Jurisdiiccion
Enviado por yudexsy23 • 18 de Marzo de 2015 • 1.837 Palabras (8 Páginas) • 169 Visitas
Jurisdicción
Es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.
Uno de los principales rasgos de la potestad jurisdiccional es su carácter irrevocable y definitivo, capaz de producir en la actuación del derecho lo que técnicamente se denomina cosa juzgada.
En sentido coloquial, la palabra "jurisdicción" es utilizada para designar el territorio (estado, provincia, municipio, región, país, etc.) sobre el cual esta potestad es ejercida. Del mismo modo, por extensión, es utilizada para designar el área geográfica de ejercicio de las atribuciones y facultades de una autoridad o las materias que se encuentran dentro de su competencia; y, en general, para designar el territorio sobre el cual un Estado ejerce su soberanía.
Partiendo de diferentes posiciones doctrinarias patrias y extranjeras, en términos generales se define la jurisdicción como una función pública o función potestad de administrar justicia, que se ejerce, como expresión de soberanía popular o soberanía de Estado, exclusiva y monopólica a través de órganos competentes, vale decir, Tribunales independientes, predeterminados legalmente y adscritos al Poder Judicial, con el objetivo de dirimir o solucionar conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones que reconocen, realizan, declaran y/o tutelan derechos en casos concretos, tienen autoridad de cosa juzgada y pueden hacerse cumplir ejecutivamente mediante la coacción de la autoridad en un proceso judicial; todo con el fin de lograr la justicia, la armonía y la paz social. La jurisdicción pertenece al campo del derecho constitucional y al campo del derecho procesal y es el primer presupuesto procesal para que pueda ser examinada en el fondo una demanda judicial.
Ahora bien, ante la dificultad de determinar si la jurisdicción es efectivamente una función o un Poder, me inclino a considerar, junto a Juan Montero Aroca, que: "el concepto de jurisdicción al que ha de intentarse llegar tiene que ser aquél que atienda a la realidad de nuestro país y en este momento histórico, es decir, que tome como base de la partida la Constitución y comprenda el desarrollo de la Ley Orgánica del Poder Judicial.."
Realizando un análisis histórico de las Constituciones de 1945, 1947, 1961 y 1999, se observa que la jurisdicción ha sido asociada en Venezuela al Poder Judicial, los Tribunales de la República y la administración de justicia. Las constituciones analizadas además de declarar en la mayoría de los casos la independencia del Poder Judicial, reservan la administración de justicia y la creación, organización y competencia de los Tribunales a la competencia del Poder Nacional en todo el territorio nacional; dejando a la ley su organización y atribuciones específicas. Pero vale acotar que independientemente de los principios de exclusividad y unicidad jurisdiccional, las Constituciones de 1961 y 1999 hacen referencia expresa a jurisdicciones especiales cómo la "jurisdicción contenciosa administrativa (1961)", y jurisdicciones especiales: militar, indígena, contenciosa administrativa, constitucional, disciplinaria judicial, contenciosa electoral, laboral (1999), ésta última en sus artículos 49.4, 259, 260, 261, 286, 287, 297 y la disposición transitoria cuarta.
En cuanto a la fuente de la potestad jurisdiccional, el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone que: La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República y por autoridad de la ley. Y corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias. Lo cual viene a ratificar lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (1998), y el principio de que la soberanía reside en el pueblo y los poderes constituidos actúan cómo sus representantes.
Naturaleza y características
La jurisdicción es una función estatal de satisfacción de pretensiones ante una controversia o conflicto.
Para el Derecho constitucional y las Ciencias políticas, por largo tiempo ha sido uno de los poderes del Estado, llamado Poder Judicial (de acuerdo a la doctrina de la separación de poderes). Mientras que, para el Derecho procesal, constituye uno de los presupuestos procesales, y uno de los más importantes.
Esta se caracteriza por ser:
• Constitucional: nace de la constitución.
• General: se extiende por todo el territorio.
• Exclusiva: solo la ejerce el Estado.
• Permanente: se ejerce en todo momento que un estado tenga soberanía.
• P.P.: puesto que es un presupuesto procesal
También se acostumbra a caracterizarla como una función monopólica del Estado. Sin embargo, es discutible considerando la existencia de los tribunales arbitrales, que evidencia que el Estado no se ha reservado en forma privativa el ejercicio de la jurisdicción.
Para que la función jurisdiccional cumpla justa y eficazmente su cometido, en la mayoría de las legislaciones, se le ha rodeado de un conjunto de principios y condiciones indispensables, denominadas en general bases de la jurisdicción. Entre ellas encontramos las siguientes:
• Legalidad: no es propia de la actividad jurisdiccional, toda vez que es común a todos los actos del Estado. Es más bien, un común denominador de todos los órganos estatales y un principio del Derecho público.
• Independencia e inamovilidad: también es una base común a todos los órganos del Estado. No obstante, la independencia de la función jurisdiccional es, tal vez, de mucha mayor importancia por el carácter de objetividad e imparcialidad con que debe cumplir su cometido. La independencia supone que el órgano que la ejerce está libre de sujeción a otro, sea cual fuere, es decir, no sujeto a los tribunales superiores ni a entidad o poder alguno (quedando sometido exclusivamente al Derecho).
• Responsabilidad: ésta se encuentra en íntima conexión
...