INTRODUCCIÓN A LA CRIMINOLOGÍA. PRÁCTICA
Enviado por neyodiana • 8 de Febrero de 2016 • Práctica o problema • 1.156 Palabras (5 Páginas) • 276 Visitas
PRÁCTICA Nº 5. INTRODUCCIÓN A LA CRIMINOLOGÍA.
La imagen corresponde a una de las pinturas neoclasicistas más famosas e importantes de la Revolución Francesa, La Muerte de Marat, siendo además una de las grandísimas obras realizadas por Jacques-Louis David en 1973.
Como se puede apreciar en la imagen, aparece Jean- Paul Marat, uno de los líderes del club jacobino de París, yacente en la bañera en la que se daba baños terapéuticos debido a una enfermedad cutánea y en la que aprovechaba para escribir sus cartas que mandaron a la guillotina a tantas personas, para ello tenia un cajón colocado atravesando la bañera, encima el tintero y algunas hojas. Su muerte no se debe a dicha enfermedad, sino que fue asesinado por Charlotte Corday, la cual estaba obsesionada con matar a Marat con el objetivo de “salvar a Francia”. La joven noble era fiel seguidora de de los girondinos y siguiendo sus ideales, mantenía firmemente su pensamiento de que tanto la muerte de muchos amigos, incluido su esposo, como la instauración del Terror fue culpa de los jacobinos.
Corday entró en la casa del revolucionario, insistiendo en que quería verle ya que hizo creer a Marat que tenía información que cambiaria su vida y la de Francia, por ello decidió atenderla. La joven aristócrata le ofreció un listado de nombres, todos enemigos de Francia y Marat agradecido le dijo que en menos de 8 días serían todos guillotinados. Pero esto tan solo era una escusa de Charlotte para asesinarle; le asestó una puñalada que le alcanzó el corazón con un cuchillo el cual se puede apreciar en la imagen, situado en el suelo y ya ensangrentado. Se puede observar como todavía sostiene con su mano izquierda el papel que utilizó su asesina para entrar en la habitación, en él se puede leer con claridad: "13 de Julio de 1793". De Marie Anne Charlotte Corday al ciudadano Marat: la terrible desgracia que tengo me da derecho a pedir vuestra amabilidad..." La mujer fue apresada por los amigos de Marat y fue condenada a ser guillotinada 4 días después del asesinato.
Este recurso lo veo relacionado con el capítulo 2 del temario, La ilustración, la Revolución y sus repercusiones sobre el pensamiento criminológico, introducido en el epígrafe 5: el penalismo ilustrado, racionalista o clásico.
Es aquí donde los penalistas ilustrados pretendían racionalizar el castigo, para que actuara a la vez como instrumento estatal y como límite al Estado en protección del ciudadano. Se observa la aplicación al campo penal de la teoría del contrato y un esfuerzo para definir la justificación y finalidad del castigo estatal.
Otra aspiración reflejada en el penalismo ilustrado era la de englobar al delito y a la pena como problemáticas jurídicas relacionadas entre sí.
Los castigos, para demostrar el suficiente poder, debían demostrar que no se trataba de un ejercicio parcial ni autoritario o desmesurado, a los ojos del público. Tenían que demostrar algo lógico y racional, con finalidad conveniente para todos. De esta manera intentaban mostrar que el castigo era una consecuencia natural en la que no intervienen las pasiones sino las razones.
Estas ideas fueron manifestadas por unos pensadores verdaderamente revolucionarios. En el siglo XVIII las reflexiones de los pensadores sobre estas ideas provocaron que algunos autores plantearan la ilegalidad del propio contrato y del poder punitivo.
Un autor a destacar es Jean-Paul Marat, quien se encargó de formular una crítica a la idea contractualista de la pena desde la perfección lógica de la propia idea.
Para Marat la pena más lógica era la talional, dicho sistema establece la proporción entre el daño sufrido y la pena a aplicar; es decir que establece que la pena debe ser igual al daño sufrido por la víctima. De ahí surge la conocida enunciación: ‘ojo por ojo, diente por diente’. Conforme a esto, si alguien cortaba una mano a otra persona, la pena consistiría en que se le cortara una mano al autor del daño. Con los delitos que no producían daño físico, se adoptaba otro tipo de castigo. Así, por ejemplo, si alguien robaba a otro, el castigo no consistía en que se le robara a él, sino en que se le cortaran las manos; del mismo modo, al que incurría en calumnias, injurias o falso testimonio, se le cortaba la lengua.
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