Judicial en el estado de Мorelos
Enviado por yusimi87 • 16 de Noviembre de 2013 • Trabajo • 1.244 Palabras (5 Páginas) • 404 Visitas
JUDICIAL EN EL ESTADO DE MORELOS.
P R E S E N T E:
C. BERTHA GONZÁLEZ PÉREZ, por mi propio derecho señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Las Palmas 3, Colonia Centro de Cuernavaca Morelos, autorizando para los mismos efectos a las CC. Cristina Sánchez Giles y Carlos Pérez Rosas designando como mi abogado patrono al Licenciado Juan Rivera Nieto, ante Usted respetuosamente comparezco a promover:
Por este medio en la vía de JUICIO ESPECIAL DE DESAHUCIO vengo a demandar a los CC. VIRGINIA MARINA CARBAJAL PRIETO en su carácter de arrendataria, SALOME CHAPATA MARTÍN en su carácter de deudor solidario y fiador de la arrendadora personas que pueden ser localizadas en los domicilios ubicados en Jesús H. Preciado, Número 189, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos, Local Número 8 y de quienes reclamo las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
1.- La desocupación y entrega del bien inmueble arrendado ubicado en Calle de Jesús H. Preciado número 189, Colonia San Antón, Cuernavaca Morelos, Local Número 8, inmueble que es objeto del contrato de arrendamiento de fecha 1º de noviembre del 2012, celebrado entre la suscrita en mi carácter de arrendadora y los ahora demandados CC. VIRGINIA MARINA CARBAJAL PRIETO en su carácter de arrendataria, SALOME CHAPATA MARTÍN en su carácter de deudor solidario y fiador de la arrendadora.
2.- El pago de las mensualidades no cubiertas por concepto de renta y que corresponden del mes de enero al mes de marzo del año 2013, a razón de $2,000.00 (Dos Mil Pesos 00/100 MN) cada mes, ascendiendo en la cantidad de $6,000.00 (Seis Mil Pesos 00/100 MN).
3.- El pago de las mensualidades que se generen a partir del mes de abril del 2013 hasta que se realice la entrega física del inmueble materia del presente juicio, a razón de $2,000.00 (Dos Mil Pesos 00/MN) mensuales.
4.- El pago de los intereses moratorios generados, pactados en la cláusula séptima del contrato de arrendamiento, causados por motivo del retraso en rentas pactadas en dicho contrato, a partir del mes de enero del 2013 hasta que se realice la entrega real del inmueble motivo del presente juicio, a razón del 10% mensual sobre las mensualidades no cubiertas.
5.- El pago de la cantidad de $4,000.00 (Cuatro Mil Pesos 00/100 MN) por concepto de pena convencional pactada en la cláusula octava del contrato de arrendamiento.
6.- El pago de los adeudos que existan a la fecha de la desocupación del bien inmueble, deudas contraídas por los demandados con la compañía telefónica Teléfonos de México (TELMEX) y Compañía de Energía Eléctrica, Luz y Fuerza del Centro (LFC).
7.- El pago de los daños y perjuicios que se hayan ocasionado con motivo de la desocupación del bien inmueble arrendado, una vez que se haya dictado sentencia favorable a la suscrita.
8.- El pago de los gastos y costas generados en el presente juicio.
Fundo mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:
H E C H O S:
1.- Con fecha 1º de noviembre del 2012 la suscrita en mi carácter de arrendadora celebré contrato de arrendamiento con los hoy demandados CC. VIRGINIA MARINA CARBAJAL PRIETO en su carácter de arrendataria, SALOME CHAPATA MARTÍN en su carácter de deudor solidario y fiador de la arrendadora, en relación al bien Inmueble ubicado en Jesús H. Preciado, Número 189, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos, tal y como lo acredito con el original del contrato de arrendamiento.
2.- Como se desprende del contrato de arrendamiento de fecha 1º de noviembre del 2012, la suscrita conjuntamente con los hoy demandados CC. VIRGINIA MARINA CARBAJAL PRIETO en su carácter de arrendataria, SALOME CHAPATA MARTÍN en su carácter de deudor solidario y fiador de la arrendadora
...