Información Arrendamiento Operativo en Función Financiera de entre y Agrileasing Latinoamericano Sociedad Anónima
Enviado por Keilyn0498 • 31 de Mayo de 2017 • Documentos de Investigación • 5.514 Palabras (23 Páginas) • 531 Visitas
Información Arrendamiento Operativo en Función Financiera de entre y Agrileasing Latinoamericano Sociedad Anónima.
Cliente: | |
Fecha de inicio: | 15 de del 201 |
Fecha de finalización: | 15 de del 201 |
Número de contrato | CR-AL0 |
Número de meses: | |
Depósito en garantía: | ₡ |
Renta Proporcional | ₡ |
Arrendamiento mensual: | ₡ |
Fecha de pago: | 15 de mes vencido |
Cuenta donde hacer el depósito: | Banco Nacional: Colones: 100-01-000-215904-4 Cuenta cliente Colones: 15100010012159041 Bac San José: Colones: 912350550 Cuenta cliente colones: 10200009123505501 |
Nombre de la cuenta: | Agrileasing Latinoamericano S. A. |
Promesa de venta al final: | ₡ |
Cartago, de de 201.
Información Arrendamiento Operativo en Función Financiera de entre y Agrileasing Latinoamericano Sociedad Anónima.
Entre nosotros, AGRILEASING LATINOAMERICANO, S.A., una sociedad anónima constituida, organizada y existente de conformidad con las Leyes de la República de Costa Rica, con domicilio social en Cartago, Costa Rica, y oficinas en Edificio Terra Campus Corporativo, contiguo al Centro Comercial Terramall, tercer piso, con cédula de persona jurídica emitida por el Departamento de Cedulación del Registro Público de la República de Costa Rica, número TRES –CIENTO UNO –TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO, representada en este acto por su PRESIDENTE, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, señor ALEJANDRO DEUTSCHMANN SAMAYOA, quien es de nacionalidad guatemalteca, mayor de edad, soltero, Ingeniero Mecánico Industrial, Máster en Administración de Negocios, vecino de Curridabat, con cédula de residencia número UNO TRES DOS CERO CERO CERO CERO OCHO CINCO SEIS UNO CINCO; personería que se encuentra inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo quinientos cuarenta y cinco, asiento dieciséis mil ochocientos ochenta, consecutivo uno, por una parte; y por la otra parte, el señor , de nacionalidad , mayor de edad, (ESTADO CIVIL), (OCUPACIÓN), vecino de (PROVINCIA), (CANTÓN), (DISTRITO), (DIRECCIÓN EXACTA), portador de la cédula de identidad: ( ), se establece como domicilio contractual para atender notificaciones al tenor de lo establecido en el artículo cuatro de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales.
- CONSIDERANDO:
- Que de conformidad con la cláusula “CUARTA” del Pacto Social de AGRILEASING LATINOAMERICANO SOCIEDAD ANÓNIMA el objeto principal de ésta es el arrendamiento de diversos tipos de bienes muebles e inmuebles.
- Que , está interesada en tomar en arrendamiento a AGRILEASING LATINOAMERICANO SOCIEDAD ANÓNIMA los bienes que se describen en la CLAUSULA SEGUNDA de este contrato; y
- Que AGRILEASING LATINOAMERICANO SOCIEDAD ANÓNIMA está interesado en arrendarle a , los citados bienes.
POR TANTO:
En esta fecha y mediante plena manifestación de voluntad AGRILEASING LATINOAMERICANO SOCIEDAD ANÓNIMA y , convenimos en celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO OPERATIVO EN FUNCION FINANCIERA, el cual se regirá por las disposiciones del Ordenamiento Jurídico vigente de la República de Costa Rica y en especial por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Para los efectos de este contrato AGRILEASING LATINOAMERICANO SOCIEDAD ANÓNIMA se denominará indistintamente “ARRENDADORA” o AGRILEASING LATINOAMERICANO SOCIEDAD ANÓNIMA, y se denominará indistintamente “ARRENDATARIA” o .
SEGUNDA: La Arrendadora es dueña de los bienes que se describen en detalle en el ANEXO I que en este acto firman tanto la ARRENDADORA como la ARRENDATARIA. Dicho ANEXO I se adjunta a este contrato y forma parte integral del mismo. Con el fin de incluir o excluir determinados bienes, el citado ANEXO I podrá modificarse de mutuo acuerdo entre la ARRENDADORA y la ARRENDATARIA, debiendo toda modificación hacerse constar por escrito que firmarán tanto la ARRENDADORA así como la ARRENDATARIA. En el momento que se modifique el ANEXO I, la ARRENDATARIA deberá firmar en conjunto con la ARRENDADORA, la modificación correspondiente a la cláusula “QUINTA” de este contrato de arrendamiento, referente al precio mensual de arrendamiento que establezca la ARRENDADORA en el evento de que a juicio de la ARRENDADORA y con ocasión de la inclusión o exclusión deba variar el precio mensual del arrendamiento. Dicha modificación a la cláusula “QUINTA” de este contrato de Arrendamiento deberá, en todo caso, hacerse constar por escrito que firmarán tanto la ARRENDADORA como la ARRENDATARIA.
TERCERA: La ARRENDADORA está de acuerdo en dar en arrendamiento a la ARRENDATARIA y la vez ésta, está de acuerdo en tomar en arrendamiento los bienes citados en la cláusula “SEGUNDA” inmediata anterior, recibiendo la ARRENDATARIA en este acto los bienes a su entera satisfacción. Dichos bienes los mantendrá la ARRENDATARIA en el territorio nacional, necesitándose autorización previa y por escrito de parte de la ARRENDADORA para que la ARRENDATARIA pueda trasladar dichos bienes a otro lugar diferente del antes indicado, siempre bajo la única responsabilidad de la ARRENDATARIA.
...