Investigación sobre los orígenes y antecedentes del Derecho Civil
Enviado por mlilianac1486 • 15 de Febrero de 2016 • Informe • 795 Palabras (4 Páginas) • 373 Visitas
Tarea 1
Investigación sobre los orígenes y antecedentes del Derecho Civil, tomando como punto de referencia la ley XII tablas y culminando con el avance del Derecho Civil en nuestro país hasta la promulgación del Actual Código Civil.
R.- Surge como fuente formal en la época de la República Romana “Los pobre y oprimidos mejoraron su suerte a partir de la retirada de Monte Sacro, opero mientras Roma no instaurase leyes escritas, y sus cónsules y magistrados patricios administrasen justicia según costumbres antiguas que solo ellos conocían. La vida y los bienes de la plebe no estarían seguros. Varias veces se intento redactar leyes, pero en vano. Después dice Tito Libio, fueron enviados a Atenas tres hombres con la misión de recopilar las celebres leyes de solón y reunir informes sobre las instituciones, costumbres y usos de los demás estados griegos. Regresaron a Roma después de dos años de ausencia. Se nombro entonces, por un periodo de una año, a diez hombres llamados “decemviros” para redactar leyes. Durante este año no se nombro a ningún otro funcionario. La asamblea popular acepto en el foro de las leyes de los decenviros y su texto fue grabado sobre doce tablas de bronce.
Las tablas I y II se refieren a la organización y procedimiento judicial; la III sobre los deudores insolventes; la IV regula la patria potestad; la V la tutela y curatela; la VI el derecho de propiedad; la VII las servidumbres; la VIII cuestiones penales, la IX el derecho público y las relaciones con el enemigo, la X el derecho sagrado; las tablas XI y XII complementan las anteriores.
El año 450 a.C., indica el nacimiento del derecho civil, l publicarse en roma, las XII Tablas.
De esta producción jurídica, únicamente se tiene referencia indirecta, y aun cuando. En general, regula cuestiones de materia civil, sin precisión al respecto, además de ser catalogadas como compilaciones.
El heroico Código Civil de 1831 que estuvo vigente hasta el 1ro de abril de 1976, con sus luces y sombras, tuvo la característica de ser un instrumento jurídico que contribuyó desde los inicios de la República a moldear y luego consolidar importantes instituciones jurídicas del Derecho Civil.
Las modificaciones introducidas a ese cuerpo legal que fundamentalmente se dieron por la Convención Nacional de 1880, involucraron en una primera etapa una adecuación a la realidad jurídica boliviana luego de su adaptación del Código fuente que como sabemos fue el Código Civil Francés de 1804, más conocido como Código Napoleón.
Ciertamente entre los civilistas, no solamente de hoy sino del pasado, existió y existe una preocupación de encontrar o darle a nuestro Código Civil el contenido propio de un Derecho Civil auténticamente boliviano, pero, desde mi punto de vista, esto se ha cumplido sólo de manera parcial. En efecto, no obstante los buenos esfuerzos que se hicieron para modificar el Código Civil a través de distintos proyectos, unos muy bien fundados y otros con avances futuristas (caso Ángel Ossorio y Gallardo), éstos no tuvieron la acogida necesaria para que podamos contar con un nuevo Código Civil, por diversas razones que obedecen principalmente a la voluntad política. A esto se suma aquella escisión no justificada plenamente, desde mi particular punto de vista, de toda la materia mutilada del Derecho de Familia a un cuerpo separado.
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