“Institutos dogmáticos de la imputación objetiva”
Enviado por anais898 • 12 de Julio de 2020 • Monografía • 3.761 Palabras (16 Páginas) • 228 Visitas
““Año de la universalización de la salud””
Universidad José Carlos Mariátegui
Facultad de Ciencias Jurídicas, Empresariales y Pedagógicas[pic 2]
Carrera Profesional - Derecho
Modalidad Presencial
Curso: Litigacion oral
“Institutos dogmáticos de la imputación objetiva”
Integrantes:
- Mamani Nina, Ana Isabel
Profesor:
Dr. Jesus Salvador Paredes Amanqui
Fecha de entrega:
Viernes, 26/06/20
Moquegua 2020
Dedicatoria:
A Dios como ser supremo y creador nuestro
y de todo lo que nos rodea y por habernos
dado la inteligencia, paciencia y ser nuestro
guía en nuestras vidas .
A nuestros padres, que siempre han estado
ahí para nosotros y brindándonos su apoyo.
Agradecimiento:
Primero antes de nada le agradezco
A Dios, por estar con nosotros en cada
paso que damos.
INDICE
INTRODUCCION1
CAPITULO I 2
Concepto de los Institutos dogmáticos de la imputación objetiva………………………………....2
CAPITULO II 3
INSTITUTOS DOGMÁTICOS DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DESDE UN ENFOQUE NORMATIVISTA3
Riesgo Permitido…………………………………………………………………………………………………………….3
Principio de Confianza……………………………………………………………………………………………………5
Prohibición de regreso…………………………………………………………………………………………………..6
La imputación en el ámbito de responsabilidad……………………………………………………………..8
Conclusiones………………………………………………………………………………………………………………10
Bibliografía…………………………………………………………………………………………………………………11
INTRODUCCIÓN
Esta teoría comporta una construcción dogmática en constante desarrollo y perfeccionamiento, por lo que ha atravesado una serie de fases en la discusión científica. Si cabe individualizar de modo simplificado su origen se podría decir que la imputación objetiva nace como una respuesta racional frente a las formulaciones dogmáticas de signo naturalista, las cuales partían de una base ontológica y, por lo tanto, ajena completamente a la ciencia jurídico-penal.
En tal sentido, se va desarrollar las diferentes instituciones dogmáticas de la imputación objetiva, entendiendo a la teoría de la imputación objetiva a inicios del siglo pasado era un producto de una progresiva tendencia a la normalización de la teoría del tipo. Actualmente en nuestra realidad lo que busca la imputación objetiva a través de sus diferentes filtros normativos es poder interpretar un determinado comportamiento en su respectivo contexto social para poder así establecer si el mismo tiene objeto delictivo.
CAPITULO I
- Concepto de los Institutos dogmáticos de la imputación objetiva
Debemos primero definir que es la “dogmática” en su contenido ideológico o su complejidad, porque hablar de instituciones dogmáticas.
En primer lugar, se debe señalar que la dogmática es un instrumento de los juristas para alcanzar una aplicación racional de las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la igualdad en la aplicación de las mismas. El objeto de la dogmática es el derecho positivo (derechos que imponen obligaciones) y por ultimo señalar que toda dogmática comienza por reconocer que la ley aplicable tiene el carácter de dogma. Esto quiere decir que como tal la ley no puede ser puesta en duda.
En segundo lugar debemos definir la imputación objetiva es el resultado delictivo de una acción o conducta que crea un peligro no permitido por la ley.
Es por esta razón, la conducta imputable sólo puede ser obra de la persona en Derecho esto es, aquella que se desarrolla e interacciona en base a un papel concreto en la sociedad. Es por ello que resulta necesario referirse a continuación al rol social como criterio normativo básico para la atribución de responsabilidad jurídico-penal. En tal sentido, los institutos dogmáticos establecen los presupuestos imputables y consecuencias del resultado de una conducta no permitida por la ley, que es realizada por un sujeto de derecho.
La virtualidad dogmática de cada una de estas instituciones es la de establecer el carácter defraudatorio de expectativas normativas y con ello la tipicidad de la conducta, si es que al final del análisis sistemático a realizarse de la mano de los criterios normativos en mención ninguno de ellos encuentra cabida, deberá afirmarse finalmente la tipicidad del comportamiento enjuiciado. Todo ello resulta congruente con los fines que persigue el propio Derecho penal, pues no cabe duda de que los principios de la imputación objetiva surgen de la finalidad de garantizar expectativas normativas de comportamiento
CAPITULO II
- INSTITUTOS DOGMÁTICOS DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DESDE UN ENFOQUE NORMATIVISTA
- Riesgo Permitido
El riesgo permitido es considerado, en el marco de la moderna teoría de la imputación objetiva, como un instituto dogmático liberador de la responsabilidad penal, que permite distinguir entre las conductas inmersas en el tipo penal y las que han de quedar fuera de su alcance, aun cuando hayan producido causalmente el resultado lesivo. Su fundamento reside en los riesgos ínsitos en toda interacción social, por más cotidiana o inofensiva que ésta parezca. Por ello, es acertado afirmar que una sociedad sin riesgos no es posible y que, sin embargo, no por tal razón se plantea siquiera la posibilidad de renunciar a ella o a la realización de algunas actividades que, aunque riesgosas, son necesarias para la convivencia y el funcionamiento de la sociedad actual. En suma, «no toda creación de un riesgo del resultado puede ser objeto de una prohibición del Derecho penal, pues ello significaría una limitación intolerable de la libertad de acción.
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