Octubre de 2011 • 7.912 Palabras (32 Páginas) • 1.002 Visitas
INFORMÁTICA JURÍDICA EN UNA FACULTAD DE DERECHO APLICADA COMO ENSEÑANZA
. INTRODUCCION
Estamos culminando, en lo académico, un evento que ha concitado el interés de un público ávido por conocer más acerca de esta disciplina denominada "Informática Jurídica", un área de realizaciones pero también de estudio, enseñanza e investigación, la que -por razones obvias- no tiene aún el peso y la decantación de otras disciplinas más tradicionales o antiguas. Al menos así ocurre en nuestro país, sin perjuicio de todo lo positivo que se viene realizando en pos de cambiar esta situación.
No parece desdeñable en este momento intentar aportar una visión de lo que puede, o de lo que debe -incluso-, esperarse de una Facultad de Derecho, en torno a estos quehaceres intelectuales y prácticos, los que de una forma u otra se vinculan y sirven a prácticamente cualquier sector y necesidad del mundo jurídico, en forma progresiva y cada vez más ostensible.
Una primera constatación emerge de lo dicho. La Informática Jurídica (luego veremos que se puede hablar de ella en más de un sentido) es prácticamente una necesidad irrenunciable en el mundo actual. Estamos refiriendo al mundo que hace y administra nuestras operaciones de tipo jurídico (llámese Parlamento, Poder Judicial, Registro Público, Administración Pública en general, los estudios profesionales, la propia Facultad, etc.). Pero también abarcamos, dentro de esta necesidad de avances y perfeccionamientos, al cuerpo regulador del fenómeno informático, desde el punto de vista aquí sí estrictamente jurídico en todas sus facetas, ya sea a través de la norma de derecho positivo, o bien por medio de la fuente inspiradora de la doctrina y la jurisprudencia. No ha sido este último el perfil imaginado para el Simposio que está culminando, lo cual no significa que no haya estado presente en múltiples ocasiones, durante sus sesiones de trabajo del Simposio, la problemática jurídica que plantea la sociedad de la información, a través de la muy variada gama de cuestiones de vida afectadas por la revolución informático-telemática, así como sus correspondientes retos y soluciones -cuando las hay- del punto de vista jurídico. La Informática aplicada al Derecho y el Derecho de la Informática tienen numerosas zonas de confluencia, pero son -de principio- asuntos diferentes. No ignoramos, pues, la necesidad de dedicaciones puntuales también en este terreno. Se trata, simplemente de adoptar una óptica de especialización como para intentar hacer cosas con mejores perspectivas de profundidad y calidad.
Estas necesidades a las que estamos refiriendo, agregamos, resultan mayormente sentidas para muchos de nosotros. En las postrimerías del siglo y del milenio que nos toca vivir, el abanico de las tecnologías informáticas parece haberse instalado definitivamente, con toda su dinámica y su mudanza continuas, dentro de la mayor parte de las actividades intelectivas y gestionarias del ser humano. ¿Cómo suponer, entonces, que el Derecho pueda quedar ajeno a esta dinámica? ¿Acaso los problemas y desafíos que plantea la sociedad de la información a las normas de conducta podremos pasarlos de costado? ¿Acaso las herramientas versátiles y correctamente adaptadas a nuestra operativa de hombres y mujeres con formación y actuación jurídicas serán construídas y aquilatadas sin siquiera nuestra opinión? ¿Acaso los Poderes e Instituciones del Estado podrán seguir sumidos en una suerte de indefinición, o de apuesta tibia, a medias, en cuanto a las Tecnologías de la Información y la Comunicación?. Hemos visto en este Simposio desarrollos espectaculares de España en estos terrenos. Asumidos con clara visión de lo que se debe hacer y de cómo hacerlo. Y no es que nosotros no tengamos nada. Simplemente señalo, en mi modesta opinión, como uruguayo y profesional del Derecho dedicado a la Informática Jurídica desde una decena de años, que se podría tomar buena nota de todas estas enseñanzas que nos acaban de dejar nuestros amigos españoles. Y apoyarnos en ellas para pegar algunos "saltos cualitativos". Pero sobre ésto de los "saltos cualitativos" hablaremos más luego.
En definitiva, todas estas interrogantes tienen clara respuesta a nuestro entender. El que no quiera verlas allá él. El Simposio ha mostrado, una vez más, que el hombre del Derecho debe tomar parte en este camino constructivo. Con mayores o menores dedicaciones, pero nunca aislarse. No pensar que ésto le es ajeno. No serán otros, sino en todo caso él, de consuno con otros, los que deberán ir construyendo estas alternativas para la sociedad de hoy y del mañana. Porque, insistimos, es la "sociedad tecnológica" la que estamos viviendo. Tomemos real conciencia de ello y vivámosla con la mayor plenitud posible. Son cuestiones que atañen a todos.
Con ésto, no estamos diciendo que TODO profesional o especialista en Derecho deba convertirse en alguien especializado a su vez en los problemas que presenta la Informática al Derecho, o en aquellos estudios y desarrollos que sirven para aplicar la Informática a la ciencia y la tarea jurídicas. Pero sí decimos, y muy claramente, dos cosas:
Primero: Que el profesional o especialista en Derecho debe estar, sí, en condiciones de individualizar y conocer los problemas jurídicos que derivan del uso y difusión de las Tecnologías Informáticas y de la Comunicación, así como también adquirir una cierta formación y destreza básicas en algunas aplicaciones de ese tenor, cada vez más insustituíbles para el desempeño correcto y potenciado de su actividad profesional.
Segundo: Que ALGUNOS de esos profesionales o especialistas (todos los que se sientan vocacionalmente inclinados, por supuesto) pueden asignarle mayor dedicación y profundización a la totalidad o parte de esta materia denominada genéricamente Informática Jurídica, como manera de ir dando respuestas concientes y lo más esclarecedoras posibles a todo esa plétora de necesidades y posibilidades. Como siempre se postulan, pues, las soluciones desde adentro, desde la propia área involucrada, que no es otra que el área jurídica. Es ella la que debe marcar el norte del proceso, y buscar los debidos acoplamientos e interacciones con otras disciplinas en pos de los objetivos buscados.
Nuestra exposición de aquí en más se dividirá en tres partes, describiendo en primer lugar los fundamentos de tipo epistemológico que hacen a la disciplina, es decir su razón de ser para algunos de los autores más representativos -a nuestro juicio- que se han ocupado de esclarecer este punto (II). Luego expondremos acerca de los distintos campos de investigación en los que es dable transitar dentro de la llamada Informática Jurídica en sentido estricto, es decir, dejando
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