Informacion Ad Perpetuam
Enviado por elgogo1 • 28 de Mayo de 2014 • 674 Palabras (3 Páginas) • 477 Visitas
EC. MAGISTRADO DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO.
DISTRITO 44 CON RESIDENCIA EN LA
CIUDAD DE CHETUMAL, QUINTANA ROO.
P R E S E N T E.-
JULIO GARCIA MONTALVO, mexicano, mayor de edad, casado, comerciante, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el que se ubica en Av. 5 de Mayo numero 42-B, entre Othon P. Blanco y Álvaro Obregón, colonia Centro C.P. 77000 y autorizando para tales efectos a los C. Lic. Alfredoxxxxxx, respetuosamente comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito y por mis propios derechos ocurro a promover en la vía de jurisdicción voluntaria ad perpetuam, con el objeto de acreditar en los términos de los artículos 165 de la Ley Agraria y 18 fracción II de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, que he poseído el bien inmueble presuntamente nacional al que me referiré, por el tiempo y las condiciones exigidas para acreditar derechos agrarios, y por ende se me deben tutelar en los términos de la ley agraria respecto al mismo.
Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
HECHOS.
I.- Que ocupo el predio nacional denominado JULIO GARCIA MONTALVO el cual tiene una superficie de 02-09-85.742 hectáreas, y cuenta con las siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE 430.765 metros con predio “SANTA ROSA” de LUIS ANTONIO BASTO ACOSTA.
AL SUR 428.691 metros con predio “HIPOLITO” de HIPOLITO NUÑEZ LORIA.
AL ESTE 50.00 metros con Zona Federal Marítima.
AL OESTE 50.00 metros con Terreno Nacional.
Tal y como se demuestra con el plano con coordenadas UTM que se adjunta a la presente.
II.- Desde la fecha que ocupo el inmueble propiedad de la nación me he dedique a fomentarlo y tal posesión a sido con el carácter de publica, pacifica y continua, así como de buena fe, y en consecuencia tengo a mi favor derechos agrario adquiridos.
III.- En el año 2008, se solicito a la entonces Secretaria de la Reforma Agraria la enajenación del terreno presuntamente nacional tal y como lo marca el procedimiento de enajenación de terrenos nacionales fuera de subasta, el cual quedo radicado con el numero de expediente 724/2008, con el fin de cumplir lo dispuesto por el reglamento de la Ley Agraria en el capitulo de Ordenamiento de la propiedad rural, es por lo que promuevo la presente diligencia de jurisdicción voluntaria para que me sean reconocidos mis derechos agrarios mediante resolución judicial para poder tener la seguridad de la tenencia del inmueble presuntamente nacional.
DERECHO.
I.- Son aplicables en cuanto al fondo, los artículos 165 de la Ley Agraria,
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