Inconstitucionalidad De Los Derechos De Alumbrado Publico
Enviado por sscsam • 25 de Mayo de 2015 • 695 Palabras (3 Páginas) • 384 Visitas
TEMA
LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO A LOS DERECHOS DE ALUMBRADO PÚBLICO (DAP) Y SU PERMANENCIA EN EL ESTADO DE MICHOACAN.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El Impuesto a los Derechos de Alumbrado publico (Dap) establecido en la ley de ingresos del Municipio de Morelia Michoacán año tras año, es un impuesto y no un derecho como su nombre lo indica, por consiguiente puede ser considerado incostitucional al darse una invasión de facultades federales, establecidas en el artículo 73 fracción X y XXIX-A. Inciso 5 Subinciso a) ambos de la Constitución Federal.
OBJETIVO GENERAL
En el desarrollo de esta investigación buscaremos probar que el impuesto a los Derechos de Alumbrado Publico (Dap) viola los principios jurídicos de Legalidad Tributaria, Proporcionalidad, Equidad Tributaria previstos en los artículos 14 y 31 fracción cuarta, a si como la invasión de facultades federales establecidas en el artículo 73 fracción X y XXIX-A. Inciso 5 Subinciso a) ambos de la Constitución Federal.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.- Realizar un análisis comparativo de los conceptos de impuestos y Derechos contenido en el Código Fiscal de la Federación y en Código Fiscal del Estado de Michoacán,
2.- Realizar un análisis comparativo de los principios jurídicos de Legalidad Tributaria, Proporcionalidad, Equidad Tributaria, y los elementos contenidos en el impuesto a los Derechos de Alumbrado Público,
3.- Realizar un análisis comparativo de las facultades Federales y Estatales que consagra la Constitución Federal.
OBJETIVO PARTICULAR
Una vez demostrado la violación a los principios jurídicos y acreditada la invasión de facultades, plantear una posible alternativa de solución a la problemática jurídica.
JUSTIFICACION DEL TEMA
La facultad que tiene el Estado para establecer contribuciones es indiscutible, lo que merece un análisis a fondo es la facultad que tiene cada nivel de gobierno para establecer determinados impuestos, lo que provoca que se violente nuestro sistema jurídico mexicano al no cumplir o invadir facultades de los poderes de la unión.
En nuestro estado, los 113 municipios que lo integran, todos tienen dentro de su ley de ingresos la aprobación de este impuesto municipal, con pleno conocimiento de su inconstitucionalidad el congreso del Estado sigue Publicado dicha Ley.
Sin embargo, al día de hoy eso no ha servido como una justificación jurídica para que desaparezca o deje de legislar nuestros diputados este impuesto, puesto que desde su creación en el año________, que se esta cobrando en nuestro Estado, debido a la aceptación tacita de la sociedad que ha venido haciendo puesto que el costo beneficio no es rentable, debido al cobro que se le hace ha una familia viene siendo un aproximado de _________, bimestralmente y anualmente se convierte en un aproximado_____________,
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