Indice De Adecuacion De Capital
Enviado por lamitabuena • 2 de Agosto de 2011 • 608 Palabras (3 Páginas) • 2.641 Visitas
Tipos de riesgo y enfoques en materia de adecuación del capital
El importe de capital del que deben disponer las empresas de inversión se evalúa en función del tipo de riesgo. Los riesgos contemplados son el riesgo de crédito, los riesgos de mercado y los riesgos operativos. Si bien la Directiva 2006/48/CE se refiere a los riegos de crédito y a los riesgos operativos, la Directiva 2006/49/CE establece normas comunes con respecto a los riesgos de mercado a los que están expuestas las empresas de inversión y las entidades de crédito. Además, la Directiva aquí reseñada instaura normas complementarias para la supervisión de los riesgos de mercado y de los riesgos operativos.
Adecuación del capital
Las empresas de inversión y las entidades de crédito deben disponer de un capital mínimo de 125000 euros, cuando:
•mantengan fondos y/o valores de sus clientes;
•se encarguen de la recepción, la transmisión y la ejecución de las órdenes de los inversores;
•gestionen carteras de inversión en instrumentos financieros.
Todas las demás empresas de inversión deben contar con un capital inicial de 730000 euros. Se prevén excepciones a los requisitos de capital en algunos casos que se especifican, a fin de tomar en consideración los distintos tipos de empresas de inversión y el tipo de operaciones que efectúen.
La Directiva establece un requisito básico en virtud del cual cada empresa de inversión estará obligada a mantener un volumen de capital equivalente a la cuarta parte de sus gastos generales del año anterior. Este requisito tiene por objeto:
•asegurar la cobertura de todos los demás riesgos a los que está expuesta una empresa de inversión, como pueden ser el riesgo de que se derrumben los mercados y de que sus ingresos en concepto de corretaje desciendan hasta un nivel insuficiente para cubrir sus gastos;
•salvaguardar de forma permanente la solidez financiera de dichas empresas; se establecen requisitos de capital para cubrir los riesgos de mercado a los que están expuestas.
Las empresas de inversión y las entidades de crédito estarán obligadas a evaluar diariamente sus posiciones a precios de mercado. Asimismo, proporcionarán a las autoridades competentes del Estado miembro de origen toda la información necesaria para que éstas puedan comprobar que se respetan las normas contenidas en la Directiva.
Cartera de negociación
El concepto de «cartera de negociación» abarca las posiciones en valores y otros instrumentos financieros mantenidos con fines de negociación y sujetos principalmente a los riesgos de mercado y a otros riesgos relacionados con determinados servicios financieros prestados a los clientes.
El primer requisito afecta al riesgo de posición. En virtud de las normas propuestas, cada empresa
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